10/07/2025, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas del Programa de apoyo a la innovación Innova-Adelante en Castilla-La Mancha, cofinanciable en el marco del programa Feder de Castilla-La Mancha 2021-2027, ejercicio 2025.
Denominación oficial: Resolución de 10/07/2025, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas del Programa de apoyo a la innovación Innova-Adelante en Castilla-La Mancha, cofinanciable en el marco del programa Feder de Castilla-La Mancha 2021-2027, ejercicio 2025.
Resumen
Esta ayuda está destinada a empresas grandes, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: CASTILLA LA MANCHA. Presupuesto: 5,0 M€. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero: Objeto La presente resolución tiene por objeto convocar la concesión de subvenciones en el marco del Programa de apoyo a la innovación Inno va-Adelante en Castilla-La Mancha, destinadas a proyectos de innovación promovidos por empresas, para el ejercicio 2025. Estas ayudas tienen por finalidad reforzar el tejido empresarial innovador de la región impulsando la competitividad de las empresas a través del apoyo al esfuerzo innovador que éstas realizan de cara a crear productos más competitivos en los mercados nacionales e internacionales y, a lograr procesos productivos más competitivos, a partir del desarrollo e introducción de nuevas tecnologías, que permitan abordar nuevos mercados y clientes. De esta forma se contribuye al cumplimiento del cambio esperado en el marco del objetivo político 1 del Programa Feder de Castilla-La Mancha 2021-2027 de "una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente", a su objetivo específico de "desarrollo y la mejora de las capacidades de investigación e innovación y la implantación de tecnologías avanzadas" y a la acción CM1A103 "ayudas a la investigación e innovación en empresas", así como a los desafíos establecidos en la Estrategia de Especialización Inteligente de Castilla-La Mancha para el período 2021-2027, (S3 CLM) de reforzar el tejido empresarial innovador. El procedimiento para la concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva. Segundo: Beneficiarios Podrán ser beneficiarias de las ayudas que recoge la presente convocatoria, las pymes que realicen alguna actuación subvencionable de las contempladas en esta resolución. Las grandes empresas sólo podrán ser beneficiarias de estas ayudas cuando realicen un proyecto de innovación empresarial en colaboración efectiva con pymes de los contemplados en el artículo 3.1.a) de la Orden 58/2024, de 25 de abril, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. No serán empresas beneficiarias, aquellas empresas cuyas actividades estén expresamente excluidas por la Orden 58/2024, de 25 de abril, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, así como las comunidades de bienes y sociedades civiles, asociaciones, fundaciones, administraciones públicas y en general entidades sin ánimo de lucro. Tercero: Bases Reguladoras Orden 58/2024, de 25 de abril, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de apoyo a la innovación Innova-Adelante en Castilla-La Mancha, cofinanciable en el marco del programa Feder de Castilla-La Mancha 2021-2027 (DOCM, nº 87, de 6 de mayo de 2024). Cuarto: Financiación y cuantía de las subvenciones Las ayudas convocadas por la presente resolución podrán ser cofinanciadas conforme al porcentaje aprobado en el Programa Feder de Ca stilla-La Mancha 2021-2027, dado que la actuación está alineada con el objetivo político 1 de "una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente", y del objetivo específico de "el desarrollo y la mejora de las capacidades de investigación e innovación y la implantación de tecnologías avanzadas. El importe máximo del crédito destinado a la financiación de las ayudas convocadas por la presente resolución asciende a 5.000.000,00 euros, de fondos propios con cargo a la aplicación presupuestaria 19.11.0000/G541F/77080 (FPA0090010), del presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, distribuidos en las siguientes anualidades: a) Para el ejercicio presupuestario 2026: 4.000.000,00 euros. b) Para el ejercicio presupuestario 2027: 1.000.000,00 euros. Cuantía de las subvenciones: La cuantía de la subvención a conceder vendrá determinada por un porcentaje que se aplicará a la inversión o coste que se considere subvencionable, en los términos indicados por el artículo 12 de la Orden 58/2024, de 25 de abril, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo: a) Un 50% para las microempresas y pequeñas empresas. b) Un 40% para las medianas empresas c) Un 30% para las grandes empresas. Quinto: Plazo y forma de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha hasta el 30 de septiembre de 2025, y se dirigirán a la persona titular de la Dirección General de Empresas. Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es) y que figura como anexo I de la presente resolución, junto con el resto de documentación precisa para realizar la evaluación de los proyectos presentados. Al presentarse de esta forma, los documentos serán digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma.
Organismo convocante
CASTILLA-LA MANCHA — DIRECCIÓN GENERAL DE EMPRESAS
Ámbito
CASTILLA LA MANCHA
Categoría
Destinatarios
Empresas grandes, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 11 de julio de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de septiembre de 2025 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Investigación, desarrollo e innovación |
| Sector económico | 82 - Actividades administrativas de oficina y otras actividades auxiliares a las empresas; 79 - Actividades de agencias de viajes, operadores turísticos, servicios de reservas y actividades relacionadas; 77 - Actividades de alquiler; 91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales; 43 - Actividades de construcción especializada; 90 - Actividades de creación artística y artes escénicas; 39 - Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos; J - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; 38 - Actividades de recogida, tratamiento y eliminación de residuos; 93 - Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento; 68 - Actividades inmobiliarias; 53 - Actividades postales y de mensajería; 75 - Actividades veterinarias; 84 - Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria; 18 - Artes gráficas y reproducción de soportes grabados; 14 - Confección de prendas de vestir; 41 - Construcción de edificios; 19 - Coquerías y refino de petróleo; 52 - Depósito, almacenamiento y actividades auxiliares del transporte; 85 - Educación; 28 - Fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p.; 27 - Fabricación de material y equipo eléctrico; 31 - Fabricación de muebles; 30 - Fabricación de otro material de transporte; 23 - Fabricación de otros productos minerales no metálicos; 22 - Fabricación de productos de caucho y plásticos; 21 - Fabricación de productos farmacéuticos; 26 - Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos; 25 - Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo; 29 - Fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques; 16 - Industria de la madera y del corcho, excepto muebles; cestería y espartería; 15 - Industria del cuero y productos relacionados de otros materiales; 17 - Industria del papel; 20 - Industria química; 13 - Industria textil; 63 - Infraestructura informática, tratamiento de datos, alojamiento de datos y otras actividades de servicios de información; 42 - Ingeniería civil; 72 - Investigación y desarrollo; 24 - Metalurgia; 74 - Otras actividades profesionales, científicas y técnicas; 32 - Otras industrias manufactureras; 03 - Pesca y acuicultura; 33 - Reparación, mantenimiento e instalación de maquinaria y equipos; 81 - Servicios a edificios y actividades de jardinería; 55 - Servicios de alojamiento; 56 - Servicios de comidas y bebidas; 80 - Servicios de investigación y seguridad; 96 - Servicios personales; 71 - Servicios técnicos de arquitectura e ingeniería; ensayos y análisis técnicos; 35 - Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas grandes
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 5,0 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Cofinanciada por la UE | Sí |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden 58/2024, de 25 de abril, , por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de apoyo a la innovación Innova-Adelante
Reglamento UE aplicable
REG (UE) 2023/2831 de minimis, General