AbiertaAutonómicaSanidad

Subvención actividades sociosanitarias vih/sida

Denominación oficial: SUBVENCIÓN ACTIVIDADES SOCIOSANITARIAS VIH/SIDA

Plazo de solicitud No disponible
Estado Abierta
Código BDNS 824570

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: COMUNIDAD DE MADRID. Presupuesto: 400.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda se concede de forma competitiva, así que hay que presentar la solicitud dentro del plazo establecido y las propuestas se comparan entre sí; cumplir los requisitos no garantiza obtenerla. Se trata de una subvención en dinero, sin exigir devolución, destinada a organizaciones no gubernamentales, asociaciones o fundaciones sin ánimo de lucro que tengan proyectos asistenciales para personas con VIH/SIDA en la Comunidad de Madrid. El importe total disponible es de 400 000 euros y la convocatoria la gestiona el Servicio Madrileño de Salud.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

EXTRACTO de la Orden 381/2025, de 19 de marzo, de la Consejería de Sanidad por la que se aprueba la convocatoria para el año 2025 de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid, dirigidas a la financiación de proyectos para la asistencia sociosanitaria de las personas afectadas por el VIH/SIDA BDNS (Identif.): XXXXXX De conformidad con lo previsto en los artículo 17.3 y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la página web www.madrid.org Primero: Beneficiarios. Organizaciones no gubernamentales, asociaciones o fundaciones, sin ánimo de lucro, que organicen o tengan en marcha proyectos de carácter asistencial, realizados dentro del ámbito de la Comunidad de Madrid y destinadas exclusivamente al desarrollo de actividades cuyo objetivo sea la atención y asistencia domiciliaria y el alojamiento y acogida de personas afectadas por el VIH/SIDA. Segundo: Finalidad. Proyectos asistenciales dirigidos a personas afectadas por el VIH/SIDA, realizadas dentro de la Comunidad de Madrid. Tercero: Bases reguladoras. Orden 973/2013, de 14 de noviembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2013 de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid, dirigidas a la financiación de proyectos de carácter asistencial a favor de personas afectadas por el VIH/SIDA. Cuarto: Importe. 400.000,00 euros Quinto: Plazo de presentación de solicitudes. Quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este Extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Sexto: Criterios de valoración. Las solicitudes se puntuarán en función de los siguientes criterios: Población a la que van dirigidos los recursos y actividades, recursos humanos que desempeñen funciones profesionales relacionadas con el desarrollo de actividades asistenciales objeto de la subvención y número de personas que las llevan a cabo, calidad técnica del proyecto, tipo de acciones asistenciales desarrolladas, acciones de seguimiento, evaluación y mejora, actividades formativas tanto del personal que participa en las actividades como, especialmente, en materia de prevención de riesgos y aspectos psicosociales vinculadas a la enfermedad. EXTRACTO de la Orden 381/2025, de 19 de marzo, de la Consejería de Sanidad por la que se aprueba la convocatoria para el año 2025 de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid, dirigidas a la financiación de proyectos para la asistencia sociosanitaria de las personas afectadas por el VIH/SIDA BDNS (Identif.): XXXXXX De conformidad con lo previsto en los artículo 17.3 y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la página web www.madrid.org Primero: Beneficiarios. Organizaciones no gubernamentales, asociaciones o fundaciones, sin ánimo de lucro, que organicen o tengan en marcha proyectos de carácter asistencial, realizados dentro del ámbito de la Comunidad de Madrid y destinadas exclusivamente al desarrollo de actividades cuyo objetivo sea la atención y asistencia domiciliaria y el alojamiento y acogida de personas afectadas por el VIH/SIDA. Segundo: Finalidad. Proyectos asistenciales dirigidos a personas afectadas por el VIH/SIDA, realizadas dentro de la Comunidad de Madrid. Tercero: Bases reguladoras. Orden 973/2013, de 14 de noviembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2013 de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid, dirigidas a la financiación de proyectos de carácter asistencial a favor de personas afectadas por el VIH/SIDA. Cuarto: Importe. 400.000,00 euros Quinto: Plazo de presentación de solicitudes. Quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este Extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Sexto: Criterios de valoración. Las solicitudes se puntuarán en función de los siguientes criterios: Población a la que van dirigidos los recursos y actividades, recursos humanos que desempeñen funciones profesionales relacionadas con el desarrollo de actividades asistenciales objeto de la subvención y número de personas que las llevan a cabo, calidad técnica del proyecto, tipo de acciones asistenciales desarrolladas, acciones de seguimiento, evaluación y mejora, actividades formativas tanto del personal que participa en las actividades como, especialmente, en materia de prevención de riesgos y aspectos psicosociales vinculadas a la enfermedad. EXTRACTO de la Orden 381/2025, de 19 de marzo, de la Consejería de Sanidad por la que se aprueba la convocatoria para el año 2025 de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid, dirigidas a la financiación de proyectos para la asistencia sociosanitaria de las personas afectadas por el VIH/SIDA BDNS (Identif.): XXXXXX De conformidad con lo previsto en los artículo 17.3 y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la página web www.madrid.org Primero: Beneficiarios. Organizaciones no gubernamentales, asociaciones o fundaciones, sin ánimo de lucro, que organicen o tengan en marcha proyectos de carácter asistencial, realizados dentro del ámbito de la Comunidad de Madrid y destinadas exclusivamente al desarrollo de actividades cuyo objetivo sea la atención y asistencia domiciliaria y el alojamiento y acogida…

Organismo convocante

COMUNIDAD DE MADRID — SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (SERMAS)

Ámbito

COMUNIDAD DE MADRID

Categoría

Sanidad

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación2 de abril de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadSanidad
Sector económico86.9 - Otras actividades sanitarias
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total400.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

ORDEN 973/2013, DE 14 DE NOVIEMBRE

Bases reguladoras ↗