Ayudas de minimis para el foment del uso de la lengua catalana en las empresas 2025
Denominación oficial: Convocatoria de ayudas de minimis para el foment del uso de la lengua catalana en las empresas 2025
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Mallorca. Presupuesto: 245.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio, en ejercicio de la delegación del Consejo Ejecutivo de fecha 16/11/22 (BOIB nº 153, de 24/11/22) y considerándolo acto del Consejo Ejecutivo, en fecha 19 de febrero de 2025, adoptó la siguiente resolución, que transcribo, literalmente, a continuación: Aprovar la convocatòria d’ajuts de minimis per al foment de l’ús de la llengua catalana a les empreses per a l’any 2025 que s’annexa a aquesta resolució. Autoritzar una despesa de 245.000,00 € a càrrec de l’aplicació pressupostària 20.33450.77900 (RC núm. de referència 22025000733) per atendre les subvencions de la convocatòria esmentada. Ordenar-ne la publicació en el Butlletí Oficial de les Illes Balears i a la Base de Dades Nacional de Subvencions. Interposición de recursos Contra la resolución que aprueba esta convocatoria, así como contra la resolución de concesión que de ella se derive, que no ponen fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante este consejero ejecutivo/consejera ejecutiva o ante la presidencia, contador a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación. Contra la desestimación expresa del recurso de alzada, podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, contadores desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la desestimación de dicho recurso. Una vez transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no haber recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, sin limitación de tiempo. No obstante lo anterior, podéis interponer, si procede, cualquier otro recurso que consideréis oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. CONVOCATORIA DE AYUDAS DE MINIMIS PARA EL FOMENTO DEL USO DE LA LENGUA CATALANA EN LAS EMPRESAS PARA EL AÑO 2025 PRIMERO. Normativa Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran recogidas en la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca y de los organismos autónomos que de él dependen (BOIB nº 21, de 18 de febrero de 2017), modificada por acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 (BOIB nº 96, de 4 de agosto de 2018). Esta convocatoria se rige también por el Reglamento nº 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (Diario Oficial de la Comunidad Europea serie L de 15 de diciembre de 2023), que será vigente hasta el 31 de diciembre de 2030. SEGUNDO. Finalidades El papel impulsor y planificador de las instituciones públicas para asegurar el éxito del proceso de normalización lingüística es esencial, pero uno de los mecanismos imprescindibles es la implicación del número mayor posible de sectores sociales y el compromiso colectivo de todos los actores de este proceso. El Departamento de Cultura y Patrimonio del Consejo de Mallorca convoca esta línea de subvenciones y apuesta por el fomento de la lengua catalana con un objetivo doble: Aumentar la presencia del catalán en el paisaje lingüístico que conforman las empresas. Garantizar los derecho de los consumidores a disfrutar de un entorno, en el ámbito comercial y de los servicios, en los que la presencia ambiental del catalán invite al consumidor o al usuario a utilizar esta lengua con normalidad; el derecho de recibir en catalán los documentos de oferta de bienes y de servicios, así como la información general y la publicidad; y el derecho de recibir en catalán los documentos relacionados con la relación comercial o con el servicio contratado (presupuestos, facturas, contratos, cartillas, tiques de caja, etc.). TERCERO. Objeto y condiciones Se pueden acoger a esta convocatoria de subvenciones las solicitudes para actividades realizadas del 1 de mayo de 2024 hasta el 30 de abril de 2025, referidas al fomento del uso de la lengua catalana, para: la rotulación en lengua catalana tanto en establecimientos como en vehículos. el etiquetado (información sobre la composición, características, ingredientes, etc. del producto) en lengua catalana. la edición en lengua catalana de material impreso sobre papel (folletos comerciales, dípticos, sobras, tarjetas de visita, carnés, carteles, documentos administrativos o contables...) la edición en lengua catalana de cartas de restaurante. la edición en lengua catalana de merchandising (adhesivos, calendarios, agendas, puntos de libro, bolsas, tazas, camisetas, pantallas enrollables...) la edición en lengua catalana de páginas web, portales de Internet, códigos QR, aplicaciones para móviles y todo tipo de plataformas en línea. Los beneficiarios tienen que cumplir las condiciones siguientes: Tienen que velar por la corrección estilística y gramatical de la lengua utilizada en todos los elementos objeto de subvención (en este sentido os recordamos el servicio de corrección externa que ofrece el Consejo de Mallorca: ). El incumplimiento de este requisito supondrá la exclusión de esta convocatoria. Tienen que facilitar al Departamento de Cultura y Patrimonio muestras escaneadas del material impreso, de las etiquetas y de las cartas de restaurante; los enlaces de las páginas web, los códigos QR, las aplicaciones para móviles y de portales de Internet; y fotografías del merchandising y de la rotulación, para que al Departamento pueda hacer uso con el objetivo de difundir su tarea de fomento del uso de la lengua catalana con las empresas, ya sea por medio de la web, los medios de comunicación o las redes sociales. Tienen que publicar en las redes sociales y en la página web…
Organismo convocante
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA — CONSELL INSULAR DE MALLORCA
Ámbito
Mallorca
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 19 de febrero de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 245.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca
Reglamento UE aplicable
REG (UE) 2023/2831 de minimis, General