Ayudas urgentes de concesión directa a personas físicas para paliar los daños producidos por inundaciones sufridas el 29 de octubre de 2024 en el municipio de l'Alcúdia, financiadas por donación recibida de la fundación Amancio Ortega
Denominacion oficial: Convocatoria de ayudas urgentes de concesión directa a personas físicas para paliar los daños producidos por inundaciones sufridas el 29 de octubre de 2024 en el municipio de l'Alcúdia, financiadas por donación recibida de la fundación Amancio Ortega
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3.600.000 euros
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Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: Valencia / València. Presupuesto total: 3.600.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concesion directa: concedida sin concurso publico.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios: 1. Podrán ser beneficiarios de esta subvención las personas físicas residentes en el municipio de l’Alcúdia que hayan sufrido daños en sus inmuebles y en sus vehículos como consecuencia de los daños ocasionado por las inundaciones del día 29 de octubre de 2024. 2. La condición de residente se presume “iuris tantum” (por derecho) del empadronamiento en el municipio de l’Alcúdia antes del 29 de octubre de 2024. No obstante, a los solos efectos de adquirir la condición de beneficiario en esta convocatoria, se admitirá prueba en contrario, por cualquier medio válido en derecho, que acredite suficientemente la condición de residente en l’Alcúdia, antes del 29 de octubre de 2024. Segundo. Finalidad: Las presentes bases tienen como objeto regular el procedimiento y requisitos para la concesión directa de ayudas urgentes a las personas físicas residentes en el municipio de l’Alcúdia y que hayan sufrido daños en sus inmuebles sitos en l’Alcúdia y vehículos, ocasionados por las inundaciones acaecidas el día 29 de octubre como consecuencia del temporal de lluvia y viento producido por la DANA iniciada en la Comunitat Valenciana el día 29 de octubre de 2024, en cumplimiento de la obligación adquirida por el Ayuntamiento de l’Alcúdia al aceptar la donación condicionada por importe de TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL EUROS (3.600.000’€), efectuada por la Fundación Amancio Ortega para este preciso menester. Con carácter general, el importe de las ayudas irá destinado a paliar los daños, pérdidas o menguas de carácter material sufridos como consecuencia de la DANA en la siguiente proporción: 70% ayudas daños inmuebles 30% ayuda vehículos La citada proporción podrá ser objeto de reajuste en función del número de solicitudes presentadas, con la finalidad de repartir el total de la donación concedida, pudiendo aumentarse la cuantía máxima de ayuda a inmuebles. Tercero. Bases reguladoras: Las Bases Reguladoras de la concesión de las ayudas fueron aprobadas por la Junta de Gobierno Local el pasado 4 de febrero de 2025, se publicarán en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la página web (www.lalcudia.com). Para lo no previsto en estas bases, le es aplicable lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de l’Alcúdia publicada en el BOP nº 77 de fecha 25/04/2022 y las bases de ejecución del Presupuesto Municipal, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (de ahora en adelante LGS), el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LGS (de ahora en adelante RLGS) salvo en lo que afecte a los principios de publicidad y concurrencia y, su pletoriamente, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pueda aplicarse. Cuarta. Cuantía: El importe de las ayudas son: 1.Inmuebles: El 10 % del valor daño sufrido, el cual se acreditará por la tasación efectuada por el Consorcio de compensación de seguro, por la tasación efectuada por TRAGSA a los inmuebles sin seguro que hayan solicitado la ayuda al Gobierno de España, por la cantidad abonada por indemnización del Consorcio de compensación de seguro, o por cualquier documento admitido en Derecho que acredite el daño sufrido. En supuesto de no disponer de tasación del daño, el interesado se compromete a su aportación al expediente antes del 30/09/2025, como condición indispensable para el abono de la ayuda solicitada. La cantidad máxima a percibir por unidad familiar o de convivencia por este concepto será de 800€ por todos los inmuebles. En el caso de que entre los inmuebles este incluida la vivienda habitual, la cantidad máxima a percibir por unidad familiar o de convivencia por este concepto será de 1.200€ por todos los inmuebles. Tanto el porcentaje del 10 %, como el máximo a percibir por unidad familiar o de convivencia podrá ser objeto de reajuste en función del número de solicitudes presentadas, con la finalidad de repartir el total de la donación concedida. Vehículos. La ayuda consistirá en la siguiente cantidad máxima por vehículo: Camiones: 600 euros Vehículos adaptados: 600 euros Tractores: 450 euros Turismos: 450 euros Motocicletas: 200 euros Ciclomotores: 100 euros El tipo de vehículo será el que conste en la ficha técnica o en el Registro de la Dirección General de Tráfico. En todo caso la cantidad máxima de la ayuda por todos los vehículos por unidad familiar o de convivencia será de 1800€. La cantidad máxima será para los vehículos que acrediten la condición de siniestro total, como peritaje del vehículo afectado, documento de siniestro o comunicación presentada al Consorcio o a la Compañía aseguradora, documento de baja definitiva, documento de retirada del vehículo, etc. En supuesto que el vehículo no este dado de baja definitiva el beneficiario se compromete a la tramitación de la correspondiente baja definitiva ante la Dirección Provincial de Tráfico antes del 30/09/2025, como condición indispensable para el abono de la ayuda solicitada. En caso de baja no definitiva ni de siniestro total, se requiere la aportación de factura emitida por el taller de reparación o presupuesto inicial (en este caso, se asumirá el compromiso de aportar la correspondiente factura al expediente antes del 30/09/2025, como condición para abonar la ayuda). En el supuesto que se compruebe que el importe de la factura es inferior al importe de la ayuda solicitada, la ayuda se reducirá al importe de la factura. Una misma persona física podrá resultar beneficiaria de varias ayudas a vehículos. Una misma persona física podrá resultar beneficiaria de las diferentes tipologías de las ayudas objeto de esta convocatoria, siempre que, en su conjunto, no supere los 3.000 euros por unidad familiar o de convivencia. La cantidad máxima por unidad familiar o de convivencia podrá ser objeto de reajuste en función del número de solicitudes presentadas…
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 12 de febrero de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Informacion economica
| Presupuesto total | 3.600.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concesion directa: concedida sin concurso publico |
| Finalidad | Otras Prestaciones económicas |
| Sector economico | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | Bases reguladoras de ayudas urgentes de concesión directa a personas físicas para paliar los daños producidos por las inundaciones sufridas el 29 de octubre de 2024 en el municipio de l'Alcúdia, Fundación Amancio Ortega Gaona |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Local |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-19T22:50:07.772442 |