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AYUDAS PARA FOMENTO DE ALQUILER DE VIVIENDAS VACÍAS. PROGRAMA "VIVE EN MOLINA 2025"

Denominación oficial: CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA FOMENTO DE ALQUILER DE VIVIENDAS VACÍAS. PROGRAMA "VIVE EN MOLINA 2025".

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 826091

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Murcia. Presupuesto: 90.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero: Beneficiarios. Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, propietarias o usufructuarias de viviendas sitas en el t.m. de Molina de Segura. Segundo: Objeto. Convocatoria de ayudas para fomento de Alquiler de Viviendas Vacías. Programa “VIVE EN MOLINA”. La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión y pago de ayudas destinadas a financiar determinados gastos que comporta la formalización del contrato de arrendamiento y el cumplimiento por parte de la vivienda de los requisitos establecidos en estas bases. Tercero: Bases reguladoras. Las ayudas económicas previstas en estas bases adoptarán la forma de subvenciones, y se regirán, además de por lo regulado en la misma, por lo previsto en: • Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. • Ordenanza General de Subvenciones a conceder por el Ayuntamiento de Molina de Segura publicadas en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el 10 de marzo de 2022. • Orden de la Consejería de Fomento e Infraestructuras por la que se determinan los precios máximos aplicables a las viviendas protegidas en la Región de Murcia y se delimitan las áreas geográficas (BORM n.º 69, 24/03/2022). • Bases generales reguladoras de la convocatoria de subvenciones y premios del Ayuntamiento de Molina de Segura para el año 2025 Cuarto: Cuantía. El importe de las ayudas se financiarán para la línea 1, con cargo a la partida 50/1521/788 0300 SUBVENCIONES PROGRAMAS ALQUILER prevista en el actual presupuesto de gasto municipal para el ejercicio 2025, por importe de 40.000 euros, cuarenta mil euros. El importe de las ayudas se financiarán para la línea 2, con cargo a la partida 50/1521/4880 0300 SUBVENCIONES PROGRAMAS ALQUILER prevista en el actual presupuesto de gasto municipal para el ejercicio 2025, por importe de 50.000 euros, cincuenta mil euros, haciendo constar que la concesión de las mismas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión. La cuantía máxima de las ayudas se determinará atendiendo al coste total de las actuaciones a desarrollar (inversión subvencionable), hasta un máximo de 16.000 €. Quinto: Plazo y lugar de presentación de solicitudes. Las solicitudes junto con la documentación necesaria se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Molina de Segura y se presentarán por medios electrónicos tal como establecen los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien utilizando cualquiera de los medios establecidos en ella. La presentación de la solicitud presume la aceptación incondicionada de la normativa reguladora de las ayudas y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se contienen en la misma y especialmente en las bases del programa VIVE EN MOLINA 2025. El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación de la convocatoria hasta el 15 diciembre de 2025 o agotamiento del crédito presupuestario, lo cual se publicará en el BORM, en su caso. Sexto: Otros datos. Las bases reguladoras de subvención, el texto completo de la convocatoria y modelos a presentar junto con la solicitud se encuentran a disposición de los interesados en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Molina de Segura (https:sedeelectronica.molinadesegura.es/subvenciones/).

Organismo convocante

MOLINA DE SEGURA — AYUNTAMIENTO DE MOLINA DE SEGURA

Ámbito

Murcia

Categoría

Vivienda

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación9 de abril de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadAcceso a la vivienda y fomento de la edificación
Sector económicoACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; F - CONSTRUCCIÓN; Q - EDUCACIÓN; I - HOSTELERÍA; INDUSTRIA MANUFACTURERA; OTROS SERVICIOS; K - TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total90.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

BASES GENERALES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES Y PREMIOS DEL AYUNTAMIENTO DE MOLINA DE SEGURA PARA EL AÑO 2025

Bases reguladoras ↗