RESOLUCIÓN, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo por la que se establecen las Bases reguladoras y se publica la correspondiente convocatoria para la concesión en concurrencia competitiva, de los premios de la 40ª edición del Fes
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: COMUNIDAD VALENCIANA. Presupuesto: 58.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
De conformidad con lo que prevén los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la que se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. http:www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans Primero. Objeto. 1. La 40ª edición del Festival Internacional de Cine de Valencia - Cinema Jove, (en adelante Cinema Jove) que tendrá lugar en Valencia del 19 al 28 de junio de 2025, tiene como objetivo la promoción de jóvenes cineastas. 2. Los premios de Cinema Jove dotados económicamente tienen la naturaleza de subvención pública, y se concederán en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, establecidos en la LGS. Segundo. Financiación. El importe global máximo de las ayudas que se prevén en esta convocatoria es de 58.000 euros y se financia con cargo a la línea de subvención S0994, “Premios Cinema Jove”, del capítulo IV del presupuesto de gastos del IVC para el ejercicio 2025. Tercero. Categorías y premios. 1. Los premios con dotación económica se distribuirán en las siguientes categorías: a) Premios a las personas titulares de aquellas obras audiovisuales que tengan la consideración de largometraje, de acuerdo con la definición del resuelvo segundo de las bases reguladoras: 1º. Luna de Valencia al mejor largometraje, dotado con 12.000 euros. 2º. Premio del Público al mejor largometraje, dotado con 2.500 euros. 3º. Premio Òrbites al mejor largometraje experimental/Nuevos lenguajes, dotado con 2.500 euros. b) Premios a las personas titulares de aquellas obras audiovisuales que tengan la consideración de cortometraje de acuerdo con la definición del resuelvo segundo de las bases reguladoras: 1º. Luna de Valencia al mejor cortometraje, dotado con 9.000 euros. c) Premios a las personas titulares de aquellas obras audiovisuales de ficción o de carácter documental que tengan la consideración de serie, de acuerdo con la definición del resuelvo segundo de las bases reguladoras: 1º. Luna de Valencia a la mejor serie, dotado con 4.000 euros. 2º. Premio del Público a la mejor serie, dotado con 1.000 euros. d) Premio a la distribución, dotado con 27.000 euros. Cuarto. Condiciones técnicas de presentación de las obras. Las obras deberán presentarse junto con la solicitud de participación en versión original con subtítulos en inglés, salvo si están rodadas en castellano o en valenciano. Aquellas obras que sean seleccionadas para participar en Cinema Jove estarán obligadas a presentar subtítulos en inglés en archivo aparte, independientemente del idioma en el que estén rodadas. Quinto. Presentación de solicitudes. 1. Las solicitudes de participación de obras audiovisuales en Cinema Jove podrán presentarse durante los 15 días hábiles siguientes a la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana. Los solicitantes que estén obligados a relacionarse por medios electrónicos con las administraciones públicas, deberán realizar su inscripción, exclusivamente, a través del siguiente enlace: https://www.cinemajove.com/inscripcion/ Sexto. Resolución de la convocatoria. 1. La resolución del director general del IVC por la que se conceden los premios se ajustará a lo dispuesto en la base reguladora octava, punto 8 y se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, en la página web del IVC y en la página web de Cinema Jove. Las ayudas concedidas se publicarán igualmente en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS). 2. El plazo máximo para dictar y publicar la resolución será de tres meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Organismo convocante
COMUNITAT VALENCIANA — INSTITUT VALENCIÀ DE CULTURA (IVC)
Ámbito
COMUNIDAD VALENCIANA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 15 de abril de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 58.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
RESOLUCIÓN, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo por la que se establecen las Bases reguladoras y se publica la correspondiente convocatoria para la concesión en concurrencia competitiva, de los premios de la 40ª edición del Fes