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Subvenciones para el fomento del empleo a través de la Agencia Municipal de Colocación del Ayuntamiento de Albacete 2025.

Denominación oficial: Convocatoria de subvenciones para el fomento del empleo a través de la Agencia Municipal de Colocación del Ayuntamiento de Albacete 2025.

Plazo de solicitud 15 de noviembre de 2025
Estado Finalizada
Código BDNS 840347

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Albacete. Presupuesto: 80.025 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Beneficiarios/as: Podrán beneficiarse de las subvenciones a la contratación reguladas en esta convocatoria empresas, grupos de empresas o personas particulares, que desarrollen actividades o tengan centros o puestos de trabajo en el municipio de Albacete, que contraten laboralmente a personas seleccionadas por oferta entre las inscritas en la Agencia Municipal de Colocación. Además de las obligaciones generales establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, las empresas deberán cumplir en la Agencia Municipal de Colocación con las siguientes obligaciones específicas (art. 6): 1. Presentar una oferta de empleo. 2. Cumplir con los seguimientos de la oferta de empleo. 3. Comunicar el resultado de la selección y de la contratación de las personas enviadas. 4. Enviar una copia del contrato de trabajo firmado al inicio de la relación laboral. En caso de contratación por otra empresa —empresas del mismo grupo, asociadas o vinculadas directamente; empresas subrogadas; o por cambio de forma jurídica— diferente a la que presentó la oferta de empleo, la empresa contratante comunicará la circunstancia. La persona cuya contratación dará derecho a subvención deberá reunir los siguientes requisitos en la Agencia Municipal de Colocación (art.7): 1. Estar inscrita en la Agencia de Colocación y en la oferta de empleo. 2. Haber sido seleccionada y enviada a la empresa. 3. Ser contratada como resultado de la selección de la oferta de empleo. En caso de personas procedentes de programas o proyectos gestionados por el Servicio de Empleo y Promoción Económica, estar inscrita en la Agencia de Colocación y haber participado con aprovechamiento, tramitándose la oferta de empleo y el contrato de trabajo a través de la persona responsable del programa o proyecto. Los requisitos de las contrataciones subvencionables (art. 8), en cualquier modalidad de contrato laboral vigente, son: 1. Oferta de empleo presentada por la empresa o grupo de empresas. 2. Contrato inicial de una duración igual o superior a seis meses y jornada laboral mínima del 50 %, excluyéndose las prórrogas de contratos iniciales. 3. La persona contratada no debe haber tenido vinculación laboral previa con la empresa o grupo de empresas contratante, en los doce meses anteriores a la fecha de contratación. 4. La empresa o grupo de empresas no puede haber recibido esta subvención municipal por la contratación de la misma persona en las 3 últimas convocatorias. 5. Contrataciones realizadas y comunicadas a partir del 16 de octubre de 2024 hasta el 15 de octubre de 2025. Segundo. Finalidad: La finalidad de las subvenciones convocadas es fomentar la contratación laboral y el empleo de las personas demandantes de la Agencia de Colocación y de los programas y proyectos del Servicio de Empleo y Promoción Económica Tercero. Bases reguladoras: Ordenanza de subvenciones para la promoción de la actividad económica y del empleo, aprobada por acuerdo de Pleno de 24 de febrero de 2022, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete número 59, de 20 de mayo de 2022, modificada por acuerdo del Pleno de 25 de julio de 2024, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete número 119, de 11 de octubre de 2024. Cuarto. Importe: Convocatoria 2025 dotada con 60.000 euros. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: La convocatoria se mantendrá abierta hasta el 15 de noviembre de 2025 o hasta agotamiento del crédito presupuestario anual establecido. Se establecen los siguientes plazos de presentación según la fecha de los contratos laborales: a) Con carácter general la solicitud deberá presentarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de contratación. b) Cuando la contratación se produjera en el periodo comprendido entre el 16 de octubre de 2024 y el día de la publicación de la convocatoria, la solicitud deberá presentarse en el plazo de dos meses desde la fecha de la publicación. Serán subvencionables los contratos realizados desde el 16 de octubre de 2024 hasta el 15 de octubre de 2025 Sexto. Otros datos: El texto completo de la convocatoria, los anexos I y II normalizados y la referencia a los correspondientes servicios de información están disponibles en el Tablón de Anuncios Electrónico del Ayuntamiento de Albacete en el siguiente enlace: https://albacete.sedipualba.es/tablondeanuncios/

Organismo convocante

ALBACETE — AYUNTAMIENTO DE ALBACETE

Ámbito

Albacete

Categoría

Empleo

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación16 de junio de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudes15 de noviembre de 2025

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadDesempleo
Sector económicoACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; J - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEADORES Y COMO PRODUCTORES DE BIENES Y SERVICIOS NO DIFERENCIADOS PARA USO PROPIO; L - ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS; ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA; AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; F - CONSTRUCCIÓN; Q - EDUCACIÓN; I - HOSTELERÍA; INDUSTRIA MANUFACTURERA; B - INDUSTRIAS EXTRACTIVAS; V - ORGANISMOS EXTRATERRITORIALES; OTROS SERVICIOS; SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN; SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO; K - TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total80.025 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Ordenanza de subvenciones para la promoción de la actividad económica y del empleo

Bases reguladoras ↗