SUBVENCIONES 2025 PARA DAR APOYO A LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS CINEMATOGRÁFICOS O AUDIOVISUALES
Denominación oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES 2025 PARA DAR APOYO A LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS CINEMATOGRÁFICOS O AUDIOVISUALES
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Mallorca. Presupuesto: 436.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
En sesión de 30 d’abril de 2025, el Consell Ejecutivo del Consell de Mallorca aprobó el acuerdo siguiente: «1. Aprobar la convocatória de subvenciones 2025 para dar apoyo a la realización de proyectos cinematográficos o audiovisuales. 2. Autorizar un gasto anticipado de 436.000,00 € a cargo de la aplicación presupuestaria 20.33450.47904 del ejercicio 2027 para tramitar la convocatória de subvenciones mencionada. No obstante lo anterior, al tratarse de una convocatória de gasto anticipado, ésta queda condicionada a la existència de crédito adecuado y suficiente para el financiamiento en el ejercicio presupuestario al cual se imputa el gasto (2027). 3. Publicar la convocatória en el Butlletí Oficial de les Illes Balears. Contra el acuerdo que aprueba esta convocatoria, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria. El recurso puede interponerse formalmente ante el Consejo Ejecutivo o ante el Pleno del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo. Contra la desestimación expresa del recurso de alzada, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada. Si transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada, no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo. No obstante lo anterior, puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.» La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio (Decreto de la Presidencia de 27 de agosto de 2019. BOIB nº 123 de 7 de septiembre) Antonia Roca Bellinfante Convocatoria de subvenciones 2025 para dar apoyo a la realización de proyectos cinematográficos o audiovisuales 1. Bases reguladoras Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran recogidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Consell de Mallorca. (Aprobada por Acuerdo del Pleno de 23 de diciembre de 2016, BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017, modificada por Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018, BOIB núm. 96, de 4 de agosto 2018). El Consell de Mallorca, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 19.2 de la Ordenanza General de Subvenciones, publicará esta convocatoria en el Butlletí Oficial de les Illes Balears. Asimismo se dará traslado de la información correspondiente a la convocatoria a la Base de Datos Nacional de Subvenciones. 2. Dotación presupuestaria Se destina a esta convocatoria un crédito de 436.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 20.33450.47904 del ejercicio presupuestario 2027. Dado que se trata de una convocatoria de gasto anticipado, ésta queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para la financiación en el ejercicio presupuestario al que se imputa el gasto. Esta dotación se distribuirá entre las diferentes líneas de la manera siguiente: • Línea 1: 36.000,00€, para la producción propia de cortometrajes. • Línea 2: 300.000,00€, para la producción propia de documentales. • Línea 3: 100.000,00€ para la producción propia de largometrajes de ficción. Si una vez calculados los importes de las ayudas de cada línea, y siempre que lo permita el plan de estabilidad presupuestaria del Consell de Mallorca, se produce algún remanente, la comisión evaluadora puede proponer al órgano instructor que acreciente las otras líneas cuya dotación presupuestaria no ha sido suficiente para hacer frente a los importes máximos establecidos en esta convocatoria. 3. Objeto 1. Mediante esta convocatoria se quiere promover la producción cinematográfica y audiovisual, fomentando un tejido cultural cinematográfico de Mallorca y, en consecuencia, se creen productos de calidad destinados a los mercados nacionales e internacionales. Serán subvencionables los proyectos cinematográficos o audiovisuales desarrollados en Mallorca. A efectos de esta convocatoria, se entiende por desarrollar el proyecto en Mallorca que la producción se realice por una empresa con base en Mallorca y tengan lugar las tareas principales de producción audiovisual: preproducción, producción y postproducción. Esto no quita que parte de la producción o el rodaje se puedan desarrollar fuera de Mallorca, según sean las necesidades o requisitos del guión. Esta convocatoria tiene por objeto llevar a cabo en Mallorca un proyecto cinematográfico o audiovisual que cumplan los requisitos que se indican para cada una de las siguientes líneas o categorías: - Línea 1: Producción propia de cortometrajes, tanto de ficción como documentales o animados. - Línea 2: Producción propia de documentales, destinados a los mercados nacionales e internacionales. - Línea 3: para la producción propia de largometrajes de ficción. 2. No son subvencionables - Las actividades relativas a la promoción exterior de la cultura de Mallorca. - Los formatos como pilotos de series de televisión, reportajes de televisión, promocionales o publicitarios. 3. De acuerdo con lo acordado por el Pleno en la sesión de 9 de noviembre de 2023, estas ayudas no pueden destinarse a actividades que supongan una vulneración de la ley, como delitos de odio u otros relacionados al código penal. El incumplimiento de esta obligación provocará el reintegro o pérdida del derecho al cobro de la subvención y la exigencia de la responsabilidad por parte de la persona beneficiaria. 4. Temporización de las…
Organismo convocante
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA — CONSELL INSULAR DE MALLORCA
Ámbito
Mallorca
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 10 de junio de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | 91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales; 90 - Actividades de creación artística y artes escénicas |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 436.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Ordenanza General de subvenciones del Consell de Mallorca
Base jurídica de la ayuda (régimen de ayudas de Estado)
- ART. 54 REGÍMENES DE AYUDA PARA OBRAS AUDIOVISUALES
Reglamento UE aplicable
REG (UE) 651/2014, DE 17 DE JUNIO, de exención de notificación