SUBVENCIONES PARA ACTIVIDADES SOCIALES, CULTURALES, DEPORTIVAS Y DE FESTEJOS 2025
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: PRINCIPADO DE ASTURIAS. Presupuesto: 69.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero.- Beneficiarios Asociaciones y colectivos debidamente legalizados e inscritos que realicen actividades y servicios sociales, culturales, deportivos y de festejos en el término municipal de Gozón, o que, realizándose fuera de este ámbito, cuenten con socios residentes en este municipio. Segundo. - Objeto Subvenciones para actividades sociales, culturales, deportivas y de festejos Tercero. - Bases Reguladoras Ordenanza de bases reguladoras de subvenciones para actividades sociales, culturales, deportivas y de festejos (Boletín Oficial del Principado de Asturias de 11 de agosto de 2010). Cuarto.- Cuantía La cuantía total a distribuir entre los distintos subvencionados será de 39.000,00 € para las líneas de igualdad, asociaciones de vecinos, asociaciones de madres y padres, asociaciones de jubilados, asociaciones culturales y asociaciones de festejos; y de 30.000,00 € con destino a la línea de deportes Quinto. - Plazo de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. Sexto. - Solicitud El formulario de solicitud acompañado de la documentación exigida se presentará, según modelo normalizado, por cualquiera de los medios establecidos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de lo establecido en la disposición final séptima de la referida ley, y se dirigirá al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Gozón. La presentación de la documentación, así como la documentación complementaria se realizará en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Al respecto, dicha norma establece en su artículo 14.2 la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de trámites administrativos a las personas jurídicas, a las entidades sin personalidad jurídica, a quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional, a quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración. Si alguna de las entidades solicitantes obligadas presenta la solicitud presencialmente, será requerida para que subsane mediante su presentación electrónica. A estos efectos se considerará como fecha de presentación aquella en la que haya sido realizada la subsanación. La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos: Solicitud, según modelo normalizado (Anexo I.1), firmada por el representante de la entidad o por quien tenga conferida la delegación debidamente acreditada. Memoria descriptiva (Anexo I.2) y valoración económica del proyecto (Anexo I.3) para el cual solicita la financiación. En el caso de las Entidades que no estén inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Gozón deberán presentar, además, la siguiente documentación: Acta Fundacional. Estatutos de la Entidad. Copia de NIF Resolución de Inscripción en el Registro General Correspondiente (autonómico o estatal según el ámbito de actuación). Ficha de acreedores. Séptimo. – Resolución: La Resolución de las solicitudes corresponde al Alcalde-Presidente del ayuntamiento de Gozón
Organismo convocante
GOZÓN — AYUNTAMIENTO DE GOZÓN
Ámbito
PRINCIPADO DE ASTURIAS
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 14 de mayo de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Otras Prestaciones económicas |
| Sector económico | 94 - Actividades asociativas; 91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales; 90 - Actividades de creación artística y artes escénicas; 93 - Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento; 84 - Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 69.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA ACTIVIDADES SOCIALES, CULTURALES, DEPORTIVAS Y DE FESTEJOS