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SUBVENCIONES A ENTIDADES ORGANIZADORAS DE FIESTAS (ROMERIAS TRADICIONALES) EN PUEBLOS, BARRIOS Y PARROQUIAS DEL CONCEJO DE OVIEDO 2025

Denominación oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES ORGANIZADORAS DE FIESTAS (ROMERIAS TRADICIONALES) EN PUEBLOS, BARRIOS Y PARROQUIAS DEL CONCEJO DE OVIEDO 2025

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 818952

Resumen

Esta ayuda está destinada a empresas grandes, personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: PRINCIPADO DE ASTURIAS. Presupuesto: 112.500 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Beneficiarios. 1.- Podrán optar a ser beneficiarios de las subvenciones que se concedan por medio de esta convocatoria, las entidades y organizaciones a que se refiere el art. 3 de la misma, y que, además de reunir los requisitos señalados en el art. 13 de la Ley General de Subvenciones, cumplan las condiciones señaladas en el art. 6 de la convocatoria. 2.- En ningún caso podrán ser subvencionados proyectos relativos a: - Actividades deportivas. - Campañas y materiales de carácter partidista. - Aquellos que sean susceptibles de subvención por parte de otras vías de financiación municipal. - Proyectos de asociaciones u otras entidades que se han presentado en la misma convocatoria de federaciones o agrupaciones en que estén integradas. - Aquellos festejos que no tengan proyección o impacto sobre la población ovetense o que carezcan de cualquier vinculación con el municipio de Oviedo. Segundo. - Objeto. Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, con sede social o delegación en el concejo de Oviedo, para la organización de las tradicionales romerías celebradas en pueblos, barrios y parroquias del concejo de Oviedo. La convocatoria se encuadra en la línea 1 del plan estratégico de subvenciones de la Concejalía de Festejos aprobado por la Junta de Gobierno Local en fecha 17 de febrero de 2022. Tercero. - Regulación. Las subvenciones objeto de la presente convocatoria se regirán, además de por lo previsto en la misma, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por el Reglamento que desarrolla dicha Ley de Subvenciones, aprobado por R.D. 887/2006, de 21 de julio, por la ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Oviedo, aprobada por Ayuntamiento Pleno de 8 de junio de 2004, que ha sido objeto de diversas modificaciones, de las cuales, la aprobada por acuerdo del Ayuntamiento Pleno en sesión de 4 de octubre de 2016 (BOPA 30-01-2017), y por la modificación de la ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Oviedo, anexos festejos, aprobada por Ayuntamiento Pleno, en sesión de 30 de enero de 2013 (BOPA de 13 de mayo de 2013). Cuarto. - Cuantía. El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 112.500,00 €., con cargo a la partida presupuestaria 220 338 48999 Otras transferencias. Quinto. - Plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes y demás documentos exigidos en esta Convocatoria podrán presentarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. Sexto. - Otros datos. El órgano competente para la instrucción del procedimiento es la Concejalía de Festejos y para la concesión, la Junta de Gobierno Local.

Organismo convocante

OVIEDO — AYUNTAMIENTO DE OVIEDO

Ámbito

PRINCIPADO DE ASTURIAS

Categoría

Otras ayudas

Destinatarios

Empresas grandes, PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación7 de marzo de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadOtras Prestaciones económicas
Sector económico94.9 - Otras actividades asociativas
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas grandes
  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total112.500 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Sub Festejos a entidades organizadoras de fiestas en pueblos, barrios y parroquias

Bases reguladoras ↗