Del CTEE, bases reguladoras y convocatoria subv. régimen conc. competitiva para ayudas fomento generación eléctrica renovable, autoconsumo y descarbonización de Canarias marco de la EES en las Islas Canarias P2 y 3, con cargo al PRTR C7I2
Denominación oficial: ORDEN del CTEE, bases reguladoras y convocatoria subv. régimen conc. competitiva para ayudas fomento generación eléctrica renovable, autoconsumo y descarbonización de Canarias marco de la EES en las Islas Canarias P2 y 3, con cargo al PRTR C7I2
Resumen
Esta ayuda está destinada a empresas grandes, personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: CANARIAS. Presupuesto: 0 €. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede sin competir: cualquiera que cumpla los requisitos y la solicite la puede obtener, siempre que haya fondos disponibles. No hay un plazo de presentación indicado, así que puedes presentar la solicitud en cualquier momento mientras exista presupuesto. Están dirigidos a grandes empresas, pymes, personas físicas con actividad económica o sin ella, y a personas jurídicas que no desarrollen actividad económica. Es una subvención económica directa, sin necesidad de devolver el dinero, gestionada por la Consejería de Transición Ecológica y Energía de Canarias.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Organismo convocante
CANARIAS — CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y ENERGÍA
Ámbito
CANARIAS
Categoría
Destinatarios
Empresas grandes, PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 3 de abril de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Industria y Energía |
| Sector económico | 43.3 - Acabado de edificios; 43.5 - Actividades de construcción especializada en ingeniería civil; 43.4 - Actividades de construcción especializada en la construcción de edificios; 81.2 - Actividades de limpieza; 42.9 - Construcción de otros proyectos de ingeniería civil; 43.2 - Instalaciones eléctricas, de fontanería y otras instalaciones en obras de construcción; 43.9 - Otras actividades de construcción especializada; 81.1 - Servicios integrales a edificios e instalaciones; 35 - Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas grandes
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 0 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Financiación europea | Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) |
| Cofinanciada por la UE | Sí |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Bases reguladoras
ORDEN del CTEE, bases reguladoras y convocatoria subv. régimen conc. competitiva para ayudas fomento generación eléctrica renovable, autoconsumo y descarbonización de Canarias marco de la EES en las Islas Canarias P2 y 3, con cargo al PRTR C7I2
Base jurídica de la ayuda (régimen de ayudas de Estado)
- ART. 14 AYUDAS REGIONALES A LA INVERSIÓN
Reglamento UE aplicable
REG (UE) 651/2014, DE 17 DE JUNIO, de exención de notificación