Convocatoria año 2025 de Orden de 4 diciembre 2023 de Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes de bases reguladoras de ayudas a guías de turismo y empresas con actividad turística de guías de turismo para reactivación y dinamización actividad
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Murcia. Presupuesto: 50.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS: 815766 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/ Primero. Beneficiarios. Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente convocatoria los guías de turismo que ejerzan su actividad por cuenta propia y las empresas con actividad turística que contraten habitualmente a guías de turismo por cuenta ajena, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 178/1995 de 20 de diciembre, de la Comunidad Autónoma de Murcia, debiendo cumplir los siguientes requisitos: a) Los guías de turismo por cuenta propia, deben estar habilitados y figurar en la Sección de Guías de Turismo de la Región de Murcia dependiente del Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 2 y 8 del Decreto 178/1995 de 20 de diciembre. b) Las empresas con actividad turística que contraten habitualmente a guías turísticos, deben estar inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia. Asimismo, los guías que señalen para realizar las visitas deberán estar igualmente habilitados y figurar en la Sección de Guías de Turismo de la Región de Murcia dependiente del Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia. Segundo. Objeto. Mediante la presente resolución se realiza la convocatoria para el año 2025 de las ayudas previstas en la Orden de 4 de diciembre de 2023 de la Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a guías de turismo y empresas con actividad turística de guías de turismo, para la reactivación y dinamización de su actividad, en su labor de difusión y promoción de los destinos turísticos locales. Tercero. Bases Reguladoras. Orden de 4 de diciembre de 2023 de la Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a guías de turismo y empresas con actividad turística de guías de turismo, para la reactivación y dinamización de su actividad, en su labor de difusión y promoción de los destinos turísticos locales. (BORM nº. 289 de 16/12/2023). Cuarto. Cuantía. El crédito disponible máximo para esta convocatoria es de CINCUENTA MIL EUROS (50.000,00 €) con cargo a la partida presupuestaria SB.H.0.01 del Instituto de Turismo de la Región de Murcia, ampliable, en su caso, a través de generaciones de crédito y transferencias de otras partidas presupuestarias. La cuantía de la subvención a conceder por el Instituto de Turismo consistirá en una única prestación económica por las visitas guiadas en la Región de Murcia que realice el beneficiario. La cuantía de la subvención asciende a la cuantía de ciento catorce euros (114,00 €), IVA excluido, por cada visita realizada. El IVA no será subvencionado por ser susceptible de recuperación por parte del beneficiario de la ayuda. 2. Para poder ser objeto de ayuda, las visitas deben cumplir los siguientes requisitos: desarrollarse en el territorio de la Región de Murcia hasta el 11 de diciembre de 2025, realizarse a grupos de turistas compuestos por un mínimo de dos (2) y un máximo de veintinueve (29) personas, y tener una duración de dos (2) horas como mínimo. La justificación deberá realizarse antes del 19 de diciembre de 2025. 3. Cada persona física o jurídica podrá presentar únicamente una solicitud, con un límite máximo de 3.000 euros por guía de turismo que lleve a cabo las visitas guiadas. 4. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se procederá a prorratear el crédito presupuestario disponible en la convocatoria entre los solicitantes que puedan resultar beneficiarios de la ayuda en virtud de lo dispuesto en la Orden de bases, a razón de 114,00 € la visita, correspondiéndole a cada uno de ellos un número máximo de visitas subvencionables, en función de los guías de turismo que vayan a llevar a cabo las visitas guiadas. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Podrá realizarse desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en Boletín Oficial de la Región de Murcia hasta el 11 de diciembre de 2025. Sexto. Otros. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente a través del formulario específico que estará disponible en https://sede.carm.es/ y solo se podrá presentar una solicitud por cada solicitante, considerándose únicamente como válida la última presentada. A estos efectos el código de identificación de destino del Instituto de Turismo de la Región de Murcia (código DIR3) es el A14036695, y el código para este procedimiento electrónico es el 3632. La presentación de solicitudes y, en su caso, la documentación que debe acompañarlas, se realizará exclusivamente por medios electrónicos, al amparo del artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La solicitud normalizada en la que se integran las declaraciones responsables correspondientes, firmada electrónicamente por la persona física o representante legal de la persona física o jurídica interesada, deberá ir acompañada con carácter general, de la siguiente documentación: - En el caso de autónomos: Documento nacional de identidad (DNI), Tarjeta de identidad de extranjero (TIE), o Pasaporte o documento de identidad de país miembro de la UE acompañado de documento con el número de identidad de extranjero (NIE) del solicitante. - En el caso de empresas: DNI, TIE, o pasaporte o documento de identidad de país miembro de la UE acompañado de documento con el NIE del representante legal de la empresa solicitante, junto con escritura de apoderamiento o nombramiento de consejero delegado o administrador. Además, escritura de constitución de la sociedad y sus modificaciones. - En su caso, cuando…
Organismo convocante
REGIÓN DE MURCIA — INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGIÓN DE MURCIA (ITREM)
Ámbito
Murcia
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 19 de febrero de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 11 de diciembre de 2025 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Comercio, Turismo y Pymes |
| Sector económico | 82 - Actividades administrativas de oficina y otras actividades auxiliares a las empresas; 79 - Actividades de agencias de viajes, operadores turísticos, servicios de reservas y actividades relacionadas; 77 - Actividades de alquiler; 52 - Depósito, almacenamiento y actividades auxiliares del transporte; 55 - Servicios de alojamiento; 56 - Servicios de comidas y bebidas |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 50.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Documento de la convocatoria en español ↗
- Convocatoria para el año 2025 de la Orden de 4 de diciembre de 2023 de la Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a guías de turismo y empresas con actividad turística de guías de turismo para la reactivación y dinamización de su actividad ↗
Bases reguladoras
Convocatoria para el año 2025 de la Orden de 4 de diciembre de 2023 de la Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a guías de turismo y empresas con actividad turística de guías de turi