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RESOLUCIÓN del director general del Institut Valencià de Cultura por la que se convocan subvenciones destinadas al fomento de actividades musicales para 2025

Denominación oficial: RESOLUCIÓN del director general del Institut Valencià de Cultura por la que se convocan subvenciones destinadas al fomento de actividades musicales para 2025.

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 837966

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: COMUNIDAD VALENCIANA. Presupuesto: 1,9 M€. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

De conformidad con lo que prevén los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la que se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. http:www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans Primero. Objeto, finalidad y ámbito de aplicación 1. Es objeto de esta resolución, convocar la concesión de subvenciones para el fomento de actividades musicales en la Comunitat Valenciana, en el marco de las competencias del IVC y de acuerdo con los objetivos que tiene encomendados. Las subvenciones se concederán de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, y mediante el régimen de concurrencia competitiva. Segundo. Modalidades de ayuda Las modalidades previstas en la presente convocatoria son las siguientes: 1. Ayudas a festivales, ciclos y eventos conmemorativos 2. Ayudas a la programación en salas de exhibición 3. Ayudas a cursos de perfeccionamiento musical, concursos, jornadas y congresos 4. Ayudas a giras fuera de la Comunitat Valenciana 5. Ayudas a proyectos de producción de espectáculos de música en vivo 6. Ayudas a la composición de obras musicales de nueva creación vinculadas a su estreno 7. Ayudas al fomento de la producción discográfica Tercero. Personas y entidades beneficiarias de las ayudas y requisitos para obtener tal condición Para obtener la condición de persona o entidad beneficiaria de estas ayudas se deberán cumplir los requisitos generales establecidos en la base reguladora tercera. Cuarto. Financiación de las ayudas, distribución y cuantías. 1. De acuerdo con la Ley 6/2025, de 30 de mayo, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2025 (DOGV 10120, de 31.05.2025), las ayudas convocadas se imputarán al crédito previsto en la sección G0109, entidad 016, línea de subvención S0995 “Fomento de actividades musicales”, por un importe total de 2.000.000 €. 2. El importe inicialmente previsto para esta convocatoria es de 1.675.000 €. Los 325.000 € restantes corresponden a la segunda anualidad de las ayudas bienales a la organización y mantenimiento de estructuras administrativas, convocadas en 2024. Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes 1. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. 2. Las solicitudes, en modelo normalizado, deberán dirigirse al IVC, por vía telemática a través del registro de la sede electrónica accesible desde la web https://sede.ivc.gva.es/ Sexto. Plazo y forma de justificación y pago de las ayudas 1. Todos los documentos que sirvan para justificar la ayuda deberán ir suscritos por la persona beneficiaria, o por el representante legal de la entidad beneficiaria, y presentarse en el IVC no más tarde del 30 de noviembre de 2025, por vía telemática a través de su sede. La falta de justificación en dicho plazo determinará la revocación de la subvención concedida. De conformidad con lo que prevén los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la que se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. http:www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans Primero. Objeto, finalidad y ámbito de aplicación 1. Es objeto de esta resolución, convocar la concesión de subvenciones para el fomento de actividades musicales en la Comunitat Valenciana, en el marco de las competencias del IVC y de acuerdo con los objetivos que tiene encomendados. Las subvenciones se concederán de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, y mediante el régimen de concurrencia competitiva. Segundo. Modalidades de ayuda Las modalidades previstas en la presente convocatoria son las siguientes: 1. Ayudas a festivales, ciclos y eventos conmemorativos 2. Ayudas a la programación en salas de exhibición 3. Ayudas a cursos de perfeccionamiento musical, concursos, jornadas y congresos 4. Ayudas a giras fuera de la Comunitat Valenciana 5. Ayudas a proyectos de producción de espectáculos de música en vivo 6. Ayudas a la composición de obras musicales de nueva creación vinculadas a su estreno 7. Ayudas al fomento de la producción discográfica Tercero. Personas y entidades beneficiarias de las ayudas y requisitos para obtener tal condición Para obtener la condición de persona o entidad beneficiaria de estas ayudas se deberán cumplir los requisitos generales establecidos en la base reguladora tercera. Cuarto. Financiación de las ayudas, distribución y cuantías. 1. De acuerdo con la Ley 6/2025, de 30 de mayo, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2025 (DOGV 10120, de 31.05.2025), las ayudas convocadas se imputarán al crédito previsto en la sección G0109, entidad 016, línea de subvención S0995 “Fomento de actividades musicales”, por un importe total de 2.000.000 €. 2. El importe inicialmente previsto para esta convocatoria es de 1.675.000 €. Los 325.000 € restantes corresponden a la segunda anualidad de las ayudas bienales a la organización y mantenimiento de estructuras administrativas, convocadas en 2024. Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes 1. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. 2. Las solicitudes, en modelo normalizado, deberán dirigirse al IVC, por vía telemática a través del registro de la sede electrónica accesible desde la web https://sede.ivc.gva.es/ Sexto. Plazo y forma de justificación y pago de las ayudas 1. Todos los documentos que sirvan para justificar la ayuda deberán ir suscritos por la persona beneficiaria, o por el representante legal de la entidad beneficiaria, y presentarse en el IVC no más tarde del 30 de noviembre…

Organismo convocante

COMUNITAT VALENCIANA — INSTITUT VALENCIÀ DE CULTURA (IVC)

Ámbito

COMUNIDAD VALENCIANA

Categoría

Cultura

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación6 de junio de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadCultura
Sector económicoACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total1,9 M€
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

RESOLUCIÓN de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva destinadas al fomento de actividades musicales

Bases reguladoras ↗

Reglamento UE aplicable

REG (UE) 2023/2831 de minimis, General