Subvenciones a otras entidades culturales y festivas de la localidad año 2026
Denominación oficial: Convocatoria de subvenciones a otras entidades culturales y festivas de la localidad año 2026.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Valencia / València. Presupuesto: 1.400 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Objeto: El objeto de esta convocatoria es definir el conjunto de condiciones y el procedimiento a seguir para la solicitud, obtención, justificación y cobro de las subvenciones que otorga el Ayuntamiento de Alzira, en régimen de concurrencia competitiva, a las asociaciones y entidades de la localidad que no tengan subvención nominativa específica de carácter cultural al Presupuesto, para el desarrollo de actividades de carácter cultural. Segundo. Beneficiarios: Podrán acogerse a esta convocatoria y ser beneficiarios de las subvenciones contempladas en esta, las asociaciones y entidades domiciliadas en el municipio de Alzira, que desenrollan actuaciones de fomento, desarrollo y promoción de la música, el teatro, la danza, la literatura, las artes plásticas y audiovisuales así como cualquier otra disciplina de índole artística o cultural. No podrán ser beneficiarias de estas subvenciones aquellas entidades que se encuentran en cualquier de las situaciones de prohibición de ostentar tal condición establecida en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. No podrán ser beneficiarias de esta subvención, las asociaciones o entidades que tengan una subvención nominativa de carácter cultural prevista taxativamente al presupuesto aunque el objeto sea diferente. Tercero. Bases reguladoras: El Pleno del Ayuntamiento de Alzira, en la sesión celebrada el día 29 de enero de 2020, ha aprobado definitivamente la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Alzira, que contiene las bases reguladoras del procedimiento para la concesión de subvenciones por este Ayuntamiento, y el texto íntegro de la misma ha sido publicado en el Boletín Oficial de la provincia de Valencia nº 29, de fecha 12 de febrero de 2020. Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo para la presentación de solicitudes de subvención será de VEINTE días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de València. Quinto.- Cuantía total máxima de las subvenciones convocadas: La cuantía total máxima de las subvenciones convocadas será de 1.400 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria “3340 48310 Subvenciones Otras Entidades Culturales”, del Presupuesto del Ayuntamiento de Alzira para el año 2026. Sexto.- Documentación: Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Alzira, o en las demás formas que contempla el art. 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes de subvención contendrán la siguiente documentación: a) Instancia firmada por el representante legal de la entidad solicitante, con arreglo al modelo oficial que figura como Anexo I. b) Presupuesto detallado, indicando ingresos y gastos por conceptos. c) Proyecto detallado de la actividad a desenrollar, ya sea el proyecto anual o una actividad concreta y singular, al cual se tendrá que acompañar de cuántos documentos amplían y enriquezcan la información sobre los objetivos a conseguir y medios de que se dispone. Séptimo. Resolución: El órgano competente para la resolución será la Junta de Gobierno Local. El plazo máximo para comunicar la resolución o acuerdo de concesión o denegación de las ayudas será de seis meses, a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Octavo. Justificación y pago: Para el cobro de las subvenciones reguladas por estas normas se requiere la presentación de la cuenta justificativa, según modelo del Anexo II de esta convocatoria.
Organismo convocante
ALZIRA — AYUNTAMIENTO DE ALZIRA
Ámbito
Valencia / València
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 22 de junio de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 3 de julio de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de julio de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | 94 - Actividades asociativas |
| Última actualización BD | 9 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 1.400 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Alzira.
Reglamento UE aplicable
· Objetivos