De 27 de febrero de 2025 del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se convocan para el año 2025 ayudas a las organizaciones profesionales del sector de los productos de la pesca y de la acuicultura para su consolidación
Denominación oficial: Orden de 27 de febrero de 2025 del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se convocan para el año 2025 ayudas a las organizaciones profesionales del sector de los productos de la pesca y de la acuicultura para su consolidación
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: ESPAÑA. Presupuesto: 100.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de las ayudas indicadas las organizaciones profesionales de los sectores de la pesca y de la acuicultura de ámbito nacional o transnacional, en su caso, que están indicadas en el artículo 4 de la Orden de convocatoria, que cumplan con lo establecido en la normativa nacional y de la Unión Europea concordante y, en particular, con lo dispuesto en los artículos 3 y 34 del Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre, así como con los requisitos específicos establecidos en el capítulo IV para la línea de ayudas a la consolidación. Segundo. Objeto y régimen de concesión. Se convoca en régimen de concurrencia competitiva la concesión de ayudas a la consolidación para el año 2025 para las organizaciones profesionales del sector pesquero de ámbito nacional y transnacional. Tercero. Bases reguladoras Las bases reguladoras de estas ayudas a la consolidación quedan establecidas en el Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre (BOE número 268 de 04 de noviembre de 2017). Cuarto. Cuantía La financiación de la ayuda a la consolidación, se efectuará con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a través de la aplicación presupuestaria 21.11.415B.772, “Ayudas al desarrollo de la nueva OCM para la comercialización de los productos pesqueros” de los Presupuestos Generales del estado para 2025. La dotación máxima para atender a esta convocatoria se establece en 100.000 €. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes La presentación de las solicitudes de ayudas a la consolidación, que será potestativa, se realizará mediante la cumplimentación del anexo A de la convocatoria. El plazo de presentación será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”. El artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre establece la obligación de las personas jurídicas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. Las organizaciones profesionales, como personas jurídicas, deberán presentar las solicitudes a través del registro electrónico del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en los modelos que estarán accesibles en la sede electrónica: https://sede.mapama.gob.es/portal/site/se), o en cualquiera de los lugares previstos según el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Sexto. Criterio de adjudicación La distribución de los fondos disponibles se llevará a cabo de conformidad con los criterios de selección establecidos en el artículo 11 de la convocatoria.
Organismo convocante
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN — SECRETARÍA GENERAL DE PESCA
Ámbito
ESPAÑA
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 28 de febrero de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Nacional |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Agricultura, Pesca y Alimentación |
| Sector económico | AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Ver todas las ayudas para autónomos →
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 100.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Cofinanciada por la UE | Sí |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre, por el que se establece el marco regulador de ayudas a las organizaciones profesionales del sector de la pesca y de la acuicultura