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De 9 de abril de 2025, Convocatoria 2025 de ayudas recogidas en las BB.RR. de 26.06.2024, para la reducción del impacto de la pesca

Denominación oficial: Orden de 9 de abril de 2025, Convocatoria 2025 de ayudas recogidas en las BB.RR. de 26.06.2024, para la reducción del impacto de la pesca

Plazo de solicitud 8 de mayo de 2025
Estado Finalizada
Código BDNS 826507

Resumen

Esta ayuda está destinada a empresas grandes, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 1,3 M€. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

BDNS (Identif):826507 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdntrans) y en el presente BOJA. Primero. Convocatoria. 1. Se convocan para el año 2025 las ayudas que se citan, previstas en la Orden de 26 de junio de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al desarrollo sostenible de la pesca en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, en la cuantía total máxima que se especifica y con arreglo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican: Líneas de ayuda Partidas presupuestarias Cuantía máxima (€) 2025 Ayudas para inversiones en equipos e inversiones a bordo de buques pesqueros, con puerto base en Andalucía, que contribuyan a reducir el impacto de la pesca en el medio marino, apoyar la eliminación gradual de los descartes y facilitar la transición a una explotación sostenible de los recursos biológicos marinos, siempre que no haya incremento de arqueo bruto del buque 1400120000 G/71P/77300/00 G4110201A6 2024001206 200.000 Segundo. Beneficiarios. Podrán ser personas o entidades beneficiarias de estas ayudas las personas físicas, las personas jurídicas así como las comunidades de bienes o sociedades civiles que sean propietarias del buque pesquero para el que solicita la ayuda o que sean armadoras de dicho buque, en éste último caso siempre que exista acuerdo entre la persona propietaria y la armadora en el que se conceda derecho a la armadora para efectuar inversiones en el buque pesquero, así como las personas pescadoras a pie que sean propietarias del arte que vaya a sustituirse y hayan trabajado al menos 60 días durante los dos años civiles anteriores al año de presentación de la solicitud de ayuda. Tercero. Objeto. El objeto de esta orden es convocar para el año 2025 las ayudas para inversiones en equipos e inversiones a bordo de buques pesqueros, con puerto base en Andalucía, que contribuyan a reducir el impacto de la pesca en el medio marino, apoyar la eliminación gradual de los descartes y facilitar la transición a una explotación sostenible de los recursos biológicos marinos, siempre que no haya incremento de arqueo bruto del buque, previstas en la Orden de 26 de junio de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al desarrollo sostenible de la pesca en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027. Cuarto. Bases reguladoras. La presente convocatoria se regirá por la Orden de 26 de junio de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al desarrollo sostenible de la pesca en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca yde Acuicultura 2021-2027 (BOJA n.º 127 de 2 de julio, de 2024). Quinto. Cuantía. La dotación de estas líneas de ayuda se expone en el cuadro que se recoge en el apartado primero de este extracto. Sexto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles a contar a partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Séptimo. Otros datos. Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estarán a disposición de las personas solicitantes en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía: https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25512.html

Organismo convocante

ANDALUCÍA — CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL

Ámbito

ANDALUCIA

Categoría

Agricultura

Destinatarios

Empresas grandes, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación10 de abril de 2025
Fecha inicio de solicitudes24 de abril de 2025
Fecha fin de solicitudes8 de mayo de 2025

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadAgricultura, Pesca y Alimentación
Sector económico03.3 - Actividades de apoyo a la pesca y la acuicultura; 03.1 - Pesca
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas grandes
  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total1,3 M€
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Cofinanciada por la UE

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden 26 junio 2024, BR competitiva, destinada al desarrollo sostenible en la CA en el marco del Programa Operativo FEMPA 2021-2027

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