FinalizadaLocalEducación

CONVOCATORIA SUBVENCIONES PINTAMOS LA ESCUELA 2025. JGL 11/04/2025 PTO 17

Plazo de solicitud 12 de mayo de 2025
Estado Finalizada
Código BDNS 826857

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: COMUNIDAD DE MADRID. Presupuesto: 170.522 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

De conformidad con lo previsto en los art. 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) PRIMERO. OBJETO: El objeto de esta convocatoria es la regulación de la concesión en régimen de concurrencia no competitiva, de las ayudas económicas que el Ayuntamiento de Fuenlabrada podrá otorgar, destinadas a la realización de trabajos de pintura en espacios y elementos exteriores e interiores en inmuebles de Centros Educativos de titularidad municipal para mejorar su estado. Debido a la naturaleza de la actividad subvencionada, se deberá subcontratar a profesionales o empresas del sector que se encarguen de la realización del proyecto. Los trabajos objeto de subvención podrán realizarse desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2025. SEGUNDO: BENEFICIARIOS Tienen la consideración de Beneficiarios Centros Educativos de titularidad municipal ubicados en el municipio de Fuenlabrada, concretamente: - (7) Escuelas Infantiles de titularidad Municipal de Fuenlabrada (gestionadas por cooperativas o sociedades de enseñanza. - (2) Casas de Niños de titularidad Municipal de Fuenlabrada. - (1) Centro de Educación Permanente de Adultos. - (2) Centros Públicos de Educación Especial de Fuenlabrada. - (37) Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria de Fuenlabrada y Centros Públicos de Educación Infantil, Primaria y Educación Secundaria Obligatoria. TERCERO. Bases Reguladoras. La Ordenanza Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOCM de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal. CUARTO. IMPORTE: El importe asignado a estas ayudas es de 170.522,00 € en la partida presupuestaria 6051/326/48900. El importe asignado a cada centro se establece según el siguiente baremo: a. Escuelas Infantiles de titularidad Municipal de Fuenlabrada: 1.922,80 € máximo. b. Casas de Niños municipales: 1.619,20 € máximo. c. Centros de Educación Especial: 3.845,60 € máximo. d. Centro Público de Educación permanente de Adultos: 3.845,60 € máximo. e. Centros Públicos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria: 3.845,60 € máximo. QUINTO. PLAZO PRESENTACION SOLICITUDES: El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, preferiblemente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada o a través de las Sedes Electrónicas de las Administraciones Públicas, aportando la documentación citada en el art. 6 de las bases de la Convocatoria. SEXTO. Otros datos. Se procederá al pago anticipado, una vez concedida la subvención de forma definitiva. Se deberán justificar los fondos recibidos hasta el 31 de enero de 2026, inclusive. Lo que se publica para su conocimiento y demás efectos, haciéndole saber que este acto agota la vía administrativa y contra el mismo podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante alguno de los órganos jurisdiccionales que prevén los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de esta notificación. Sin perjuicio de lo anterior, podrá, con carácter potestativo, interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo podrá utilizar cualquier otro recurso previsto en la Ley que a su derecho interese. La interposición de los recursos mencionados no suspende, por sí sola, la ejecución del acto administrativo

Organismo convocante

FUENLABRADA — AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

Ámbito

COMUNIDAD DE MADRID

Categoría

Educación

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación11 de abril de 2025
Fecha inicio de solicitudes25 de abril de 2025
Fecha fin de solicitudes12 de mayo de 2025

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadEducación
Sector económico93 - Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento; 85 - Educación
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Ver todas las ayudas para autónomos →

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total170.522 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

ORDENANZA REGULADORA DE SUBVENCIONES AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

Bases reguladoras ↗