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Local

Subvenciones para promover la igualdad entre mujeres y hombres, así como el respecto a la diversidad en la orientación afectiva-sexual, en el municipio de Alzira para el año 2025

Estado

No disponible

💰Importe

4.000 euros

📅Fecha inicio

No disponible

📅Fecha fin

No disponible

Resumen

Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: Valencia / València. Presupuesto total: 4.000 euros. La tramitacion se realiza de forma electronica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

PRIMERA. Objeto de la convocatoria. El objeto de la presente convocatoria es regular las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para apoyar el desarrollo de proyectos de promoción de la igualdad entre mujeres y hombres, así como de igualdad en la diversidad en la orientación afectivo-sexual, ejecutados por entidades sin ánimo de lucro en el municipio de Alzira en el ejercicio 2025. SEGUNDA. Requisitos de las entidades solicitantes. Las entidades deberán que tener implantación en el ámbito municipal o atender personas del municipio de Alzira. Las entidades tendrán que haber desarrollado actividades permanentes al menos durante un periodo de dos años previos a su solicitud y estar registradas en el Registro Municipal de Asociaciones. Solo se podrán presentar proyectos que no suponen en ningún caso la totalidad de la actividad de la entidad, lo cual se considera requisito no subsanable. Se denegarán las solicitudes que no cumplan este requisito. TERCERO. - Bases reguladoras: El Pleno del Ayuntamiento de Alzira, en la sesión celebrada el día 29 de enero de 2020, ha aprobado definitivamente la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Alzira, que contiene las bases reguladoras del procedimiento para la concesión de subvenciones por este Ayuntamiento, y el texto íntegro de la misma ha sido publicado en el Boletín Oficial de la provincia de Valencia nº 29, de fecha 12 de febrero de 2020. CUARTO. Plazo y lugar de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia. QUINTO.- Cuantía total máxima de las ayudas convocadas: Las subvenciones previstas en las presentes bases se imputarán dentro de los límites presupuestarios con cargo a la partida 2313 48000, con denominación “Subvenciones a entidades promotoras de la igualdad” del presupuesto municipal para el ejercicio 2025, por una cuantía total máxima de 4.000 euros. SEXTO. Documentación que deberá acompañar la solicitud. Las entidades solicitantes tendrán que aportar la siguiente documentación: - Instancia firmada por quien ostente la representación legal de la entidad solicitante, según el modelo previsto a la sede electrónica del Ayuntamiento, en la cual se hará constar el proyecto de actividades para el cual se solicita la subvención. - Proyecto en el cual se incluirá información completa y detallada. Como mínimo, el proyecto contendrá: 1. Título del proyecto. 2. Responsable o responsables. 3. Justificación. 4. Objetivos. 5. Población beneficiaria. 6. Actividades. 7. Temporalización. 8. Recursos humanos y materiales necesarios, aportando currículum e indicando la categoría profesional de quien vaya a dirigir o realizar la actividad. 9. Presupuesto total desglosado de la actividad a realizar, indicando ingresos y gastos por conceptos. 10. Evaluación. 11. Posibilidad de continuación de la actividad. - Acreditación de la representación que ostenta la persona firmante de la solicitud, acompañados de copia de su DNI. - En el caso de solicitar la subvención por primera vez, estatutos de la entidad. SÉPTIMO.- Resolución: El órgano competente para la resolución será la Junta de Gobierno Local. El plazo máximo para comunicar la resolución o acuerdo de concesión o denegación de las ayudas será de seis meses, a contar desde la publicación de la convocatoria. OCTAVO. Justificación y pago: Para la justificación y el cobro de las subvenciones reguladas por estas normas se requiere la presentación de la memoria del proyecto o actividad objeto de subvención y memoria económica según modelo -cuenta justificativa-, presentada en nombre de la persona que ostente la representación legal de la entidad, antes del 15 de noviembre.

¿Quien puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Plazos

Fecha de publicacion27 de mayo de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Informacion economica

Presupuesto total4.000 euros
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector economicoACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN

Informacion completa

Bases reguladorasOrdenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Alzira
Publicacion en diario oficialSi
AdministracionLocal
Ultima actualizacion BD2026-07-19T17:02:21.853980