Resolución, del 18 de noviembre de 2024, del Instituto Enerxético de Galicia, por el que se convocan subvenciones para proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas gallegas año 2025,Reglamento 651/2014, art 38,convocatoria asociada 815933
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: GALICIA. Presupuesto: 6,5 M€. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.
Descripción oficial de la convocatoria
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index). Primero. Personas beneficiarias 1. Podrán acceder a la condición de personas beneficiarias de las presentes subvenciones: a) Las empresas legalmente constituidas y autónomos que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia. b) Las empresas de servicios energéticos que gestionen total o parcialmente instalaciones consumidoras de energía y que el objeto de estos contratos de servicios sea la consecución de ahorro económico derivado de un menor consumo de energía. Los centros de consumo en los que se actúe deben estar situados en Galicia y corresponder a empresas incluidas en el ámbito de actuación de las presentes bases. Segundo. Objeto Concesión de subvenciones para la realización de proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas gallegas, que cumplan con los requisitos y condiciones establecidos en el articulado de estas bases reguladoras. Tercero. Bases reguladoras y convocatoria Resolución de 18 de noviembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria, mediante tramitación anticipada de gasto, del procedimiento de concesión de subvenciones, para proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas gallegas para el año 2025, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027 (código de procedimiento IN417Y). Cuarto. Cuantía 1. La intensidad de la ayuda va en función del reglamento de aplicación: a) Solicitudes acogidas al Reglamento (UE) 2023/2831 de minimis (empresas con actividad de transformación y comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura): 1º La cuantía de la subvención será del 35 % del coste subvencionable de la actuación. La intensidad de la ayuda se incrementará un 20 % en el caso de ayudas concedidas a pequeñas empresas y un 10 % en el caso de medianas empresas. b) Solicitudes acogidas al Reglamento (UE) 651/2014 (Reglamento general de exención por categorías), destinadas a medidas de eficiencia energética en edificios. La cuantía de la subvención será del 20 % del coste subvencionable de la actuación. La intensidad de la ayuda se incrementará un 20 % en el caso de ayudas concedidas a pequeñas empresas y un 10 % en el caso de medianas empresas. c) Solicitudes acogidas al Reglamento (UE) 651/2014 (Reglamento general de exención por categorías), destinadas a medidas de eficiencia energética distintas de las de los edificios. La cuantía de la subvención será del 35 % del coste subvencionable de la actuación. La intensidad de la ayuda se incrementará un 20 % en el caso de ayudas concedidas a pequeñas empresas y un 10 % en el caso de medianas empresas. 2. Se establece una ayuda máxima por expediente de 300.000 euros, en el caso de acogerse al Reglamento (UE) 2023/2831 de minimis, y de 1.000.000 de euros en el caso de acogerse al Reglamento (UE) 651/2014 (Reglamento general de exención por categorías). 3. La ayuda máxima por entidad beneficiaria en el conjunto de la convocatoria será de 2.000.000,00 de euros. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes comenzará el octavo (8º) día natural siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, a las 9.00 horas, y finalizará el 15 de septiembre de 2025, a las 23.59 horas. Las solicitudes se presentarán en la página web del Inega, accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal, y obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado.
Organismo convocante
GALICIA — INSTITUTO ENERGÉTICO DE GALICIA (INEGA)
Ámbito
GALICIA
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 7 de enero de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 17 de enero de 2025 |
| Fecha fin de solicitudes | 15 de septiembre de 2025 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Industria y Energía |
| Sector económico | ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; J - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEADORES Y COMO PRODUCTORES DE BIENES Y SERVICIOS NO DIFERENCIADOS PARA USO PROPIO; L - ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS; ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA; AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; F - CONSTRUCCIÓN; Q - EDUCACIÓN; I - HOSTELERÍA; INDUSTRIA MANUFACTURERA; B - INDUSTRIAS EXTRACTIVAS; OTROS SERVICIOS; SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN; SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO; K - TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 6,5 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Cofinanciada por la UE | Sí |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Texto en otra lengua de la convocatoria ↗
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- EXTRACTO de la Resolución de 18 de noviembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria, mediante tramitación anticipada de gasto, del procedimiento de concesión de subvenciones, para proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas gallegas para el año 2025, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027 (código de procedimiento IN417Y). ↗
Bases reguladoras
Bases reguladoras de las ayudas para proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas gallegas para las anualidades 2025
Base jurídica de la ayuda (régimen de ayudas de Estado)
- ART. 38 AYUDAS A LA INVERSIÓN DESTINADAS A MEDIDAS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DISTINTAS DE LOS EDIFICIOS.
Reglamento UE aplicable
REG (UE) 651/2014, DE 17 DE JUNIO, de exención de notificación