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SUBVENCIONES PARA LA MEJORA, REHABILITACIÓN Y NUEVA IMPLEMENTACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, DE RESTAURACIÓN, DE OFICINAS-SERVICIOS Y DE ACTIVIDADES TRADICIONALES Y ARTESANÍA SITUADOS A PIE DE CALLE. ANUALIDAD 2025

Denominación oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA MEJORA, REHABILITACIÓN Y NUEVA IMPLEMENTACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, DE RESTAURACIÓN, DE OFICINAS-SERVICIOS Y DE ACTIVIDADES TRADICIONALES Y ARTESANÍA SITUADOS A PIE DE CALLE. ANUALIDAD 2025

Plazo de solicitud 31 de agosto de 2025
Estado Finalizada
Código BDNS 825355

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Girona. Presupuesto: 7.500 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

1. Objeto y finalidad Subvención en régimen de concurrencia competitiva que tiene por objeto la regulación del procedimiento de concesión de subvenciones para la mejora, rehabilitación y nueva implementación de establecimientos comerciales, de restauración, de oficinas-servicios y de actividades tradicionales y artesanía situados a pie de calle en la Bisbal d'Empordà, y que reúnan los requisitos que se detallan en el punto 4 de las bases específicas reguladoras aprobadas. 2. Dotación económica y determinación de la aplicación presupuestaria. El importe total destinado a la convocatoria es de siete mil quinientos euros (7.500,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria: 09.4390.4800002 3. Plazo de presentación de las solicitudes Las solicitudes se tendrán que presentar en el Registro General del Ayuntamiento de La Bisbal d'Empordà, o por cualquiera de los medios previstos en la legislación vigente sobre procedimiento administrativo, y los formularios normalizados se podrán obtener en la web del Ayuntamiento (www.labisbal.cat). El plazo de presentación de solicitudes y de la justificación será desde el día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en el BOP y hasta el 30 de septiembre de 2025. 4. Importe de las subvenciones El importe de la subvención será de un máximo de 2.000,00 euros por solicitante que cumpla los requisitos de admisión. El porcentaje máximo del proyecto subvencionado será del 35% para autónomos y empresas colaboradoras y del 25% de porcentaje máximo para los autónomos y empresas no colaboradoras, según se detalla en el punto 7 de las bases específicas. 5. Criterios de valoración de la subvención Se valorarán los siguientes criterios, de acuerdo con la ponderación indicada, con un máximo de 100 puntos: Inversión del proyecto (proporcionalmente respecto al importe de la inversión más elevada) hasta 10 puntos Nueva implantación de un negocio que mejore el mix comercial de la ciudad: 10 puntos Incorporación en el plan empresarial de productos de proximidad (venta y/o manipulación) 10 puntos Renovación y mejora del establecimiento, con el siguiente desglose: fins a 20 punts Rehabilitación y pintado de la fachada 8 puntos Mejora y/o ampliación del escaparate 4 puntos Aperturas: colocación o sustitución de la puerta de acceso al establecimiento y/o sustitución de persianas verjas 4 puntos Letreros y toldos. Colocación o sustitución 4 puntos Memoria del proyecto desarrollado 6 puntos Primera vez que ha solicitado y obtenido la subvención de fomento del comercio del Ayuntamiento de La Bisbal 12 puntos Implantación de medidas por la eficiencia energética (con inversión mínima de 500,00€) 10 puntos Implantación de equipamiento, maquinaria y herramientas de innovación tecnológica para la mejora de la competitividad (con inversión mínima de 500,00 hasta euros) 10 puntos Autónomos y empresas que hayan obtenido el certificado de viabilidad previo al inicio de la actividad económica por parte de la Red Catalunya Emprèn de la Generalitat de Catalunya 6 puntos Incorporación, a la estrategia empresarial, criterios para fomentar la igualdad entre hombres y mujeres, de acuerdo con la Ley 17/2015 6 puntos 6. Ámbito temporal de las acciones subvencionables. El gasto subvencionable para la realización de la actuación debe estar incluido dentro del período del 1 de enero de 2024 al 31 de agosto de 2025. 7. Plazo para justificar las subvenciones. La justificación de las acciones subvencionables debe presentarse junto con la solicitud con una fecha máxima de 30 de septiembre de 2025. 8. Plazo de resolución y notificación. El procedimiento de concesión de las subvenciones debe resolverse en el plazo máximo de 3 meses y la falta de resolución dentro de este plazo tendrá carácter de desestimación. La notificación se realizará de conformidad con las determinaciones de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas

Organismo convocante

BISBAL D'EMPORDÀ, LA — AYUNTAMIENTO DE BISBAL D'EMPORDÀ, LA

Ámbito

Girona

Categoría

Comercio

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación7 de abril de 2025
Fecha inicio de solicitudes14 de abril de 2025
Fecha fin de solicitudes31 de agosto de 2025

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadComercio, Turismo y Pymes
Sector económicoJ - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; OTROS SERVICIOS
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total7.500 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Subvención en régimen de concurrencia competitiva que tiene por objeto la regulación del procedimiento de concesión de subvenciones para la mejora, rehabilitación y nueva implementación de establecimientos comerciales.