Subvenciones a entidades y grupos culturales, sin ánimo de lucro del municipio de Azkoitia para la realización de actividades culturales de carácter puntual
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Gipuzkoa. Presupuesto: 20.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
1. Objeto de las subvenciones Es objeto de la presente convocatoria la regulación de la solicitud y concesión de ayudas económicas a entidades y grupos culturales, sin ánimo de lucro del municipio de Azkoitia para la realización de actividades culturales de carácter puntual, siempre que coincidan con los objetivos de los distintos programas del área de cultura del Ayuntamiento de Azkoitia. Las ayudas económicas se podrán solicitar para alguno de los siguientes apartados: Actividades culturales de carácter puntual: serán aquellas actividades que por sus características no hayan podido ser previstas con anterioridad o por su carácter puntual se desarrollen en un momento determinado del periodo regulado por estas bases. La consideración de puntual será realizada por el presidente de la Comisión de Ciudadanía. 2. Importe de la subvención El importe total de las subvenciones no superará la consignación destinada a la citada finalidad; es decir, 20.000 euros. El gasto se hará con cargo a la siguiente partida presupuestaria: Subvenciones a asociaciones culturales: 1.3100.481.334.00.01 2025 (1647) 3. Requisitos y plazos para solicitar las subvenciones Podrán acogerse a esta convocatoria: Las organizaciones, asociaciones y grupos legalmente constituidas. Las personas individualmente consideradas o los grupos de éstos que se reúnan para la realización de una determinada actividad cultural y de tiempo libre. El plazo para presentar solicitudes comienza a partir del día siguiente de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y durará hasta el 7 de mayo del 2025. Estas subvenciones serán compatibles con otras que se puedan percibir, debiendo indicar si se ha solicitado subvención para la misma actividad a diferentes instituciones u organismos. 4. Cuando y donde presentar las solicitudes Los formularios de solicitud se cumplimentarán correctamente y se presentarán en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a través, entre otros, de la sección de trámites online de la página web del Ayuntamiento de Azkoitia (https://azkoitia.eus/udala/tramiteak) o en el servicio de atención ciudadana: Dirección: Herriko plaza z.g. 20720 AZKOITIA De lunes a viernes: 7:30-15:30 Horario de verano: Del 15 de junio al 15 de septiembre (ambos incluidos): 08:00-14:00 5. Documentación a presentar. Las entidades o las personas interesadas presentarán las solicitudes de ayudas en el impreso de instancia elaborado por el ayuntamiento, que se facilitará a todas las personas interesadas tanto en el Servicio de Atención a la Ciudadanía y en la página web municipal (www.azkoitia.eus). 5.1. Documentación a presentar: Impreso de solicitud debidamente cumplimentado y firmado. Declaración jurada en las que se haga constar, en su caso, la existencia de otras solicitudes de subvención realizadas ante otros departamentos, instituciones, etc. y, en su caso, las subvenciones recibidas. Documento expedido por una entidad bancaria o de ahorro, que certifique la titularidad de una cuenta corriente abierta por el solicitante (siempre que no se haya entregado con anterioridad o que se haya producido algún cambio). 5.2. Se informa al solicitante, que el Ayuntamiento de Azkoitia va a verificar los siguientes requisitos establecidos en estas bases, desde los servicios de la plataforma de intermediación de datos y otras administraciones. Los solicitantes tendrán la opción de oponerse a esa verificación, en cuyo caso deberán presentar la documentación pertinente. Servicios que se solicitarán mediante la plataforma de intermediación de datos: 1. Dirección General de la Policía: - Consulta y verificación de datos de identidad, de cada una de las personas demandantes de la ayuda. 2. Diputación Foral de Gipuzkoa y Haciendas forales: - Consulta de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias. 3. Tesorería General de la Seguridad Social: - Consulta de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones de la Seguridad Social. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación: a) Entidades o grupos que solicitan subvención por vez primera: Certificado de estar inscrito en el correspondiente Registro de Asociaciones o Entidades del Gobierno Vasco, así como en el Registro Municipal de Asociaciones Curriculum de la asociación: Actividades desarrolladas hasta la fecha, objetivos, medios personales y materiales, etc. b) Todas las entidades o grupos solicitantes de subvenciones para actividades de carácter puntual. Historial de la prueba y/o curriculum-a de las personas implicadas. Informe técnico, detallando los pormenores de la organización de la actividad. Ámbito de la actividad. Participantes en la misma, especificando categorías o edades. Fechas y lugar de celebración. Difusión que se le da a la actividad (TV, prensa, radio). Número de espectadores. Medios materiales y recursos humanos en la organización. Ficha completa de la persona o equipo responsables de la organización de la actividad. Memoria de la actividad o programa subvencionado, que incluirá: Una memoria explicativa de las actividades desarrolladas y de los resultados obtenidos. Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión, y en su caso fecha de pago. Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad, con indicación de su importe y procedencia. Un dossier con la documentación gráfica que acredite la realización de las actividades programadas (carteles, folletos, recortes de prensa, etc.). En todos los casos la no presentación de esta documentación supondrá la renuncia expresa a la percepción de la subvención. De igual manera, la ocultación o falseamiento de datos supondrá la pérdida del derecho a dichas subvenciones y en su caso a posteriores. En el caso que…
Organismo convocante
AZKOITIA — AYUNTAMIENTO DE AZKOITIA
Ámbito
Gipuzkoa
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 20 de marzo de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 7 de mayo de 2025 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 20.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Bases para la concesión de subvenciones a entidades y grupos sin ánimo de lucro para la realización de diversos programas y actividades relacionadas con el deporte, cultura y el tiempo libre en el Municipio de Azkoitia.