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SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES DE BIENESTAR SOCIAL PARA EL AÑO 2025

Denominación oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES DE BIENESTAR SOCIAL PARA EL AÑO 2025

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 848317

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ESPAÑA. Presupuesto: 30.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero.- Entidades beneficiarias: Podrán optar a estas subvenciones las asociaciones o colectivos sin ánimo de lucro, formalmente constituidos al menos con un año de antelación a la fecha de publicación de esta convocatoria, registradas en el “Registro de Asociaciones de carácter social” del Ayuntamiento de Cabra, que se propongan la realización de actividades de carácter social. No podrán obtener la condición de beneficiarios/as de las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Cabra las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias descritas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Segundo.- Finalidad: El objeto de la convocatoria es la realización de Programas de Interés Social, es decir, programas destinados a realizar un conjunto coherente de actividades tendentes a conseguir unos objetivos determinados, en relación con problemas concretos, para una población definida y un plazo de tiempo determinado. No serán subvencionadas aquellas actuaciones que ya se estén realizando por el Patronato Municipal de Bienestar Social con medios propios, así como las realizadas por otras entidades, por ser objeto de su competencia, salvo que se consideren complementarias de las mismas. Tercero.- Bases Reguladoras: Las bases reguladoras de la convocatoria fueron aprobadas por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria, celebrada el día 31 de marzo de 2025. El texto integro de las citadas Bases ha sido publicado en el BOP Córdoba nº 113 de 13/06/2025 La presente Convocatoria ha sido aprobada en Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 17 de julio de 2025. Cuarto: Importe: La cuantía económica total de la presente convocatoria de subvenciones asciende a 30.000,00 €, que se imputarán a la aplicación presupuestaria 2311-48200 del Ayuntamiento de Cabra. Las subvenciones y ayudas no podrán exceder en ningún caso del 80% del coste total del proyecto subvencionado. Quinto: Plazo de presentación de solicitudes: 30 días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Sexto.- Documentación a adjuntar: Las solicitudes o instancias (ANEXO I), estarán suscritas por la persona que ostenta la representación legal de la Asociación o poder suficiente para ello, en cualquier caso deberá acompañarse documentación fehaciente acreditativa de tal representación o apoderamiento, y vendrán acompañadas de los documentos siguientes: DNI solicitante CIF de la Asociación. Acta de elección del libro habilitado por el organismo oficial correspondiente o, en su caso, la delegación expresa otorgada por el órgano competente de la organización donde conste que la persona que suscribe la subvención es el/la representante legal de la misma. Documento acreditativo del número de socios de la entidad. Declaración expresa responsable de la persona que ostente la representación legal de la Asociación, en la que conste (ANEXO II): Que se reúnen los requisitos para obtener la condición de beneficiario/a de subvención pública conforme a la ley General de Subvenciones y los exigidos en el punto 2 de las presentes bases. Que la entidad solicitante no tiene pendiente justificación de subvenciones recibidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Cabra o por su extinto Patronato Municipal de Bienestar Social siempre que ya hubiese expirado el plazo de justificación de las mismas. Que la entidad beneficiaria está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Declaración de otras ayudas recibidas o solicitadas a otros organismos para el mismo proyecto especificando su cuantía. Declaración de no hallarse incursa en ninguna de las siguientes prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones y cumple los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Autorización expresa al Ayuntamiento de Cabra a que se solicite a otras Administraciones Públicas certificaciones acreditativas de estar al corriente de pago con sus obligaciones tributarias con la Hacienda Pública y con la Seguridad Social. (ANEXO III) Programa/proyecto de la actividad a subvencionar (ANEXO IV). Presupuesto de ingresos y gastos de la misma (ANEXO V). Mantenimiento a terceros, sellado por la Entidad Bancaria y firmado por el representante de la entidad. Si ya se ha aportado en ejercicios anteriores y el Ayuntamiento dispone del número de cuenta no es necesario aportarlo, salvo que haya cambiado con respecto al aportado con anterioridad. (ANEXO VI). Documentación a presentar conforme a los anexos que se adjuntan a la convocatoria. (firmado y fechado electrónicamente) Fernando Priego Chacón Alcalde

Organismo convocante

CABRA — AYUNTAMIENTO DE CABRA

Ámbito

ESPAÑA

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación24 de julio de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económicoACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total30.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

BASES POR LAS QUE HA DE REGIRSE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES DE BIENESTAR SOCIAL PARA PROYECTOS DE INTERÉS SOCIAL DEL ÁREA DE POLÍTICAS SOCIALES DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE CABRA.

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