Ayudas 2025 a entidades locales menores de dos mil habitantes para la contratación de espectáculos a representar en los escenarios móviles de la Junta de Extremadura, s/ Resolución de 11 de diciembre de 2024, que la convoca
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: EXTREMADURA. Presupuesto: 407.300 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index) y en el presente extracto. PRIMERO.- BENEFICIARIOS 1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas a la programación todos los municipios y entidades locales menores de Extremadura con población inferior a 2.000 habitantes, según el censo de población a 1 de septiembre del ejercicio 2024, que deseen utilizar los escenarios móviles de la Junta de Extremadura, para la realización de actividades culturales en su término municipal, durante el período comprendido entre el 20 de junio y el 14 de septiembre del ejercicio 2025, ambas fechas incluidas, y así lo soliciten de conformidad con lo establecido en esta resolución. En el caso de que las entidades beneficiarias fueran inferiores en número a las 57 previstas en el apartado decimoctavo de la resolución de convocatoria, el período mencionado para la realización de actividades se acortará, iniciándose tres días más tarde de lo inicialmente previsto y finalizando tres días con anterioridad a lo inicialmente previsto, y así sucesivamente según el número de beneficiarios fuera inferior. 2. Los solicitantes de las ayudas deberán además cumplir los siguientes requisitos: a. Estar al corriente con sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica. b. No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. 3. No serán beneficiarios aquellos municipios y entidades locales menores que, teniendo una población menor a 2.000 habitantes, estén integrados en la Red de Teatros de Extremadura. SEGUNDO.-OBJETO Convocar las ayudas a los municipios y entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la contratación de los espectáculos a representar en los citados escenarios móviles, a fin de favorecer los hábitos de consumo cultural durante el ejercicio 2025. TERCERO.- BASES REGULADORAS Decreto 63/2016, de 17 de mayo, por el que se regula el régimen de incorporación de empresas al programa de colaboración con los municipios y entidades locales menores de menos de dos mil habitantes de la Comunidad Autónoma de Extremadura mediante la utilización de los escenarios móviles de la Junta de Extremadura (Programa I), y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la programación de los escenarios móviles (DOE nº 97, de 23 de mayo). CUARTO.-CUANTÍA 1. Para el objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad total de cuatrocientos siete mil trescientos euros (407.300,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 150020000 G/273B/460.00 proyecto 20001164 fondos CAG0000001 de los Presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025. 2. La cuantía máxima por ayuda será de 10.890,00 € por beneficiario (1 de teatro, 1 de música y 1 de calle), teniendo que contratar 1 actuación de teatro el primer día de presencia del escenario móvil en la localidad, una actuación de música, el segundo día, y en el caso de que le correspondiera una actuación de teatro de animación calle el tercer día, según lo establecido en el punto segundo del apartado vigésimo de esta resolución. 3. La cuantía individualizada de la subvención se corresponderá con la suma de los importes de los cachés de los espectáculos concedidos. 4. La presente convocatoria es de tramitación anticipada, por lo que quedará subordinada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura del ejercicio 2025. QUINTO.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados desde el siguiente al de la fecha de publicación de la convocatoria y de este extracto en el Diario Oficial de Extremadura de conformidad con lo dispuesto en el 16 q) de la Ley 6/2011 de Subvenciones de Extremadura, en consonancia con el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. SEXTO.- OTROS DATOS El pago de las ayudas concedidas se realizará de la siguiente forma: a. Abono inicial del 50% del total de la subvención concedida, una vez publicada la resolución de concesión en el Diario Oficial de Extremadura. b. El segundo 50% a la presentación, por parte de la entidad local beneficiaria, de Certificación del Secretario-Interventor de la entidad local, con el VºBº del Alcalde-Presidente, de los contratos realizados, en el que se detalle importe (desglosando el IVA correspondiente), fecha del contrato, denominación de la empresa, NIF de la misma, denominación del espectáculo, tipo de espectáculo y día de actuación, conforme al Anexo V.
Organismo convocante
EXTREMADURA — SECRETARÍA GENERAL DE CULTURA
Ámbito
EXTREMADURA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 23 de diciembre de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | 91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales; 90 - Actividades de creación artística y artes escénicas |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 407.300 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE REALIZA LA CONVOCATORIA PARA LA INCORPORACIÓN DE EMPRESAS AL PROGRAMA DE COLABORACIÓN CON LOS MUNICIPIOS Y ENTIDADES LOCALES MENORES DE MENOS DE DOS MIL HABITANTES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA MEDIANTE LA UTILIZACIÓN DE LOS ESCENARIOS MÓVILES DE LA JUNTA DE EXTREMADURA (PROGRAMA I), Y LA CONCESIÓN DE AYUDAS A LA PROGRAMACIÓN DE LOS ESCENARIOS MÓVILES PARA EL AÑO 2025. ↗
Bases reguladoras
Decreto 63/2016, de 17 de mayo, por el que se regula ....., y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la programación de los escenarios móviles