PR/2025/541 del Ayuntamiento de Alhaurín el Grande por la que se convocan las bases para la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de la actividad comercial
Denominación oficial: PR/2025/541 del Ayuntamiento de Alhaurín el Grande por la que se convocan las bases para la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de la actividad comercial.
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Málaga. Presupuesto: 15.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
BASES PARA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADAS AL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL EN EL MUNICIPIO DE ALHAURÍN EL GRANDE. Artículo 1. Objeto. El objeto de esta convocatoria es la regulación de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dentro de los límites establecidos en el presupuesto municipal, a las sociedades y autónomos que hayan iniciado su actividad comercial o profesional, con su pertinente licencia de apertura o declaración responsable en caso de que no sea necesaria la primera y que mantengan al menos la actividad económica durante el periodo de un año. Se trata pues, de fomentar la apertura de establecimientos comerciales, en el término municipal de Alhaurín el Grande y que están contempladas en el marco de la Ordenanza General de Subvenciones, aprobada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno y publicada en el BOP n.º 84 del 2 de mayo de 2024. Artículo 2. Finalidad. Estas subvenciones tienen por finalidad la ayuda a la implementación de nuevos establecimientos comerciales y actividades profesionales en nuestra localidad en general y en particular en el centro histórico de nuestro municipio. La existencia de un tejido comercial en nuestra localidad es fundamental a la hora de la generación de riqueza, creación de empleo y el mantenimiento de un pueblo vivo. Artículo 3. Beneficiarios y requisitos. Como regla general, tendrán la consideración de beneficiarios aquellos establecimientos comerciales y actividades profesionales, con un máximo de 10 trabajadores que hayan iniciado su actividad comercial en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2024 y el 31 de agosto de 2025, bien sean autónomos, sociedades o cooperativas con su pertinente licencia de apertura o declaración responsable en caso de que no sea necesaria la primera. Estas subvenciones son compatibles, con cualquiera de otra administración solicitada a tal fin. Las beneficiarias de las ayudas deberán cumplir los siguientes requisitos: -Tener la correspondiente licencia de apertura o declaración responsable en caso de que no sea necesaria la primera. -Modelos de altas en la actividad económica- Estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Alhaurín el Grande, hecho acreditado mediante certificación expedida por la Recaudación Municipal, así como no ser deudor al mismo por cualquier otro concepto no tributario. -Estar al corriente de las obligaciones tributarias con Hacienda y la Seguridad Social, acreditándose mediante los oportunos certificados emitidos por dichas entidades. No podrán obtener la condición de beneficiario las personas o sociedades que hayan sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas según la LGS o la Ley General Tributaria. Artículo 4. Líneas de actuación a subvencionar. Línea 1. Subvención de los gastos generales de implantación de comercios y actividades profesionales, con un máximo de diez trabajadores de nueva apertura en la localidad de Alhaurín el Grande y fuera del Centro Histórico Comercial. Dicha subvención tendrá una ayuda de 400 euros, por lo que el objeto subvencionable, cubrirá los gastos generales de implantación con un límite máximo de 400 euros. Se considerarán gastos generales de implantación los que se refieren a la adquisición de bienes o la contratación de servicios necesarios para la puesta en marcha de la actividad económica. De igual forma, los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales y los gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado y los de administración específicos son subvencionables si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma. En ningún caso serán gastoso subvencionables: los intereses deudores de las cuentas bancarias; intereses, recargos y sanciones administrativas y penales y los gastos por procedimientos judiciales. Línea 2. Para aquellos establecimientos comerciales y actividades profesionales, con un máximo de diez trabajadores, de nueva apertura en el Centro Histórico Comercial, se establecerá una ayuda de 800 euros, por lo que el objeto subvencionable, cubrirá los gastos generales de implantación del negocio con un límite máximo de 800 euros. Se considerarán gastos generales de implantación los referidos a la adquisición de bienes o la contratación de servicios necesarios para la puesta en marcha de la actividad económica. De igual forma, los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales y los gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado y los de administración específicos son subvencionables si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma. En ningún caso serán gastoso subvencionables: los intereses deudores de las cuentas bancarias; intereses, recargos y sanciones administrativas y penales y los gastos por procedimientos judiciales. Se entiende por Centro Histórico Comercial los establecimientos comerciales que se instalen en las siguientes calles de nuestra localidad: Convento, Calvario, Callejoncillo, Plaza Alta, Cruz, Cantarranas, Plaza Manuel Alcántara, Real, Guerrero, Molinos de Abajo, Piedras, Cilla, Plaza Baja, San Sebastián, Plaza San Sebastián, Plaza Nueva, Calle Nueva, Amargura, Rodahuevos y Candilejas. Artículo 5. Documentos a presentar. Las personas interesadas en presentar estas solicitudes deberán cumplimentar el formulario de solicitud disponible en el trámite de subvenciones de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alhaurín el Grande para la convocatoria. La solicitud de subvención deberá acompañarse de la siguiente documentación: - DNI/CIF del solicitante - Licencia de apertura o declaración responsable, en caso de que no sea…
Organismo convocante
ALHAURÍN EL GRANDE — AYUNTAMIENTO DE ALHAURÍN EL GRANDE
Ámbito
Málaga
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 5 de agosto de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 15 de septiembre de 2025 |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de septiembre de 2025 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Comercio, Turismo y Pymes |
| Sector económico | ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; J - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; L - ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS; ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; F - CONSTRUCCIÓN; Q - EDUCACIÓN; I - HOSTELERÍA; INDUSTRIA MANUFACTURERA; OTROS SERVICIOS; K - TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 15.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Bases para la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas al fomento de la actividad comercial