18 de marzo de 2025 de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura, por la que se convoca el Concurso Nacional para la Concesión del Premio a las Mejores Encuadernaciones Artísticas 2025
Denominación oficial: Resolución de 18 de marzo de 2025 de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura, por la que se convoca el Concurso Nacional para la Concesión del Premio a las Mejores Encuadernaciones Artísticas 2025
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ESPAÑA. Presupuesto: 12.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Es una ayuda competitiva: tienes que presentar la solicitud dentro del plazo y tu proyecto se comparará con los de los demás, cumplir los requisitos no asegura que la recibas. El concurso, abierto a personas físicas españolas que no tengan actividad económica, premia la mejor encuadernación artística de la obra “Donde las mujeres”. El plazo para formalizar la solicitud es de 15 días hábiles desde la publicación en el BOE. Se concede una subvención en efectivo sin exigir devolución, con un fondo total de 12 000 euros.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios Personas físicas con nacionalidad española que presenten trabajos artísticos y manuales. Cada participante sólo podrá concurrir con una obra encuadernada. Segundo. Objeto La obra propuesta para su encuadernación será “Donde las mujeres” de Álvaro Pombo García de los Ríos, Premio de Literatura en Lengua Castellana “Miguel de Cervantes” 2024. Tercero. Bases reguladoras Las bases reguladoras por las que se rige este concurso fueron establecidas a través de la Orden CUL/255/2008, de 28 de enero, publicadas en el BOE número 33, con fecha de 7 de febrero de 2008. Cuarto. Formalización de la solicitud 4.1. El plazo de formalización de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. 4.2. Las solicitudes deberán dirigirse a la persona titular de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura, pudiendo presentarse en el Registro del Ministerio de Cultura, sito en Plaza del Rey número 1 (28004-Madrid), en el Registro Electrónico General de la Administración General del Estado (https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoGeneral.htm), así como en cualquier otro Registro de la Administración u Organismos a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 4.3. Para formalizar la solicitud, el solicitante deberá presentar el Anexo I que acompaña a la presente resolución. Los anexos II, III, IV y V se presentarán más adelante, acompañando a la obra encuadernada, de acuerdo a lo dispuesto en el apartado quinto de la presente Resolución 4.4. Una vez registrada la solicitud, cuando la Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas reciba dicha documentación, enviará un ejemplar en rama (plegado en cuadernillos) del libro a encuadernar, si el domicilio de la solicitud está situado fuera de la ciudad de Madrid. En caso contrario, el solicitante podrá recoger el ejemplar en rama, previa cita solicitada en la dirección de correo concurso.encuadernados@cultura.gob.es, en la calle Santiago Rusiñol, 8 (28040 Madrid), hasta 15 días antes de que finalice el plazo de entrega de la obra encuadernada. Quinto. Cuantía El importe de los tres premios que se concederán será el siguiente: Primer Premio, 6.000,00 Euros Segundo Premio, 4.000,00 Euros Tercer Premio, 2.000,00 Euros. Sexto. Plazo presentación de las obras encuadernadas y documentación. Hasta el 2 de junio de 2025.
Organismo convocante
MINISTERIO DE CULTURA — DIRECCIÓN GENERAL DEL LIBRO, DEL CÓMIC Y DE LA LECTURA
Ámbito
ESPAÑA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 18 de marzo de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Nacional |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 12.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden CUL/255/2008, de 28 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras del Premio a las Mejores Encuadernaciones Artísticas