Acuerdo de la Junta de Gobierno Local 14-03-25, por el que se Convocan Ayudas a Junta de Cofradías, Cofradías, Hermandades y Asociaciones Religiosas de la Ciudad de Alcalá de Henares para el desarrollo de actividades. Ejercicio 2025
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: COMUNIDAD DE MADRID. Presupuesto: 45.000 €. Concesión directa: concedida sin concurso público.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios: Las entidades beneficiarias serán: La Junta de Cofradías, Cofradías Penitenciales, Cofradías de Gloria y Asociaciones Religiosas según Punto III de las presentes bases. Segundo. Finalidad: Es intención de este Ayuntamiento ayudar económicamente a dichas cofradías y hermandades a fin de mejorar el ornato, decoración, conservación patrimonial y diversas festividades de cada cofradía o entidad religiosa, enriqueciendo con ello la belleza y atracción de los diferentes actos organizados por dichas entidades. Así como de impulsar el aspecto cultural de nuestra ciudad, ensalzando los diferentes actos procesionales, de tal forma que se beneficie la ciudad y que se produzca una mayor repercusión de la imagen cultural que de Alcalá de Henares se ofrece al mundo Tercero. Bases Reguladoras: Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 14 de marzo de 2025, publicadas en la página web www.aytoalcaladehenares.es , en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, así como en el Boletín Oficial de la comunidad de Madrid. Cuarto. Importe: El crédito disponible para atender a estas subvenciones asciende a un importe total de 45.000 €. La cuantía máxima de cada subvención no podrá superar las siguientes cantidades: a. Junta Local de Cofradías: 4.000 euros. b. Cofradías y Hermandades penitenciales: 35.000 euros. c. Cofradías y hermandades de gloria: 5.000 euros. d. Asociaciones Religiosas: 1.000 euros. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: La solicitud y demás documentos se presentarán exclusivamente a través medios electrónicos, preferentemente en la dirección de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, dirigidas a la Concejalía de Fiestas y Tradiciones Populares. Se presentará una sola solicitud por cada cofradía, hermandad o asociación para esta convocatoria: - Cofradías Penitenciales: el plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales a contar a partir del día de registro de la convocatoria en la BDNS. - Junta de Cofradías, Cofradías de Gloria y Asociaciones Religiosas: La solicitud normalizada y demás documentación a aportar para el presente procedimiento se podrá presentar desde el día de su registro en la Base Nacional de Subvenciones hasta el día 5 de mayo de 2025. Se inadmitirán a trámite aquellas solicitudes: Que no hayan sido presentadas de forma electrónica en los lugares establecidos en la Ley 39/2015 y las que hayan sido presentadas fuera del plazo establecido Sexto. Otros datos: La concesión se efectuará en régimen de concurrencia no competitiva, procediendo el órgano concedente al prorrateo, entre los beneficiarios de la subvención, del importe global máximo destinado a las subvenciones en la forma y por aplicación de las reglas contenidas en las presentes bases. El análisis y la evaluación de las solicitudes se realizará por una Comisión de Valoración que estará formada por un técnico de la Concejalía de Fiestas y Tradiciones Populares, un Técnico de la Concejalía de Cultura y un Técnico de la Concejalía de Turismo y, además, un Técnico de la Administración General, el cual tendrá voz, pero no voto. La resolución final contendrá expresamente las cuantías concedidas a cada entidad.
Organismo convocante
ALCALÁ DE HENARES — AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES
Ámbito
COMUNIDAD DE MADRID
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 17 de marzo de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 17 de marzo de 2025 |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de marzo de 2025 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | 91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 45.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Documento de la convocatoria en español ↗
- Extracto del Acuerdo de 14 de marzo de 2025, de la Junta de Gobierno Local, por el que se aprueban las Bases de la Convocatoria de ayudas a Junta de Cofradías, Cofradías, Hermandades y Asociaciones Religiosas de la ciudad de Alcalá de Henares para el desarrollo de actividades año 2025. ↗
Bases reguladoras
Acuerdo J.G.L.14 de marzo de 2025, por el que se Convocan Ayudas a Junta de Cofradías, Cofradías, Hermandades y Asociaciones Religiosas de la Ciudad de Alcalá de Henares para el desarrollo de actividades. Ejercicio 2025