Resolución de 12 de diciembre 2024, Presidencia de la Generalitat, por la que se convocan ayudas destinadas a promover la protección, el fomento y el desarrollo del patrimonio y la dinamización cultural, y la adecuación y la renovación de bienes y espac
Cerrada
10.000.000 euros
30 de diciembre de 2024
27 de enero de 2025
Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: COMUNIDAD VALENCIANA. Presupuesto total: 10.000.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Extracto de la Resolución, de 12 de diciembre de 2024, de la presidencia de la Generalitat, por la que se convocan ayudas destinadas a promover la protección, el fomento y el desarrollo del patrimonio y la dinamización cultural, y la adecuación y la renovación de bienes y espacios municipales de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2025. BDNS (Identif): De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index): Primero: Beneficiarios: Los municipios y las entidades locales menores de la Comunitat Valenciana que acrediten la titularidad pública o privada de los bienes, siempre que, en este último caso, la actuación municipal revista especial significación para el municipio, y que con ella se cumpla con un objetivo de utilidad pública o de interés social. Segundo: Finalidad. Convocar para el ejercicio 2025 las subvenciones para actuaciones consistentes en: - Las obras destinadas a la reparación, la conservación o el mantenimiento, la restauración y la rehabilitación de bienes inmuebles que posean valores de carácter histórico, artístico o de interés local, de acceso o utilización pública. - Las obras destinadas a la adecuación y la renovación de bienes y espacios municipales, de acceso o utilización pública. Solamente podrá presentarse una solicitud de ayuda por entidad local interesada, para una de las actuaciones previstas y en relación con un proyecto de actuación concreto Tercero: Bases reguladoras. Decreto 8/2023, de 13 de junio de 2023, del president de la Generalitat, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a promover la protección, el fomento y el desarrollo del patrimonio y la dinamización cultural, y la adecuación y la renovación de bienes y espacios municipales de la Comunitat Valenciana. Cuarto. Importe La cuantía del importe global máximo destinado a financiar dichas subvenciones asciende a 10.000.000 euros (diez millones de euros), con cargo al capítulo VII, línea de subvención S0174, de la aplicación G1050403, programa G125A00.7, Administración Local y Organización Territorial del Consell, del Presupuesto de la Generalitat vigente. La cuantía máxima de la subvención que se conceda no podrá superar los 150.000 euros por entidad beneficiaria Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. En ningún caso se considerarán gastos subvencionables los impuestos indirectos o el IVA cuando sean susceptibles de recuperación o compensación (artículo 31.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones) Sexto: Las ayudas irán dirigidas a financiar los gastos en los que incurran las entidades beneficiarias consistentes en: a) El coste de ejecución de las obras de reparación, conservación o mantenimiento, restauración y rehabilitación de bienes inmuebles que posean valores de carácter histórico, artístico o de interés local, de acceso o utilización pública. b) El coste de los trabajos e instalaciones destinados a la adecuación y la renovación de bienes y espacios municipales. c) El coste de la redacción de los proyectos (incluido, en su caso, el estudio geotécnico, arqueológico, o estructural) y de dirección de las obras hasta un máximo del 10 % del coste de ejecución de la obra subvencionada. Las actuaciones no serán subvencionables si han concluido materialmente o se han ejecutado íntegramente antes de que el beneficiario presente la solicitud de financiación. València, 12 de diciembre de 2024 El secretario autonómico de Presidencia Fdo. Cayetano Garcia Ramírez
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 20 de diciembre de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | 30 de diciembre de 2024 |
| Fecha fin de solicitudes | 27 de enero de 2025 |
Informacion economica
| Presupuesto total | 10.000.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Infraestructuras |
| Sector economico | ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | DECRETO 8/2023, de 13 de junio, del president de la Generalitat, que aprueba las bases reguladoras de subvenciones para promover la protección, fomento, desarrollo del patrimonio, dinamización cultural de bienes y espacios municipales de Comunidad Val. |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Autonomica |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-20T01:32:55.781573 |