Resolución del 25 de febrero de 2025 del Alcalde del Ayuntamiento de Badajoz, asistido por la Junta de Gobierno Local, por la que se convoca el CONCURSO CARNAVAL DE MASCOTAS durante el CARNAVAL DE BADAJOZ 2025
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Badajoz. Presupuesto: 1.050 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios: Todos los grupos que lo deseen, nacionales y extranjeros, cumpliendo las condiciones detalladas en el punto sexto, séptimo y octavo de esta convocatoria. Segundo. Finalidad: Con el propósito de fomentar, conservar, promocionar y ensalzar las tradicionales Fiestas de los Carnavales, se convoca el Concurso Oficial de Concurso Carnaval de mascotas, Carnaval de Badajoz 2025, en régimen de concurrencia competitiva. Tercero. Bases reguladoras: Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, publicada en el BOP, nº 21 de fecha 2 de febrero de 2009 y Resolución de Junta de Gobierno Local de 29 de octubre de 2024. Cuarto. Importe: El concurso estará dotado con 1.050,00.- €, repartidos según se detalla en el punto cuarto décimo de esta convocatoria. Los premios estarán sujetos a la legislación fiscal vigente, realizándose sobre dichas cantidades las retenciones legales establecidas. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: A partir del día siguiente de su publicación en el B.O.P. y finalizará el día 4 de marzo de 2025.
Organismo convocante
BADAJOZ — AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ
Ámbito
Badajoz
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 26 de febrero de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 4 de marzo de 2025 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 1.050 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Badajoz