Establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las empresas privadas para el fomento de la sostenibilidad en el desarrollo de la actividad industrial del sector minero.(Líneas 1 y 6)
Denominación oficial: Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las empresas privadas para el fomento de la sostenibilidad en el desarrollo de la actividad industrial del sector minero.(Líneas 1 y 6)
Resumen
Esta ayuda está destinada a empresas grandes, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: GALICIA. Presupuesto: 1,0 M€. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
De acuerdo con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones. (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/820799) (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/820786) Los códigos asignados por la BDNS corresponden a un mismo texto de convocatoria. Primero. Personas beneficiarias. Podrán ser personas beneficiarias de estas subvenciones: a) Para las líneas 1, 2, 5 y 6, las empresas privadas que, dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia, realicen actividades reguladas por la Ley 22/1973, de 21 de julio, de minas, y cuenten con el título de carácter administrativo que resulte preceptivo para el desarrollo de dichas actividades o, cuando proceda, con la conformidad del órgano administrativo correspondiente, todo lo cual podrá ser comprobado de oficio por la Administración. b) Para la línea 3, las empresas privadas con centros de trabajo de elaboración de roca ornamental localizados en la Comunidad Autónoma de Galicia, y que no estén incluidas en el epígrafe anterior. A los efectos de esta orden, se consideran actividades de elaboración de roca ornamental aquellas actividades incluidas en la sección C y, en concreto, en la clase 23.70 del CNAE. c) Para las líneas 4 y 6, las empresas privadas que tengan algún centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia dedicado al envasado de las aguas minerales naturales y la explotación de balnearios y que cuenten con el título de carácter administrativo que resulte preceptivo para el desarrollo de las actividades de conformidad con la de la Ley 5/1995, de 7 de junio, de regulación de las aguas minerales, termales, de manantial y de los establecimientos balnearios de la Comunidad Autónoma de Galicia, todo lo cual podrá ser comprobado de oficio por la Administración. Se considerará empresa toda entidad, independientemente de su forma jurídica y de su modo de financiación, que ejerza una actividad económica. En particular, se considerarán empresas a los empresarios personas físicas que ejerzan actividades a título individual o familiar, así como las sociedades de personas que ejerzan una actividad económica de forma regular. Segundo. Objeto Aprobar las bases por las que se regirá la concesión de ayudas de la Consellería de Economía e Industria para fomentar e incentivar la sostenibilidad, en sus dimensiones económica, social y medioambiental, en el desarrollo de la actividad industrial del sector de los recursos naturales en Galicia, así como su convocatoria para el año 2025, a través de seis líneas de actuación. Las ayudas que correspondan a actuaciones encuadradas en la línea 1 serán para la financiación de las inversiones destinadas a incrementar la protección del medio ambiente de la zona afectada por la actividad minera. En general, todas aquellas inversiones destinadas a prevenir o enmendar daños al entorno físico o a los recursos naturales y, especialmente, los destinados a la mejora de la calidad del ambiente atmosférico mediante la reducción de las emisiones de polvo y ruido. Las ayudas que correspondan a actuaciones encuadradas en la línea 2 serán para la financiación de las inversiones destinadas a mejorar las condiciones laborales en materia de seguridad y salud de los puestos de trabajo en las explotaciones mineras. En general, todas aquellas inversiones que actúen sobre los riesgos relacionados con la seguridad en el trabajo, higiene industrial y ergonomía en los puestos de trabajo y, especialmente, las inversiones destinadas a la reducción de la exposición al polvo, al ruido y a las vibraciones de las personas trabajadoras. Las ayudas que correspondan a actuaciones encuadradas en la línea 3 serán para la financiación de las inversiones destinadas a mejorar las condiciones laborales de las personas trabajadoras en centros de elaboración de roca ornamental mediante la reducción de la exposición al polvo en sus puestos de trabajo. Las ayudas que correspondan a actuaciones encuadradas en la línea 4 serán para la financiación de las inversiones destinadas a mejorar la conservación y la gestión sostenible de los acuíferos y/o captaciones de los aprovechamientos de las aguas minerales, termales y de manantial. En general, todas aquellas inversiones destinadas a incrementar la protección cualitativa y cuantitativa del recurso hídrico, especialmente aquellas actuaciones que puedan prevenir afecciones y la contaminación en los entornos de la captación, así como en los perímetros de protección. Las ayudas que correspondan a actuaciones encuadradas en la línea 5 serán para la financiación de las inversiones destinadas a los procesos de implantación y certificación, así como su seguimiento anual y renovación de las normas UNE 22480: 2019 «Sistema de gestión minera sostenible. Requisitos» y UNE 22470: 2019 «Sistema de gestión minero–mineralúrgica–metalúrgica sostenible. Indicadores», las cuales acreditan la implantación de un sistema de gestión minera sostenible en las empresas del sector minero. Las ayudas que correspondan a actuaciones encuadradas en la línea 6 serán para la financiación de las inversiones destinadas a la adquisición de equipos que permitan mejorar la eficiencia energética en ámbitos distintos del de los edificios en las empresas del sector minero, en especial las empresas que se dediquen al envasado de las aguas minerales naturales, así como las empresas de explotación de balnearios. Tercero. Bases reguladoras Se incluyen en el anexo I de la Orden de 28 de febrero de 2025. Cuarto. Cuantía El crédito total consignado para estas subvencións es de 2.400.000,00 €: 650.000,00 euros para las ayudas de la línea 1, 650.000,00 euros para las ayudas de la línea 2, 400.000,00 euros para las ayudas de la línea 3, 285.000,00 euros para las ayudas de la línea 4, 30.000,00 euros para las ayudas de la línea…
Organismo convocante
GALICIA — CONSELLERÍA DE ECONOMÍA E INDUSTRIA
Ámbito
GALICIA
Categoría
Destinatarios
Empresas grandes, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 17 de marzo de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 9 de abril de 2025 |
| Fecha fin de solicitudes | 8 de mayo de 2025 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Industria y Energía |
| Sector económico | B - INDUSTRIAS EXTRACTIVAS |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas grandes
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 1,0 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Texto en otra lengua de la convocatoria ↗
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- EXTRACTO de la Orden de 28 de febrero de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a empresas privadas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el fomento de la sostenibilidad en el desarrollo de la actividad industrial del sector de los recursos naturales en Galicia, y se convocan para el año 2025 (código de procedimiento IN308D) ↗
Bases reguladoras
Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las empresas privadas para el fomento de la sostenibilidad en el desarrollo de la actividad industrial del sector minero
Base jurídica de la ayuda (régimen de ayudas de Estado)
- ART. 36 AYUDAS A LA INVERSIÓN PARA LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE, INCLUIDA LA DESCARBONIZACIÓN.
- ART. 38 AYUDAS A LA INVERSIÓN DESTINADAS A MEDIDAS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DISTINTAS DE LOS EDIFICIOS.
Reglamento UE aplicable
REG (UE) 651/2014, DE 17 DE JUNIO, de exención de notificación