Ayudas para la realización de Estancias Breves en otros Centros de Investigación, dentro del Programa "Severo Ochoa"
Denominación oficial: Convocatoria de ayudas para la realización de Estancias Breves en otros Centros de Investigación, dentro del Programa "Severo Ochoa"
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Asturias. Presupuesto: 200.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero.- Personas beneficiarias Podrán resultar personas beneficiarias aquellas que sean beneficiarias de una ayuda del programa Severo Ochoa en la actualidad, con independencia del año de concesión, siempre que previamente no se haya obtenido una ayuda para más de dos estancias breves. No se podrá solicitar la ayuda para más de una estancia por anualidad. En la presente convocatoria podrá solicitarse la ayuda durante el primer año de concesión. Segundo.- Objeto La realización de estancias breves de carácter formativo en centros distintos al centro de aplicación de la ayuda concedida, de reconocido prestigio, con la finalidad de realizar tareas de aprendizaje en laborat orios de investigación, adquisición de nuevas técnicas instrumentales y otras actividades directamente vinculadas con el plan de formación o perfeccionamiento para el que se concedió la ayuda. Tercero.- Bases reguladoras Se aprueban por Resolución de 3 de junio de 2016, de la Consejería de Educación y Cultura, (BOPA de 10 de junio), modificadas por Resoluciones de 27 de julio de 2016 (BOPA de 2 de agosto) y 30 de octubre de 2018 (BOPA de 7 de noviembre) Cuarto.- Cuantía La convocatoria se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 14.05-422D-782.022 "Fomento de la investigación científica" de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2025, por un importe de 200.000 euros. La cuantía total máxima de las ayudas podrá ser complementada con cien mil euros(100.000 €)) procedentes de otros créditos que se puedan reasignar, generar, incorporar, o con ampliaciones de crédito, con posterioridad a la presente Resolución. Esta dotación presupuestaria adicional se publicará en Boletín Oficial del Principado de Asturias. El posible incremento del montante de la financiación destinada a la convocatoria no implicará en ningún caso la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes. La ayuda máxima a conceder a cada persona beneficiaria para la realización de las estancias breves solicitadas a lo largo del año no superará en ningún caso los 3.000 euros, sumados todos los conceptos, y se concretará en una ayuda por importe de 40 euros diarios contados desde el día de la partida al del regreso, ambos inclusive, a la que se sumará una ayuda para el desplazamiento con los siguientes límites: " Si el desplazamiento se realiza a un centro ubicado en un país europeo perteneciente a la U.E. o a la EFTA: hasta 600 euros. " Si el desplazamiento se realiza fuera de dichos países: hasta 1.200 euros. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes se extenderá un mes a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. Sexto.- Otros datos En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la Ficha que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0081T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.
Organismo convocante
PRINCIPADO DE ASTURIAS — CONSEJERÍA DE CIENCIA, EMPRESAS, FORMACIÓN Y EMPLEO
Ámbito
Asturias
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 2 de junio de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Investigación, desarrollo e innovación |
| Sector económico | 72.1 - Investigación y desarrollo experimental en ciencias naturales y técnicas; 72.2 - Investigación y desarrollo experimental en ciencias sociales y humanidades |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 200.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Resolución de 3 de junio de 2016, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa Severo Ochoa de Ayudas Predoctorales para la formación en investigación y docencia del Principado de Asturias