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Becas para deportistas del Ayuntamiento de Muros durante el año 2025

Denominación oficial: Becas para deportistas del Ayuntamiento de Muros durante el año 2025.

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 851728

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: A Coruña. Presupuesto: 4.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

1. Bases generales reguladoras Las bases generales reguladoras de la concesión de estas subvenciones están publicadas en el BOP núm. 74 de 21 de abril de 2025, constituyendo el marco reglamentario general de aplicación para las convocatorias que se realicen dentro de su objeto. 2. Cuantía - Denominación: Convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas para deportistas del Ayuntamiento de Muros para el año 2025. - Aplicación presupuestaria: Partida: 25/341/48000. - Importe máximo de la subvención que se concederá: 500,00 €. - Importe solicitado: Entre el 20 % y el 80 % del presupuesto de gastos subvencionable. - Coeficiente de financiación: Variable entre 0,20 y 0,80. - Importe máximo total de las subvenciones concedidas: 4.000,00 €. 3. Finalidad y objeto El objeto de estas bases es apoyar la práctica y el rendimiento deportivo, tanto en relación con el perfeccionamiento técnico y la obtención de un mayor rendimiento en las respectivas modalidades deportivas, como facilitando la participación en eventos deportivos. 4. Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellos deportistas de carácter individual, entendiéndose por tal cualquier deporte que, según su reglamentación, sea practicado por un máximo de 1 o 2 deportistas, y que cumplan los requisitos y condiciones contemplados en el artículo 5 de las Bases generales. Se excluyen de esta convocatoria los cursos dirigidos a la obtención de títulos académicos o deportivos.Estas becas serán compatibles con otras ayudas públicas o privadas para la misma finalidad, que la persona solicitante deberá comunicar al Ayuntamiento de Muros. Se incluyen en esta convocatoria los programas y actividades desarrollados desde el 1 de enero hasta el 30 de noviembre de 2025. 5. Órgano competente para la instrucción, resolución y comisión de valoración La Comisión de valoración estará compuesta por: - Presidencia: alcaldesa del Ayuntamiento de Muros. - Secretaría: secretario/a municipal, con voz pero sin voto. - Vocales: Concejal/a de Deportes del Ayuntamiento de Muros. Técnico/a del departamento de Asuntos Económicos. Técnico/a del departamento de Deportes. El Órgano instructor será el monitor de cultura del Ayuntamiento de Muros o, en su defecto, el personal técnico que designe la Alcaldía-Presidencia mediante Resolución, con las funciones previstas en los artículos 21 y 24 de la Ley de Subvenciones de Galicia. 6. Plazo de presentación de solicitudes Las solicitudes se presentarán de forma telemática, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Muros, en la página web: sede.muros.gal. El plazo de presentación será de un mes y comenzará el día siguiente a la publicación de esta convocatoria específica en el BOP de A Coruña. Las solicitudes deberán presentarse en los modelos normalizados publicados como anexos a estas bases específicas, disponibles en la sede electrónica del Ayuntamiento de Muros, por cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. 7. Plazo para dictar la resolución y practicar la notificación La resolución de concesión se notificará expresamente a todas las personas solicitantes de forma fehaciente en un plazo máximo de tres meses desde la fecha límite de presentación de solicitudes.Las subvenciones concedidas se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Muros y en su página web www.muros.gal. Transcurrido el plazo máximo sin que haya sido notificada la resolución expresa, la persona interesada deberá entender desestimada su solicitud por silencio administrativo. Se concederá un plazo de audiencia de 10 días hábiles para presentar, en su caso, la renuncia a la solicitud, la reformulación, el cambio de objeto o las alegaciones que se estimen oportunas. En caso de no presentar renuncia expresa, la subvención se considerará aceptada tácitamente.Podrá prescindirse del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni se tengan en cuenta otros hechos ni alegaciones distintas a las presentadas por las personas interesadas. 8. Plazo de justificación El plazo para la justificación de las subvenciones finalizará el 30 de noviembre de 2025. 9. Fin de la vía administrativa El acto de resolución de la subvención agota la vía administrativa, siendo susceptible de recurso de reposición ante el mismo órgano que resuelva, conforme a lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la recepción de la notificación, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime procedente. 10. Referencia normativa En todo lo no previsto en la presente convocatoria y Bases específicas, serán de aplicación las disposiciones contenidas en la Ley General de Subvenciones, la Ley de Subvenciones de Galicia y sus respectivos reglamentos, así como las Bases generales reguladoras de la convocatoria de estas subvenciones (BOP núm. 74 de 21 de abril de 2025). 11. Entrada en vigor Estas bases específicas entrarán en vigor a partir del día siguiente a la publicación de su extracto en el BOP.

Organismo convocante

MUROS — AYUNTAMIENTO DE MUROS

Ámbito

A Coruña

Categoría

Educación

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación14 de agosto de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadEducación
Sector económico93 - Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento; 84 - Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total4.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Becas para deportistas del Ayuntamiento de Muros durante el año 2025.

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