BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE LAS BECAS MUNICIPALES UNIVERSIDAD LOYOLA ANDALUCÍA 2025
Denominación oficial: BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE LAS BECAS MUNICIPALES UNIVERSIDAD LOYOLA ANDALUCÍA 2025.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 264.764 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios. Para optar al otorgamiento de las becas municipales, las personas solicitantes deberán acreditar los siguientes requisitos: III.I. Requisitos Generales 1.- Estar empadronada en Dos Hermanas, con una antigüedad mínima de diez años anterior a la presente convocatoria. Para acreditar el empadronamiento, se autorizará a este Ayuntamiento a consultar el Padrón Municipal. En casos no justificados debidamente, el Ayuntamiento podrá comprobar que la persona reside en el domicilio indicado mediante Certificado de Convivencia. 2.- No superar el nivel económico familiar establecido en el punto siguiente. 3.- Tener el Título de Grado de acceso al Máster, o justificante de haberlo solicitado, en el momento de la solicitud. 4.- Haber superado los estudios de oficiales de acceso al Máster (Grado/Licenciatura) en convocatorias posteriores al año 2000 y tener una edad inferior o igual a 55 años. 5.- Haber superado las pruebas de admisión y otros requisitos de acceso establecidos por la Universidad Loyola para acceder a los estudios de Máster, en particular la Titulación de Grado. 6.- No haber sido beneficiaria de este programa de becas en una titulación distinta a la solicitada. 7.- No poseer Título de Máster o Título Propio cursado en Universidad Pública o Privada. III.II. Requisitos Económicos. 1.- Nivel de renta familiar.- A los efectos de poder evaluar la situación económica de las personas solicitantes, será preciso acreditar no superar los siguientes niveles de renta familiar: a) Familia de 1 miembro: 27.354,86 euros. b) Familia de 2 miembros: 37.129,90 euros. c) Familia de 3 miembros: 44.095,52 euros. d) Familia de 4 miembros: 49.286,22 euros. e) Familia de 5 miembros: 53.205,10 euros. f) Familia de 6 miembros: 57.081,95 euros. g) Familia de 7 miembros: 60.940,64 euros. h) Familia de 8 miembros: 64.557,44 euros. i) Familia de 9 miembros: 68.270,77 euros. j) Familia de más de 9 miembros: 3.260,25 euros de renta acumulada por cada miembro de más sobre la cifra correspondiente a los 9 miembros. 2.- Patrimonio familiar: Se denegará la beca, cualquiera que sea la renta familiar calculada según lo dispuesto en el punto anterior, cuando el valor de los elementos indicativos del patrimonio a 31 de diciembre de 2023 del conjunto de miembros computables de la familia supere alguno o algunos de los umbrales siguientes: a) Fincas urbanas: El valor catastral en conjunto habrá de ser inferior a 60.000,00 euros, exceptuando la vivienda habitual. b) Fincas rústicas.- El valor catastral en conjunto habrá de ser inferior a 15.200,00 euros, por cada miembro computable de la unidad familiar. c) Rendimientos de capital mobiliario / ganancias y pérdidas patrimoniales.- Los rendimientos del capital mobiliario de que disponga la unidad familiar habrán de ser inferior a 2.000,00 euros. 3.- También se denegará la beca solicitada cuando se compruebe que la suma de los ingresos que se indican a continuación obtenida por el conjunto de los miembros computables de la familia supere la cantidad de 155.500,00 euros: a) Ingresos procedentes de actividades económicas en estimación directa o en estimación objetiva. b) Ingresos procedentes de una participación de los miembros computables desarrolladas a través de entidades sin personalidad jurídica o cualquier otra clase de entidad jurídica, una vez aplicado a los ingresos totales de las actividades el porcentaje de participación en las mismas. Para el cálculo de la renta y el patrimonio familiar a efectos de la presente beca, se atenderá a lo establecido en los arts. 17 (Miembros computables), 18 (Deducciones de la Renta Familiar), y 20 (Umbrales indicativos de patrimonio familiar, en lo referente a los coeficientes a aplicar a los valores catastrales) de la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2024-2025 para estudiantes que cursen estudios postobligatorios. La ocultación de cualquier fuente de renta o elemento patrimonial dará lugar a la denegación de la beca solicitada. Segundo. Objeto. Las becas que se convocan serán para cursar estudios de Máster, de carácter oficial y Títulos Propios de Posgrado de la Universidad Loyola, vinculados a la rama de estudios del Grado que se acredita en la solcitud. El importe a subvencionar será el que corresponda para cubrir los precios académicos de créditos de primera matrícula y el importe de matrícula de estas titulaciones. En el caso de los Másteres Dobles, se subvencionará como máximo el importe de uno de los dos másteres simples que lo compongan. Serán descartadas aquellas solicitudes de Másteres Dobles en los que no se especifique el Máster simple para el que se solicite la ayuda. Tercero. Bases reguladoras. Las Bases reguladoras de las subvenciones de participación ciudadana para asociaciones sin ánimo de lucro publicadas en https://sede.doshermanas.es/sta/docs/GetDocumentServlet?CUD=15707772737022071702&HASH_CUD=4461ae0dac9af4e46443389c7adbc893de301e19&APP_CODE=STA Cuarto. Cuantía. La Comisión Paritaria Ayuntamiento-Universidad estudiará y valorará las solicitudes y determinará las que deban ser atendidas, de entre las personas solicitantes que cumplan todos los requisitos exigidos en la convocatoria. Dado que se cuenta con una dotación presupuestaria limitada (264.764,17 euros) (246.086,46 euros + 18.677,71 euros), correspondiente al canon concesional del año 2025 y al canon sobrante de 2024 respectivamente, las ayudas se concederán por concurrencia competitiva hasta agotar fondos. En caso de que la valoración económica del número de solicitudes que cumplan los requisitos sea inferior al presupuesto destinado, se subvencionará el 100% de la ayuda solicitada. En caso contrario, en el que la valoración económica del número de solicitudes que cumplan los requisitos fuese superior al presupuesto destinado, las ayudas que se concederán estarán comprendidas entre el 100% y el 20% del precio del Máster, hasta agotar fondos. El…
Organismo convocante
DOS HERMANAS — AYUNTAMIENTO DE DOS HERMANAS
Ámbito
ANDALUCIA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 10 de julio de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 16 de julio de 2025 |
| Fecha fin de solicitudes | 13 de agosto de 2025 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Educación |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 264.764 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE LAS BECAS MUNICIPALES UNIVERSIDAD LOYOLA ANDALUCÍA 2025.