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MRR ESPACIOS DEPOR MUNICIPALES PROMOCION ACTIVIDAD FISICA EN ZONAS RURALES

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 822747

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: COMUNIDAD DE MADRID. Presupuesto: 135.048 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ) y en la página web www.madrid.org Primero Beneficiarios 1. Los ayuntamientos de los municipios de la Comunidad de Madrid que, a la fecha de publicación de la orden de convocatoria, reúnan los siguientes requisitos que se han de acreditar en la solicitud: a) Que tengan una población de derecho inferior a 20.000 habitantes, según los índices de población del Instituto Nacional de Estadística, resultantes de la última revisión del padrón municipal a fecha de publicación de la correspondiente convocatoria de subvenciones. Este requisito no será necesario que se acredite ya que el órgano gestor lo comprobará de oficio. b) Que cuenten con programas de actividad física relacionados con entornos saludables, rutas o circuitos saludables, que se acreditará mediante la presentación de una memoria explicativa del programa firmada por el Alcalde-Presidente del ayuntamiento o el Concejal Delegado del Área de Deportes y un certificado del Secretario del ayuntamiento de que el proyecto incluido en dicha memoria se encuentra en ejecución. c) Que cuenten con promotores de la actividad física encargados de la gestión y creación de los recursos y del diseño de programas básicos de promoción y activación de la actividad física, que se acreditará de la misma manera que el apartado anterior. Estos promotores de la actividad física deberán ostentar la cualificación necesaria o los requisitos habilitantes para la profesión de preparador físico, conforme a la Ley 6/2016, de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid. Segundo Objeto Las ayudas se destinarán a la adecuación y mejora de estructuras y espacios deportivo/comunitarios en municipios que tengan una población de derecho inferior a 20.000 habitantes, que cuenten con programas de actividad física relacionados con entornos saludables, rutas o circuitos saludables, y con promotores de la actividad física encargados de la gestión y creación de los recursos y del diseño de programas básicos de promoción y activación de la actividad física, para la inclusión de estos en una Red coordinada de promoción de la actividad física en zonas rurales (PAFER), conforme a lo establecido en el Capítulo V, Título IV del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Las inversiones a financiar no podrán estar incluidas en el Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid para el periodo 2021-2025, aprobado por Decreto 118/2020, de 23 de diciembre, de Consejo de Gobierno, o programa que lo sustituya. Tercero Bases reguladoras Se establecen en la propia Orden 737/2025, de 18 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte. Cuarto Cuantía El importe total destinado a esta convocatoria es de 135.047,78 € euros. Quinto Plazo de presentación de solicitudesI Veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Sexto Gastos subvencionables y criterios de valoración Tendrán la consideración de gastos subvencionables los que se produzcan como consecuencia de las inversiones referidas a obras y/o suministros en las entidades locales, destinadas a la adecuación y mejora de estructuras y espacios deportivo/comunitarios. En particular: a) Las que supongan la adecuación y mejora de la eficiencia energética, destinadas a la renovación o adaptación de los equipos industriales de las instalaciones, o de sus fuentes de energía, como medio de reducción de la demanda de energía primaria y para el cumplimiento medioambiental del criterio «no causar un perjuicio significativo» al medio ambiente (DNSH, o «do no significant harm», en terminología anglosajona). Las intervenciones en materia de eficiencia energética deberán lograr por término medio una reducción de la demanda de energía primaria de al menos un 30%, lo cual se acreditará en la fase de justificación, con la presentación de certificado de eficiencia energética, antes y después de la intervención. b) Las que supongan la adecuación y mejora de la accesibilidad. Tendrán esta consideración todas aquellas destinadas a garantizar la accesibilidad y el uso de las mismas a todas las personas que de forma permanente o transitoria se encuentren en una situación de limitación o movilidad reducida o de discapacidad sensorial, intelectual o cognitiva. c) Adecuación de espacios deportivos al aire libre. d) Adaptación de espacios para programas de actividad física, así como la renovación de espacios para convertirlos en espacios deportivos. e) Instalación de equipos de ejercicio en espacios públicos integrados en un circuito. El plazo de ejecución de las actuaciones definidas en esta orden deberá haber concluido con anterioridad al 28 de noviembre de 2025. En este plazo se incluye la fase de adecuación y mejora de estructuras y espacios deportivo/comunitarios objeto de la convocatoria, la fase de justificación de la ayuda concedida y comprobación del gasto. No se recoge previsión de prolongación de plazo de actividad, ya que la actuación viene condicionada por la fecha tope fijada por acuerdo de conferencia sectorial. Una vez evaluada cada solicitud, si la suma de las cuantías solicitadas y aprobadas, no supera el crédito disponible, 135.047,78 €, se propondrá la concesión de la cuantía económica solicitada por cada uno de los ayuntamientos, hasta el importe máximo de ayuda por entidad solicitante, que se establece en 17.500,00 €, siempre y cuando hayan alcanzado la puntuación mínima establecida en esta convocatoria, de 10 puntos…

Organismo convocante

COMUNIDAD DE MADRID — CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Ámbito

COMUNIDAD DE MADRID

Categoría

Cultura

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación25 de marzo de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadCultura
Sector económico93.1 - Actividades deportivas; 93.2 - Otras actividades recreativas y de entretenimiento
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total135.048 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Financiación europeaMecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR)
Cofinanciada por la UE

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

MRR ESPACIOS DEPORTIVOS MUNICIPIOS PAFER