Ayudas a familias con menores de hasta 12 años de edad para la Conciliación año 2025
Denominación oficial: Convocatoria de Ayudas a familias con menores de hasta 12 años de edad para la Conciliación año 2025
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Asturias. Presupuesto: 538.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero.- Personas beneficiarias: Familias trabajadoras con niñas y niños de hasta doce años inclusive a su cargo. Cada unidad familiar, con independencia de su tipología o composición, podrá ser beneficiaria de una ayuda. Todas las personas responsables de la unidad familiar cualquiera que sea su composición deberán estar en situación de alta en la Seguridad Social como trabajador/a por cuenta ajena o en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o cualquier otro régimen especial incluido en el sistema de la Seguridad Social o bien en otros regímenes especiales regulados por sus leyes específicas, a la fecha de la solicitud; tener unos ingresos anuales declarados por unidad familiar iguales o inferiores a 45.000 euros, conforme al último ejercicio completo de la renta de las personas físicas; tener su residencia efectiva en el Principado de Asturias, estando empadronada/as con anterioridad al 1 de enero de 2025 y continuando al tiempo de la solicitud e incurrir en un gasto subvencionable acreditable al margen de la red pública de recursos desde el 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2025. Segundo.- Objeto: Ayudas para la conciliación de la vida laboral, personal y familiar con motivo de la situación ocasionada por la COVID-19. Tercero.- Bases reguladoras: Resolución de 22 de junio de 2021, de la Presidencia del Principado de Asturias, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a las familias con niñas y niños de hasta doce años de edad para la conciliación de la vida laboral, personal y familiar con motivo de la situación ocasionada por la COVID-19. (BOPA nº 122, de 25 de junio de 2021), modificada por Resolución de 5 de julio de 2022 (BOPA nº 133, de 12 de julio de 2022, rectificación de errores BOPA Nº 138, de 19 de julio de 2022). Cuarto.- Cuantía: El importe de la convocatoria es de 538.000 €. A esta cuantía se le podrá asignar una cuantía adicional de 12.000,00 € en los supuestos contemplados en el art. 58 del RD.887/2006, de 21 de julio, del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La efectividad, en su caso, de estas cuantías adicionales queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito en un momento anterior a la resolución de la concesión de la ayuda. La cuantía máxima a percibir por las familias beneficiarias es de un máximo de 400 € para las familias con un hijo/a hasta 12 años de edad inclusive y de 600 euros para las familias con dos o más hijos/as hasta 12 años de edad inclusive. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes: Durante quince (15) días hábiles contados a partir del primer día hábil siguiente al de la publicación del extracto de la misma en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. Sexto.- Otros datos: En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la Ficha de Servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0327T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la Resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.
Organismo convocante
PRINCIPADO DE ASTURIAS — CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, RETO DEMOGRÁFICO, IGUALDAD Y TURISMO
Ámbito
Asturias
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 1 de julio de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | 84.2 - Prestación de servicios a la comunidad en general |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 538.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- Ficha de información - Protección de datos ↗
- Modelo de solicitud ↗
- FICHA DE ACREEDOR ↗
- Extracto de Resolución de 26 de junio de 2025 de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, por la que se aprueba la convocatoria pública de las ayudas a las familias con niñas y niños de hasta doce años de edad para la conciliación ↗
Bases reguladoras
Resolución de 5 de julio de 2022, de la Presidencia del Principado de Asturias, de primera modificación de la Resolución de 22 de junio de 2021, de la Presidencia del Principado de Asturias, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a las