Acuerdo del Plano nº 31/25 de 28 de febrero, por el que se acuerda aprobar la convocatoria de subvenciones a Ayuntamientos de la Provincia de Valladolid con menos de 400 habitantes para el apoyo al Comercio Rural Mínimo, año 2025
Denominación oficial: Acuerdo del Plano nº 31/25 de 28 de febrero, por el que se acuerda aprobar la convocatoria de subvenciones a Ayuntamientos de la Provincia de Valladolid con menos de 400 habitantes para el apoyo al Comercio Rural Mínimo, año 2025.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Valladolid. Presupuesto: 30.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index): Primero. Beneficiarios. Ayuntamientos de la provincia de Valladolid con menos de 400 habitantes. Segundo. Objeto. Fomentar la creación de tiendas en municipios de menos de 400 habitantes. De esta forma se conseguiría crear y mantener empleo mediante la comercialización de productos locales, mejorar el servicio prestado a la comunidad y a los turistas, y apoyar la fijación de la población rural. Tercero. Bases reguladoras. Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valladolid (B.O.P. de Valladolid de 6 de marzo de 2006). Cuarto. Cuantía. ? Cuantía total: 40.000 euros. ? Cuantía máxima individual: 10.000 euros. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. 30 de mayo de 2025, incluido. Sexto. Otros datos de interés. - Gastos subvencionables: los gastos de inversión necesarios para la realización de las obras de construcción, reforma y/o ampliación de los locales. No son subvencionables los gastos de redacción de proyecto técnico o memoria valorada, ni los gastos derivados de la dirección facultativa de las obras. - Periodo subvencionable: Se admitirán gastos de inversión realizadas desde el 1 de enero de 2025 al 30 de septiembre de 2026. - Compatibilidad: sí. - Solicitudes: por los cauces habituales - Documentación: memoria valorada o proyecto técnico, certificado del Secretario donde conste que el local es propiedad del Ayuntamiento, y solicitud de integración en el programa Comercio Rural Mínimo. - Criterios de valoración: se dará preferencia para la concesión de las subvenciones a los Ayuntamientos de menor población, hasta agotar los fondos disponibles. - Forma de pago: pago anticipado a justificar, sin garantía. - Forma de justificación: mediante la presentación de la documentación prevista en la vigésima de la convocatoria. - Plazo máximo de justificación: un mes desde la finalización de las obras.
Organismo convocante
DIPUTACIÓN PROV. DE VALLADOLID — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID
Ámbito
Valladolid
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 18 de marzo de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 21 de marzo de 2025 |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de mayo de 2025 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Comercio, Turismo y Pymes |
| Sector económico | J - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; OTROS SERVICIOS |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 30.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
BASE REGULADORA GENERAL - ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES