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Subvenciones a otras entidades culturales y festivas de la localidad año 2026

Denominación oficial: Convocatoria de subvenciones a otras entidades culturales y festivas de la localidad año 2026.

Plazo de solicitud 31 de julio de 2026
Estado Finalizada
Código BDNS 914482

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Valencia / València. Presupuesto: 1.400 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Objeto: El objeto de esta convocatoria es definir el conjunto de condiciones y el procedimiento a seguir para la solicitud, obtención, justificación y cobro de las subvenciones que otorga el Ayuntamiento de Alzira, en régimen de concurrencia competitiva, a las asociaciones y entidades de la localidad que no tengan subvención nominativa específica de carácter cultural al Presupuesto, para el desarrollo de actividades de carácter cultural. Segundo. Beneficiarios: Podrán acogerse a esta convocatoria y ser beneficiarios de las subvenciones contempladas en esta, las asociaciones y entidades domiciliadas en el municipio de Alzira, que desenrollan actuaciones de fomento, desarrollo y promoción de la música, el teatro, la danza, la literatura, las artes plásticas y audiovisuales así como cualquier otra disciplina de índole artística o cultural. No podrán ser beneficiarias de estas subvenciones aquellas entidades que se encuentran en cualquier de las situaciones de prohibición de ostentar tal condición establecida en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. No podrán ser beneficiarias de esta subvención, las asociaciones o entidades que tengan una subvención nominativa de carácter cultural prevista taxativamente al presupuesto aunque el objeto sea diferente. Tercero. Bases reguladoras: El Pleno del Ayuntamiento de Alzira, en la sesión celebrada el día 29 de enero de 2020, ha aprobado definitivamente la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Alzira, que contiene las bases reguladoras del procedimiento para la concesión de subvenciones por este Ayuntamiento, y el texto íntegro de la misma ha sido publicado en el Boletín Oficial de la provincia de Valencia nº 29, de fecha 12 de febrero de 2020. Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo para la presentación de solicitudes de subvención será de VEINTE días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de València. Quinto.- Cuantía total máxima de las subvenciones convocadas: La cuantía total máxima de las subvenciones convocadas será de 1.400 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria “3340 48310 Subvenciones Otras Entidades Culturales”, del Presupuesto del Ayuntamiento de Alzira para el año 2026. Sexto.- Documentación: Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Alzira, o en las demás formas que contempla el art. 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes de subvención contendrán la siguiente documentación: a) Instancia firmada por el representante legal de la entidad solicitante, con arreglo al modelo oficial que figura como Anexo I. b) Presupuesto detallado, indicando ingresos y gastos por conceptos. c) Proyecto detallado de la actividad a desenrollar, ya sea el proyecto anual o una actividad concreta y singular, al cual se tendrá que acompañar de cuántos documentos amplían y enriquezcan la información sobre los objetivos a conseguir y medios de que se dispone. Séptimo. Resolución: El órgano competente para la resolución será la Junta de Gobierno Local. El plazo máximo para comunicar la resolución o acuerdo de concesión o denegación de las ayudas será de seis meses, a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Octavo. Justificación y pago: Para el cobro de las subvenciones reguladas por estas normas se requiere la presentación de la cuenta justificativa, según modelo del Anexo II de esta convocatoria.

Organismo convocante

ALZIRA — AYUNTAMIENTO DE ALZIRA

Ámbito

Valencia / València

Categoría

Cultura

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación22 de junio de 2026
Fecha inicio de solicitudes3 de julio de 2026
Fecha fin de solicitudes31 de julio de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadCultura
Sector económico94 - Actividades asociativas
Última actualización BD9 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total1.400 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Alzira.

Bases reguladoras ↗

Reglamento UE aplicable

· Objetivos