SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR FERIAS, CICLOS Y FESTIVALES ARTÍSTICOS ORGANIZADOS POR ENTIDADES PRIVADAS NO LUCRATIVAS DEL SECTOR CULTURAL, QUE TIENEN SU ÁMBITO DE ACTUACIÓN DENTRO DE LA DEMARCACIÓN DE LA DIPUTACIÓN DE BARCELONA AÑO 2025
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Barcelona. Presupuesto: 525.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
El texto íntegro de la convocatoria y los modelos normalizados de solicitud y justificación de las subvenciones se puede encontrar en http://www.diba.cat/web/cultura/subvencions. Primero. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas jurídicas privadas, no lucrativas, es decir, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente, que deban realizar la actividad que fundamenta su otorgamiento y que organicen eventos artísticos que cumplan con las prescripciones y requisitos especificados en la base 2, siempre que no estén afectados por ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS). En las modalidades A y B las personas jurídicas privadas no lucrativas deben tener su domicilio social en un municipio de la demarcación de la Diputación de Barcelona. En la modalidad C las personas jurídicas privadas no lucrativas deben tener el domicilio social en un municipio de Cataluña. Las sociedades cooperativas pueden ser beneficiarias de estas ayudas siempre que cumplan con los requisitos que se especifican en el art. 144 de la Ley 12/2015, de 9 de julio, de cooperativas. Las solicitudes presentadas por entidades que desarrollen actividades de carácter mercantil o que sean entidades mercantiles, en todo caso, serán desestimadas por considerarse entidades lucrativas. Segundo. Objeto. El objeto de la presente convocatoria es regular y fijar los criterios y el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, justificación y pago de las subvenciones que otorgue la Diputación de Barcelona a través de la Oficina de Difusión Artística de la Gerencia de Servicios de Cultura destinadas a financiar ferias, ciclos y festivales artísticos, organizados por entidades privadas no lucrativas del sector cultural, en el ámbito profesional de las artes escénicas, la música, el cine, las artes visuales, la arquitectura i/o la literatura, que se celebren en los municipios de la demarcación de Barcelona (excepto la ciudad de Barcelona) durante el año 2025. Se entiende por profesional el conjunto de manifestaciones artísticas que van a cargo de creadores, intérpretes, formaciones y compañías que tienen una remuneración por su actividad artística o pueden demostrar una formación académica en su ámbito, su actividad principal debe moverse en los circuitos de espacios escénicos y temporadas del territorio más allá del ámbito local. Son objeto de apoyo de la presente convocatoria las siguientes modalidades: Modalidad A: Ferias artísticas de referencia En el marco de esta convocatoria, se considera feria artística de referencia la que tiene un carácter excepcional como muestra representativa de la cultura a nivel territorial y nacional, ofrece un conjunto de manifestaciones artísticas profesionales muy especializadas en un género o temática concreta, tiene una dirección artística profesional, y cumple con los siguientes requisitos: Debe realizar una programación de un mínimo de 25 propuestas artísticas profesionales diferenciadas. Tiene que incorporar actividades dirigidas a profesionales del sector y promover la contratación artística. Debe desarrollarse exclusivamente en municipios de la demarcación de Barcelona excepto Barcelona ciudad. Debe tener un presupuesto igual o superior a 350.000 euros. Debe tener una trayectoria consecutiva de al menos 15 años (sin incluir la edición de 2025) en la provincia de Barcelona. Sólo se admitirá que dos ediciones no sean consecutivas en caso de suspensión de la edición a causa de las restricciones con motivo de la contención de la COVID-19. Debe contar con la colaboración explícita de los entes locales de los municipios donde se realiza el evento. Debe haber tenido un mínimo de 10.000 asistentes presenciales en la última edición celebrada. Modalidad B: Festivales artísticos de referencia En el marco de esta convocatoria, se considera festival de referencia el que tiene un carácter excepcional como muestra representativa de la cultura a nivel territorial y nacional, con el objetivo de dinamizar, impulsar, fomentar y difundir un conjunto de manifestaciones artísticas profesionales muy especializadas en un género o temática concreta, tiene una dirección artística profesional, y cumple con los siguientes requisitos: Debe realizar una programación de un mínimo de 10 propuestas artísticas profesionales. Sólo se considerarán las actividades correspondientes a los municipios de la demarcación de Barcelona, exceptuando a Barcelona ciudad. Tiene que incorporar programas sociales, actividades educativas o de dinamización de públicos. Debe desarrollarse mayoritariamente en municipios de la demarcación de Barcelona, excepto Barcelona ciudad. Debe tener un presupuesto igual o superior a 100.000 euros. Sólo se considerará el presupuesto de gastos de las actividades correspondientes a los municipios de la demarcación de Barcelona, exceptuando a Barcelona ciudad. Debe tener una trayectoria consecutiva de al menos 5 años (sin incluir la edición de 2025) en la provincia de Barcelona. Sólo se admitirá que dos ediciones no sean consecutivas en caso de suspensión de la edición a causa de las restricciones con motivo de la contención de la COVID-19. Debe contar con la colaboración explícita de los entes locales de los municipios donde se realiza el festival. Debe haber tenido un mínimo de 2.000 asistentes presenciales en la última edición celebrada. En esta modalidad sólo se subvencionará el festival que obtenga mayor puntuación dentro de un género o temática concreta. Modalidad C: Ciclos y festivales artísticos Se considera ciclo o festival el proyecto dedicado a uno o varios ámbitos profesionales de la creación artística que forme una unidad programática, llevada a cabo en uno o varios municipios durante un período de tiempo determinado, con unos objetivos claros y definidos y cumple con los siguientes requisitos: Debe realizar una…
Organismo convocante
DIPUTACIÓN PROV. DE BARCELONA — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BARCELONA
Ámbito
Barcelona
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 27 de febrero de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 10 de abril de 2025 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | 91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales; 90 - Actividades de creación artística y artes escénicas |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 525.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Documento de la convocatoria en lengua cooficial ↗
- Documento de la convocatoria en español ↗
- EXTRACTO DEL ACUERDO DE 27 DE FEBRERO DE 2025 DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA DIPUTACIÓN DE BARCELONA POR EL QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA Y LAS BASES ESPECIFICAS PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADAS A FINANCIAR FERIAS, CICLOS Y FESTIVALES ARTÍSTICOS ORGANIZADOS POR ENTIDADES PRIVADAS NO LUCRATIVAS DEL SECTOR CULTURAL, QUE TIENEN SU ÁMBITO DE ACTUACIÓN DENTRO DE LA DEMARCACIÓN DE LA DIPUTACIÓN DE BARCELONA (A EXCEPCIÓN DE LA CIUDAD DE BARCELONA) ↗
Bases reguladoras
Ordenanza General de subvenciones