CNU/ /2025, de 19 de mayo, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones previstas en el artículo 46 del Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre
Denominación oficial: Orden CNU/ /2025, de 19 de mayo, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones previstas en el artículo 46 del Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Valencia / València. Presupuesto: 860.000 €. Concesión directa: concedida sin concurso público.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios. Podrán tener la condición de beneficiarias al amparo de esta orden las personas que cumplan los siguientes requisitos: a) Cursar alguna de las enseñanzas comprendidas en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, en el curso 2024-2025, encontrándose matriculados entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre. b) Haber residido en cualquiera de los municipios incluidos en el anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante losdaños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, que se acompaña como anexo I a esta orden, en alguna fecha entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024 incluidos. c) Cumplir una de las siguientes condiciones: i. Que, bien ellas directamente o bien su unidad familiar, acrediten haber presentado la solicitud de las ayudas para vivienda establecidas en el artículo 3.2 del Real Decreto-ley6/2024, de 5 de noviembre.ii. Que, no reuniendo los requisitos del apartado 1.º anterior, declaren que han perdido el material de estudio de su propiedad, o este hubiera quedado inservible. d) No haber sido previamente beneficiarias de esta subvención. 2. En todo caso, la concesión de las ayudas no requerirá otra justificación que la acreditación previa a la concesión de que la persona solicitante reúne los requisitos establecidos legalmente a estos efectos. Segundo. Objeto. Nueva convocatoria de las ayudas públicas para personas estudiantes universitarias afectadas por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, reguladas en el artículo 46 del Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre. por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el marco del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024. Tercero. Importe de las ayudas. Se abonará a las personas beneficiarias un importe de 600 euros por estudiante. Cuarto. Plazo y forma de presentación de las solicitudes. 1. El plazo de presentación de solicitudes y documentación anexa comenzará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y tendrá una duración de treinta días naturales. 2. La presentación de las solicitudes para la obtención de las ayudas podrá realizarse a través de la sede electrónica asociada del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades,(https://ciencia.sede.gob.es/), identificándose con certificado digital reconocido por cualquiera de las entidades oficiales de certificación nacionales, o bien presentando el formulario que estará disponible en la web del Ministerio en cualquiera de los registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Organismo convocante
MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES — SECRETARÍA GENERAL DE UNIVERSIDADES
Ámbito
Valencia / València
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 20 de mayo de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Nacional |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Educación |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 860.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre.