Ayudas en el año 2025 para Asociaciones en el ámbito del deporte
Denominación oficial: Resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes por la que se convocan ayudas en el año 2025 para Asociaciones en el ámbito del deporte
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ESPAÑA. Presupuesto: 500.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero: Beneficiarios. Podrán adquirir la condición de beneficiarios de estas ayudas las asociaciones y sindicatos del ámbito del deporte estatal que no estén relacionadas con la modalidad deportiva de fútbol y que cumplan los siguientes requisitos: a) Estar legalmente constituidas como asociaciones o sindicatos cuyos estatutos incluyan al menos alguno de los siguientes fines: -Realización de actividades directamente relacionadas con la promoción de los derechos sociales de sus asociados/as o afiliados/as. -Ayuda o acompañamiento de la inserción social del asociado/a o afiliado/a. -Desarrollo de labores o estudios destinados al mejor conocimiento del deporte nacional o internacional. -Programas de apoyo en la gestión individual y/o compartida de sus asociados. b) Estar inscritas en el registro administrativo correspondiente. Los clubes deportivos no podrán ser beneficiarios de las ayudas convocadas en la Resolución. Segundo: Objeto de la convocatoria. La presente convocatoria tiene por objeto conceder ayudas a asociaciones y sindicatos de ámbito deportivo estatal, exceptuando las relacionadas con la modalidad deportiva de fútbol. Estas asociaciones serán de deportistas y de otros colectivos, como entrenadores y técnicos, árbitros y jueces, preparadores físicos, entre otros, y deberán representar y desarrollar los intereses socioeconómicos del correspondiente estamento. Tercero: Bases Reguladoras. La concesión de subvenciones en esta Convocatoria se regirá por la presente Resolución y por la Ley General de Subvenciones y su Reglamento. Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran en la Orden ECD/2681/2012, de12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD, disponible en: https://www.boe.es/boe/dias/2012/12/15/pdfs/BOE-A-2012-15180.pdf. Cuarto: Cuantía. El Consejo Superior de Deportes destinará a financiar las ayudas convocadas un importe máximo de 500.000 euros del vigente presupuesto de gastos para 2025, con imputación a la siguiente aplicación presupuestaria, 18.106.336A.483.10 “A asociaciones en el ámbito deportivo”. Se establece un importe máximo a percibir por entidad beneficiaria de 50.000 euros. Se establece así mismo un importe máximo para cada asociado/a o afiliado/a destinatario/a de programas de apoyo directo de 5.000 euros. Quinto. Plazo y procedimiento de solicitud. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado de este extracto de la convocatoria. En virtud de lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las solicitudes deberán presentarse de modo telemático a través de la Sede Electrónica del Consejo Superior de Deportes, accesible en la dirección electrónica https://sede.csd.gob.es, debidamente firmadas mediante una firma electrónica avanzada, por el representante legal autorizado mediante poder notarial o disposición estatutaria de la respectiva FDE, acompañadas de la documentación que figura detallada en la convocatoria. Sexto. Otros datos administrativos y de procedimiento. El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Deportes, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de junio por el que se aprueba el Estatuto del CSD. La justificación por parte de los beneficiarios de estas subvenciones, del cumplimiento de la finalidad de la misma y de la aplicación material de los fondos percibidos, se llevará a cabo en el plazo establecido al efecto en el artículo 30.2 de la Ley General de Subvenciones, mediante la presentación de certificado del Secretario de la asociación o sindicato, junto con una relación de las facturas correspondientes a los gastos realizados con cargo a la inversión que ha sido objeto de subvención, indicando en la citada relación los siguientes datos: número, fecha de emisión y fecha de pago de la factura, la denominación y CIF del expedidor de la misma y descripción de la operación. El plazo máximo de justificación concluirá el 30 de septiembre de 2026, considerándose válidos sólo aquellos gastos que hayan sido pagados de conformidad con lo previsto en el apartado PRIMERO de esta convocatoria.
Organismo convocante
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES — CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES
Ámbito
ESPAÑA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 25 de junio de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 27 de junio de 2025 |
| Fecha fin de solicitudes | 17 de julio de 2025 |
Información completa
| Administración | Nacional |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Educación |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; Q - EDUCACIÓN; OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 500.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el Consejo Superior de Deportes.