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NGEU_MRR Ayudas act. Bioeconomía C4.I4b. LÍNEA 1 A ENT. LOCALES

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 840680

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: COMUNIDAD DE MADRID. Presupuesto: 398.681 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

BDNS (): De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias). Primero Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones: - Los municipios de menos de 5.000 habitantes y con una superficie forestal de, al menos el 50 %, tal y como se relacionan en el Anexo I. - Mancomunidades que estén constituidas, al menos, con la mitad de los municipios incluidos en el Anexo I. Segundo Objeto 1. El objeto de estas subvenciones es financiar actuaciones de bioeconomía en municipios con dificultades demográficas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). 2. El pago de la ayuda tendrá el carácter de anticipado por importe del 100 por ciento de la ayuda concedida. 3. La finalidad de estas subvenciones es contribuir a reactivar e incentivar la actividad económica en zonas en situación de vulnerabilidad territorial y declive demográfico, mediante el desarrollo de iniciativas destinadas a la gestión y usos sostenible de los recursos forestales, generadoras de empleo y revalorizadoras del territorio, además de promover beneficios sociales locales. Tercero Bases reguladoras Esta convocatoria de ayudas se regula por la Orden, de 6 de septiembre de 2023, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a financiar actuaciones de bioeconomía en municipios con dificultades demográficas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiadas por la Unión Europea – NextGenerationEU (C4.I4b) y se aprueba la convocatoria para el año 2023 (BOCM núm. 222, del 18 de septiembre de 2023). Esta norma ha sido modifica por la Orden de 21 de mayo de 2024 (BOCM núm. 140, del 13 de junio de 2024). Cuarto Cuantía y financiación de las ayudas El importe máximo de las subvenciones para actuaciones de protección del paisaje y del patrimonio natural y cultural ligadas al turismo sostenible previstas en el artículo 7.2 a) de las bases reguladoras será de 30.000 euros. Para el resto de actuaciones el importe máximo será de 15.000 euros. Los gastos asociados a los proyectos del artículo 7.2 a) en concepto de redacción de proyecto, dirección de obra y coordinación de seguridad y salud sólo serán subvencionables hasta un máximo del 12 por 100 de la inversión total auxiliable. La ayuda económica podrá llegar hasta el 100 por 100 del total subvencionable, con los límites máximos recogidos en el punto anterior, hasta agotarse los créditos presupuestarios autorizados para cada convocatoria. Podrán subvencionarse hasta tres actuaciones por beneficiario, siempre y cuando las mismas pertenezcan a distintas tipologías de actuaciones del artículo 7 de las bases reguladoras. Estas subvenciones se financiarán con cargo a la partida 79909 "Otras actuaciones" del Presupuesto de Gastos del Programa 942O "Reequilibrio Territorial", del año 2025 con un importe para las entidades locales de 398.681,35 euros. 2. Esta convocatoria se desarrollará en el marco de la Inversión 4 "Gestión forestal sostenible" (submedida I4b "Otras acciones de gestión forestal sostenible"), incluida en el Componente 4: "Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU y, serán cofinanciadas en un 100 % del gasto público por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Quinto Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid". Sexto Gastos subvencionables Serán subvencionables los gastos en los que incurran los beneficiarios de la ayuda para la realización de las siguientes actuaciones: a) Actuaciones de conservación y mejora dirigidas a la puesta en valor del paisaje y del patrimonio natural y cultural en terrenos forestales de titularidad pública ligadas al turismo sostenible y compatible con la conservación del medio forestal: - Rehabilitación de infraestructuras rurales no habitables, situadas en terreno forestal y recuperación del patrimonio histórico de carácter rural, cuyo uso futuro sea el destino al uso público y/o a la conservación de la biodiversidad. - Reconstrucción de vallas o muros de piedra seca o similar. - Rehabilitación de sendas y caminos no transitables para vehículos a motor. Podrán subvencionarse trabajos de poda, escarificación, perfilado, riegos, compactación y aportación de tierras y arenas hasta 5 cm de grueso y restauración del trazado, así como la señalización vertical de sendas y paneles informativos. - Mejora y rehabilitación de fuentes y abrevaderos de ganado tradicionales. - Mejora y mantenimiento de infraestructuras de áreas recreativas: aseos, papeleras y contenedores de residuos, bancos y mesas, fuentes y paneles informativos… Como norma general, en la rehabilitación y reconstrucción de los elementos del paisaje indicados, se utilizarán materiales iguales o de similares características que los originales. Se deberá aportar constancia fidedigna de su existencia sobre el plano el terreno, y se mantendrán en lo posible las características de diseño originales. b) Estudios cuyo objeto sea la conservación y gestión sostenible de los recursos forestales no madereros para la dinamización de la bioeconomía local, incluyendo entre otros los recursos micológicos, apícolas, plantaciones medicinales, biomasa, la ganadería extensiva… c) Cursos y acciones de formación, eventos de comunicación y sensibilización en materia de conservación y gestión de la biodiversidad, gestión sostenible de los aprovechamientos forestales, planificación turística…

Organismo convocante

COMUNIDAD DE MADRID — CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

Ámbito

COMUNIDAD DE MADRID

Categoría

Otras ayudas

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación17 de junio de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadOtras Prestaciones económicas
Sector económico84.2 - Prestación de servicios a la comunidad en general
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total398.681 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Financiación europeaMecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR)
Cofinanciada por la UE

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

ORDEN DE LA CONSEJ PRESID, JUSTICIA Y ADMÓN LOCAL, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBV DIRIGIDAS A FINANCIAR ACTUACIONES DE BIOECONOMÍA EN MUNICIPIOS CON DIFICULTADES DEMOGRÁFICAS EN EL MARCO DEL PRTR (C4I4B)

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