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SUBVENCIONES PARA LA REHABILITACIÓN DE FACHADAS DE INMUEBLES DE BANYOLES 2025

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 825098

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Girona. Presupuesto: 6.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Beneficiarios Las personas físicas o jurídicas, con o sin personalidad jurídica, incluidas las comunidades de propietarios y comunidades de bienes, de viviendas y edificios destinados mayoritariamente a un uso residencial, situados dentro del término municipal de Banyoles, con título de dominio o cualquier otro derecho que les permita realizar las actuaciones y cumplir con las obligaciones que se establecen en las correspondientes bases. Cuando sea procedente se tendrá que acreditar la autorización expresa del propietario para la ejecución de las obras. Segundo. Objeto La presente convocatoria tiene por objeto el otorgamiento de subvenciones destinadas a estimular y fomentar las iniciativas de restauración y rehabilitación de fachadas del parque inmobiliario privado en el municipio de Banyoles, dentro de los límites establecidos en el presupuesto municipal. De acuerdo con las bases específicas podrán ser objeto de subvención los gastos derivados de la realización de obras de restauración, rehabilitación y/o mejora de las condiciones de uso, seguridad o estética de las fachadas de los edificios destinados mayoritariamente a uso residencial y viviendas privadas subvencionables (incluye la intervención en los paramentos verticales, cuerpos y elementos salientes), siempre que cumplan los siguientes requisitos: La antigüedad del edificio, según Catastro, tiene que ser igual o superior a 25 años. Las obras tienen que ser de restauración, rehabilitación y/o mejora (no son subvencionables las ampliaciones, ni la obra nueva). Las actuaciones en fachada tienen que englobar la totalidad de la misma (no se admitirán intervenciones parciales que no afecten a todas las plantas). En caso de edificios que constituyan unidad de fachada, la intervención tiene que tener en cuenta la totalidad de los inmuebles afectados. No pueden acogerse a la subvención que regulan las presentes bases los edificios que se encuentran en situación de fuera de ordenación, ni las actuaciones sobre edificios industriales. Las obras tienen que disponer de la correspondiente licencia o título administrativo que habilite su ejecución en vigor, otorgados o presentados durante el año en curso o bien que la tramitación sea simultánea. Excepcionalmente y por motivos justificados se podrá admitir que las licencias o los títulos habilitantes se hayan otorgado durante el año inmediatamente anterior a la correspondiente convocatoria. Concretamente se incluyen las siguientes actuaciones: Pintar fachadas. Rehabilitación y restauración de fachadas. Obras de mejora y adecuación de fachadas a la normativa vigente. Mejora de los acabados de las paredes medianeras visibles desde la vía pública. Obras de reposición o recuperación de los capiteles en aperturas geminadas de carácter histórico, respecto de las cuales se pueda demostrar su existencia anterior con formación de columnas y capiteles, dentro del ámbito del Plan Especial del Casco antiguo de Banyoles; así como otros elementos de fachada incluidos en el Catálogo de Patrimonio de Banyoles. Quedan expresamente excluidas las actuaciones que representen el vaciado estructural del edificio o el derribo de fachadas. Tercero. Bases reguladoras Las bases específicas reguladoras de las subvenciones objeto de esta convocatoria han sido publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 128, del día 6 de julio de 2020. https://ssl4.ddgi.cat/bopV1/pdf/2020/128/202012804360.pdf Cuarto. Cuantía El importe total máximo destinado a esta convocatoria es de 5.000 €, que irán con cargo a la partida 2025.23.15200.78001 Vivienda. Subvención acondicionamiento fachadas. En caso de que la concurrencia de beneficiarios agote el crédito presupuestario previsto, el Ayuntamiento podrá ampliar el importe máximo detallado anteriormente mediante la modificación presupuestaria correspondiente hasta un máximo de 7.000,00 € en conformidad con el establecido al artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. La cuantía de la subvención podrá llegar al 20 % del presupuesto elegible con un límite máximo de subvención de 1.500,00 €. En cualquier caso no se podrán otorgar subvenciones por importe superior a la consignación presupuestaria disponible. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes Por las características de este programa las solicitudes de subvención se podrán realizar a lo largo de todo el ejercicio, a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona y sujetas a la disponibilidad presupuestaria existente. La presentación de las solicitudes se hará mediante el modelo normalizado que figura en la sede electrónica del Ayuntamiento de Banyoles, adjuntando la documentación que establece el artículo 5 de las correspondientes bases reguladoras. Las subvenciones concedidas se tendrán que justificar en el plazo y en la forma indicados en las bases reguladoras. Sexto. Otros datos La concesión de las subvenciones y el resto de cuestiones derivadas de ella se realizará de conformidad con lo establecido en las bases reguladoras.

Organismo convocante

BANYOLES — AYUNTAMIENTO DE BANYOLES

Ámbito

Girona

Categoría

Vivienda

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación4 de abril de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadAcceso a la vivienda y fomento de la edificación
Sector económicoACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; F - CONSTRUCCIÓN
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total6.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PARA LA RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE FACHADAS DE LOS INMUEBLES DEL MUNICIPIO DE BANYOLES

Bases reguladoras ↗