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AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES DEL PROGRAMA MOVES III ANUALIDAD 2025 AL AMPARO DEL REAL DECRETO 3/2025, DE 1 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROGRAMA DE INCENTIVOS LIGADOS A LA MOVILIDAD ELÉCTRICA.

Denominación oficial: CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES DEL PROGRAMA MOVES III ANUALIDAD 2025 AL AMPARO DEL REAL DECRETO 3/2025, DE 1 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROGRAMA DE INCENTIVOS LIGADOS A LA MOVILIDAD ELÉCTRICA.

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 842567

Resumen

Esta ayuda está destinada a empresas grandes, personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA. Presupuesto: 555.769 €. Concesión directa: concedida sin concurso público.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero.- Objeto y finalidad La presente convocatoria tiene por objeto conceder subvenciones para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025, conforme a lo establecido en el Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril (BOE Nº 79, de la misma fecha). Segundo.- Ámbito territorial Las subvenciones previstas en la presente convocatoria serán de aplicación en el territorio de la Ciudad Autónoma de Ceuta. Tercero.- Régimen Jurídico El régimen jurídico aplicable a la subvención programada se regirá, además de por lo dispuesto en la presente convocatoria, por las siguientes disposiciones: Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril, por el que se establece el programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025. En virtud del art. 5 de la norma citada “(…) no serán de aplicación los plazos previstos para la ejecución de ayudas previstas en el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, que se financien con fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, ni aquellas previsiones del citado real decreto que establezcan obligaciones y requisitos específicos para la gestión y control de fondos del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia (…)” Corrección de errores del Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril, por el que se establece el programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025 (BOE nº 86, de 9 de abril) Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, parcialmente modificado por el Real Decreto 36/2023, de 24 de enero; Real Decreto 406/2023, de 29 de mayo; Real Decreto 821/2023, de 14 de noviembre y por el Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS). Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante RLGS). Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPACAP) Bases de ejecución del presupuesto de la Ciudad Autónoma de Ceuta, anualidad 2025. El Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad de Ceuta, publicado en el BOCCE nº 4.392 de 18 de enero de 2005, parcialmente modificado por acuerdo adoptado el 24/09/2009 por el Pleno de la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Ceuta (BOCCE 4940, de 20/04/2010) Así mismo, la gestión de las subvenciones se sujetará a los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de recursos públicos. Cuarto.- Bases reguladoras Conforme estipula el art.1 del Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril, el Programa se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril (BOE nº 89, de 14 de abril de 2021), resultando de aplicación, en su caso, las modificaciones parciales incorporadas en: el Real Decreto 36/2023, de 24 de enero; Real Decreto 406/2023, de 29 de mayo; Real Decreto 821/2023, de 14 de noviembre y Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio. Quinto.- Financiación Las subvenciones a otorgar en el marco de la presente iniciativa se sufragarán con cargo al crédito consignado en la partida 009/9290/48001 “Convocatoria a programa MOVES III 2025”, ascendiendo la dotación económica habilitada total a 555.769,39 €. Dicho importe, se destina a la implementación y ejecución de las siguientes actuaciones: Programa de Incentivos 1: Subvención a la adquisición de vehículos: 389.038,51 € Programa de Incentivos 2: Subvenc. a la Infraestructuras de recarga: 166.730,79 € Dicho crédito procede, íntegramente, de la concesión a la Ciudad Autónoma de Ceuta, de la financiación del Programa MOVES III para 2025, procedente de los fondos integrados en el patrimonio de la E.P.E Instituto Para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), que, a su vez, se nutre de las transferencias procedentes del servicio 3, sección 23 de los Presupuesto Generales del Estado. Durante los dos meses siguientes a la finalización de la vigencia de las correspondientes convocatorias, si alguna de las partidas destinadas a un programa de actuación no se hubiera agotado y otra tuviera lista de reserva o espera, se podrá reasignar el presupuesto entre los programas de incentivos, a criterio de la Consejería de Fomento, Medio Ambiente y Servicios Urbanos, quedando por tanto sin efecto los porcentajes máximos establecidos inicialmente en el apartado anterior para el reparto entre los mismos, y liberándose las reservas de presupuesto que se hubieran podido establecer. Sexto.- Procedimiento de concesión El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva y quedará sujeto a la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, así como, el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad de Ceuta. De conformidad con lo previsto en el art. 16.6 de las Bases Reguladoras, en adelante BBRR: “(…) teniendo en cuenta que las ayudas previstas por este real decreto se destinan a financiar actuaciones o situaciones concretas que no requieren de valoración comparativa con otras propuestas, se podrán dictar las resoluciones de concesión correspondientes por orden de presentación de solicitudes una vez realizadas las comprobaciones de concurrencia de la situación o actuación subvencionable y el cumplimiento del resto de requisitos exigidos, hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado en las convocatorias (…)”. Séptimo.- Actuaciones subvencionables Serán subvencionables las…

Organismo convocante

CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA — CONSEJERÍA DE FOMENTO, MEDIO AMBIENTE Y SERVICIOS URBANOS

Ámbito

CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

Categoría

Energía

Destinatarios

Empresas grandes, PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación26 de junio de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadIndustria y Energía
Sector económicoOTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas grandes
  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total555.769 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III)

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