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Acuerdo del Presidente de SURBISA de fecha 05.02.2025 por el que se convocan las subvenciones del Programa Helduak Mayores Renove Vivienda 2025

Denominación oficial: Acuerdo del Presidente de SURBISA de fecha 05.02.2025 por el que se convocan las subvenciones del Programa Helduak Mayores Renove Vivienda 2025.

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 813154

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Bizkaia. Presupuesto: 180.000 €. Concesión directa: concedida sin concurso público.

Descripción oficial de la convocatoria

1.- Objeto.- El objeto de esta Convocatoria la concesión de ayudas económicas en forma de subvención a fondo perdido para apoyar la realización de obras e instalaciones de adecuación de las viviendas a personas mayores de 60 años o con movilidad reducida o discapacidad sensorial ubicados en el municipio de Bilbao, para su mejora de las condiciones de accesibilidad y no discriminación, para la supresión de barreras arquitectónicas y para su adaptación a las necesidades de las personas con discapacidad sensorial. 2.- Personas beneficiarias. Podrán optar a las ayudas reguladas en las Bases de esta Convocatoria las personas físicas propietarias de vivienda en la que resida alguna persona de más de 60 años (que tengan cumplidos 60 años en el momento de presentar la solicitud) o persona que tenga reconocido y en vigor un grado de discapacidad igual o superior al 33%, que incluya el grado de movilidad reducida positivo o que la discapacidad sea sensorial; en el caso de que la discapacidad sea visual tendrá que ser igual o superior al 65%. También podrán optar a las ayudas las propias personas residentes que sean mayores de 60 años o las que acrediten el mencionado grado de discapacidad, siempre que ostenten título jurídico válido para residir en la vivienda. Tendrán consideración de personas residentes en la vivienda aquellas personas empadronadas en la misma desde antes del 1 de enero de 2025. 3.- Bases Reguladoras. Son las aprobadas por el Consejo de Administración de Surbisa en sesión de fecha 16.12.2024 y publicadas en el B.O.B. de fecha 24.01.2025 así como en la web de Surbisa. 4.- Crédito presupuestario. El importe total de la presente convocatoria asciende a 125.000,00€ con cargo al presupuesto del año 2025. 5.- Ámbito temporal de las actuaciones a subvencionar.- La solicitud de ayudas para todas las actuaciones subvencionables se presentará con la actuación ya finalizada. Se considera que ha finalizado la ejecución de las obras en la fecha de emisión de factura, a la que se le acompañará fotografía de la obra realizada. No se podrán acoger a estas ayudas las actuaciones en las que las facturas o en caso de pagos parciales, las liquidaciones finales sean de fecha anterior al 1 de enero de 2024. Para acogerse a las ayudas económicas las obras deben contar, en su caso, con la preceptiva y previa licencia municipal de obra o con la presentación de la necesaria Comunicación Previa de obras (en adelante permiso de obras para ambos supuestos), y haber presentado adecuadamente la documentación final de obra requerida en dichos expedientes si fuera el caso. No se admitirán licencias obtenidas una vez iniciadas las obras. 6.- Cuantías. De conformidad con lo establecido en el art. 7.1 de las Bases reguladoras la ayuda económica, en forma de subvención a fondo perdido, tendrá una cuantía que resultará de aplicar al presupuesto protegible el porcentaje del 50%, con un máximo de TRES MIL EUROS (3.000€). Para los barrios de Uretamendi-Betolaza, Iturrigorri-Peñaskal y Otxarkoaga la subvención será del 80% con un límite máximo de CUATRO MIL OCHOCIENTOS (4.800€) EUROS. 7.- Lugar de presentación. Las solicitudes de subvención reguladas en la presente Convocatoria se podrán presentar: • Presencialmente en las oficinas de Surbisa en la c/Ronda nº6, para lo cual podrá solicitar una cita previa a través de la dirección de mail helduak@surb.bilbao.eus o en el teléfono 94-415.99.55 • Telemáticamente a través de la web de surbisa • O por mail helduak@surb.bilbao.eus La dirección de correo electrónico indicada en la solicitud será considerada la dirección a efectos de notificaciones de cuantos trámites resulten del expediente. 8.- Plazo de presentación de solicitudes y documentación a presentar. El plazo para presentar las solicitudes se inicia el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Bizkaia y permanecerá abierto en tanto no se agote la consignación presupuestaria hasta el 14 de noviembre de 2025. 8.1.- Documentación a adjuntar.- Tal y como se recoge en el art. 8.3 de las Bases reguladoras del Programa, junto con el impreso de “solicitud y declaración responsable” debidamente cumplimentado y firmado por la persona solicitante o por quien ostente su representación legal o asuma su tutela, deberá aportarse la siguiente: • Las personas solicitantes aportarán fotocopia del DNI tanto de una de las personas propietarias como de la persona residente que cumpla los requisitos de edad o discapacidad, si es que fueran distintas. o En caso de personas representantes aportarán, además, su DNI y título de representación o tutela. o En el caso de personas extranjeras aportarán:  Permiso de residencia en vigor de larga duración.  Para las personas extranjeras comunitarias, certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros en el que conste su nº de identidad de extranjero (NIE). No siendo válido el pasaporte. • A fin de acreditar la titularidad de la vivienda Surbisa verificará de oficio la titularidad catastral. Si ésta no coincidiera con la persona solicitante de la ayuda será ésta quien deberá aportar el documento público acreditativo de la propiedad de la vivienda o del título habilitante (preferiblemente nota simple registral y, en su defecto, copia de la escritura o del contrato privado). • Documento acreditativo, en su caso, del grado de discapacidad. • Justificante bancario o copia del número de cuenta. • Justificación documental de los costos y de la realización de las obras: Factura desglosada de la intervención realizada (si no está desglosada se aportará presupuesto detallado y la factura), de las tasas e impuestos municipales y de los honorarios profesionales, si los hubiera. No se subvencionará importe alguno cuya factura o justificante no se adjunte a la solicitud y no se admitirá ninguna otra aportada con posterioridad. • Fotocopia de la Licencia de obras (no se admitirán licencias obtenidas con posterioridad a la ejecución de las obras). •…

Organismo convocante

BILBAO — SOCIEDAD URBANÍSTICA DE REHABILITACIÓN DE BILBAO, SA (SURBISA)

Ámbito

Bizkaia

Categoría

Vivienda

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación6 de febrero de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadAcceso a la vivienda y fomento de la edificación
Sector económicoACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; F - CONSTRUCCIÓN
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total180.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

BASES REGULADORAS DEL PROGRAMA DE AYUDAS “HELDUAK – MAYORES RENOVE VIVIENDA 2025”

Bases reguladoras ↗