SUBVENCIONES A CLUBES Y ENTIDADES DEPORTIVAS DE TORREJON DE ARDOZ - AÑO 2025
Cerrada
1.067.895 euros
No disponible
31 de marzo de 2025
Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: COMUNIDAD DE MADRID. Presupuesto total: 1.067.895 euros. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Extracto del Acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 24 de febrero de 2025 (Punto N.º 10, del orden del día) por la que se aprueban las bases y convocatoria para la concesión de subvenciones a clubes y entidades deportivas en 2025, (código 2025/2025/3/640810/000). BDNS Primero. Beneficiarios Podrán solicitar subvenciones los clubes y entidades deportivas de Torrejón de Ardoz que figuren inscritas en el Registro Municipal de Entidades del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, cuyos datos estén actualizados a fecha de la presentación de la solicitud, cumpliendo así con lo recogido en el Reglamento interno del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz. Quedarán excluidos aquellos clubes cuyos cargos recaigan en la/s misma/s persona/s, estableciéndose así incompatibilidad al respecto. El beneficiario no podrá concertar la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con personas o entidades con las que esté vinculado, a menos que la contratación se realice con las condiciones normales de mercado y haya obtenido la autorización del centro gestor. Se considerará que existe vinculación siempre que se cumpla alguna de las siguientes: - Personas físicas unidas por relación conyugal o personas ligadas con análoga relación de afectividad, parentesco de consanguinidad hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo. - Las personas físicas y jurídicas que tengan una relación laboral retribuida mediante pagos periódicos. - Ser miembros asociados del beneficiario a que se refiere el apartado 2 y miembros o partícipes de las entidades sin personalidad jurídica a que se refiere el apartado 3 del artículo 11 de la Ley General de Subvenciones. - Una sociedad y sus socios mayoritarios o sus consejeros o administradores, así como los cónyuges o personas ligadas con análoga relación de afectividad y familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad o de afinidad hasta el segundo. - Las sociedades que, de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, reguladora del Mercado de Valores, reúnan las circunstancias requeridas para formar parte del mismo grupo. - Las personas jurídicas o agrupaciones sin personalidad y sus representantes legales, patronos o quienes ejerzan su administración, así como los cónyuges o personas ligadas con análoga relación de afectividad y familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad o de afinidad hasta el segundo. - Las personas físicas, jurídicas o agrupaciones sin personalidad que, conforme a normas legales, estatutarias o acuerdos contractuales tengan derecho a participar en más de un 50 por ciento en el beneficio de las primeras. El beneficiario no podrá presentar documentación justificativa emitida por personas o entidades con las que esté vinculado, salvo que esté autorizado por parte del centro gestor. El importe justificado con documentación que cumpla con alguna de las características anteriores podrá devenir en el reintegro de dicho importe. Además, deberán cumplir los siguientes requisitos: a. Estar realizando actividades de forma continuada en el municipio y seguir haciéndolo en el momento de solicitar la subvención. b. Desarrollar actividades deportivas de modalidades oficialmente reconocidas, por alguna federación deportiva madrileña o española. c. No estar incursos en alguna de las causas contempladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. d. Las entidades deberán contar con, al menos, un 75 % de deportistas empadronados en Torrejón de Ardoz. Podrá requerirse, si se estimara oportuno por la Concejalía de Deportes, una relación nominal de todos sus deportistas y su respectiva autorización para que esta Concejalía de Deportes haga la pertinente consulta al Departamento de Estadística. e. La Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz podrá requerir cualquier documento que certifique los datos presentados en la memoria de actividades. f. Haber presentado adecuadamente la justificación económica de la subvención concedida en el ejercicio anterior. g. Haber cumplido con las estipulaciones establecidas en Convenios de Colaboración establecidos por el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz con clubes o entidades del municipio. h. En el caso de los clubes/entidades deportivas que cuenten con equipos femeninos, deberán tener en cuenta, en materia de contratación, la no inclusión de cláusulas anti-embarazo. i. En la búsqueda de la igualdad real y efectiva de todas las personas que practican deporte, deberán no olvidar los derechos de las personas LGTBI, atendiendo a dos criterios esenciales: eliminar cualquier clase de discriminación, cuya protección debe ser encomendada a la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte; y lograr que la práctica deportiva se pueda realizar de forma segura con pleno respeto al principio de igualdad constitucional, con independencia de su orientación o identidad sexual. j. Deberán hacer cumplir la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia. k. Someterse a las actuaciones de comprobación que efectúe el órgano concedente, aportando cuanta información o documentación le sea requerida. l. Cumplir la legislación vigente en relación de la ley 1/2019, de 27 de febrero, de modificación de la Ley 6/2016, de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid. m. Que no han recibido ayudas para la misma finalidad, procedente de cualquier ente público o privado, ya sea nacional o internacional. En caso de incumplir este requisito el responsable siempre será el club o entidad. n. No haber recibido por parte de este Ayuntamiento, otra subvención concedida por esta concejalía de deportes cuyo objeto de ésta sea sufragar gastos en competiciones o eventos competitivos. Segundo. Objeto Las presentes bases tienen por objeto la convocatoria específica de subvenciones para los Clubes Deportivos y…
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 25 de febrero de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de marzo de 2025 |
Informacion economica
| Presupuesto total | 1.067.895 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Otras Prestaciones económicas |
| Sector economico | 93.1 - Actividades deportivas |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | ORDENANZA DE BASES REGULADORAS GLES. PARA CONCESION SUBVENCIONES |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Local |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-19T22:11:17.679593 |