FinalizadaAutonómicaI+D+i

20 de febrero de 2025, de la presidenta del IVACE, por la que se convocan ayudas dirigidas a centros tecnológicos de la Comunitat Valenciana para el desarrollo de proyectos de I+D , con financiación FEDER, ejercicio 2025

Denominación oficial: RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2025, de la presidenta del IVACE, por la que se convocan ayudas dirigidas a centros tecnológicos de la Comunitat Valenciana para el desarrollo de proyectos de I+D , con financiación FEDER, ejercicio 2025

Plazo de solicitud 16 de abril de 2025
Estado Finalizada
Código BDNS 817226

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: COMUNIDAD VALENCIANA. Presupuesto: 17,5 M€. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index y en la página web del IVACE: http://www.ivace.es Primero. Beneficiarios. Centros tecnológicos de la Comunitat Valenciana que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden 26/2016, de 25 de noviembre. Segundo. Objeto. La convocatoria persigue apoyar la ejecución de proyectos de I+D, de carácter no económico, desarrollados por centros tecnológicos de la Comunitat Valenciana -de manera individual o en cooperación entre ellos- que incluyan la colaboración efectiva con varias empresas de la Comunitat Valenciana y estén dirigidos a atender las necesidades del sector empresarial valenciano y aumentar la posibilidad de aplicación de los resultados obtenidos de la investigación al conjunto de empresas potencialmente destinatarias de estos. Tercero. Bases reguladoras. Orden 26/2016, de 25 de noviembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a los centros tecnológicos de la Comunitat Valenciana en materia de I+D por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) número 7927, de 29 de noviembre de 2016, modificada por la Orden 21/2017, de 24 de noviembre, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) número 8180, de 29 de noviembre de 2017. Cuarto. Dotación presupuestaria El importe global máximo que se destinará para la concesión de las ayudas previstas en la convocatoria ascenderá a 17.500.000,00 euros. Las ayudas podrán contar con financiación de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, hasta un 60%. Se podrá subvencionar un porcentaje de hasta el 100% de los costes del proyecto considerados como subvencionables. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de las solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), y finalizará el día 16 de abril de 2025 a las 23:59:59 horas. Sexto. Otros datos. 1. Presentación de solicitudes: tanto la solicitud como la memoria y documentación anexa se presentarán en el registro telemático del IVACE a través de su página web. 2. Documentación: para la solicitud de la ayuda, la prevista en el artículo 7 de la convocatoria, y a efectos de justificación, la prevista en el artículo 10. 3. Requisitos generales de los proyectos: El IVACE subvencionará los proyectos de I+D, de carácter no económico, desarrollados por centros tecnológicos de la Comunitat Valenciana -de manera individual o en cooperación entre ellos- que incluyan la colaboración efectiva con varias empresas de la Comunitat Valenciana y estén dirigidos a atender las necesidades del sector empresarial valenciano y aumentar la posibilidad de aplicación de los resultados obtenidos de la investigación al conjunto de empresas potencialmente destinatarias de estos. El alcance de la colaboración con las empresas se establecerá en función de la naturaleza de los proyectos y de los objetivos y resultados que se espera obtener, debiendo quedar recogido en acuerdos de colaboración firmados entre la entidad beneficiaria y cada una de las empresas colaboradoras. Todo derecho de propiedad intelectual e industrial (DPI) resultante de la colaboración entre centros tecnológicos y empresas deberá ser cedido a los centros. Los proyectos deberán necesariamente enmarcarse en los ámbitos de desarrollo regional identificados en la Estrategia de Especialización Inteligente de la Comunitat Valenciana. 4. Características de la ayuda La subvención máxima que se podrá conceder a cada proyecto no podrá superar los 200.000 euros en el caso de proyectos individuales; para los proyectos en cooperación la subvención por centro tecnológico no superará los 180.000 euros. En todo caso, el importe máximo de ayuda por entidad beneficiaria no podrá superar el importe de 1.800.000 euros. 5. Criterios de valoración: en la evaluación técnica se podrá obtener un máximo de 112 puntos, distribuidos de acuerdo con los criterios de valoración, en los términos previstos en el artículo 8 de la resolución de convocatoria. Para que un proyecto pueda ser aprobado, tendrá que tener una puntuación mínima de 60 puntos. 6. Costes subvencionables: gastos de personal propio, gastos en servicios externos, otros gastos y gastos indirectos. 7. Pago de las ayudas: El IVACE procederá al pago de la ayuda una vez se haya ejecutado el proyecto al que estaba destinada, y siempre que haya verificado el cumplimiento de las obligaciones exigibles a la entidad beneficiaria. La subvención concedida se podrá anticipar hasta el 100 % de su importe, en los términos previstos en el artículo 171 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones. 8. Forma de justificación: mediante la presentación de cuenta justificativa con aportación de informe de auditor de cuentas, en los términos previstos en el artículo 10 de la resolución de convocatoria. 9. Plazo máximo de justificación: la justificación del proyecto podrá presentarse hasta la fecha límite indicada en la resolución de concesión.

Organismo convocante

COMUNITAT VALENCIANA — INSTITUTO VALENCIANO DE COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL (IVACE)

Ámbito

COMUNIDAD VALENCIANA

Categoría

I+D+i

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación26 de febrero de 2025
Fecha inicio de solicitudes4 de marzo de 2025
Fecha fin de solicitudes16 de abril de 2025

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadInvestigación, desarrollo e innovación
Sector económico72 - Investigación y desarrollo
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total17,5 M€
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Cofinanciada por la UE

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

ORDEN 26/2016, de 25 de noviembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen bases reguladoras para la concesión de ayudas del IVACE a los Centros Tecnológicos de la CV en materia de I+D

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