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12 de agosto de 2025, por la que se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo del comercio exterior y la internalización de las pymes en Andalucía MINIMIS AGRIC

Denominación oficial: Resolución de 12 de agosto de 2025, por la que se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo del comercio exterior y la internalización de las pymes en Andalucía MINIMIS AGRIC

Plazo de solicitud 30 de diciembre de 2026
Estado Abierta · quedan 107 días
Código BDNS 851997

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 575.000 €. Se puede solicitar hasta el 30 de diciembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda se concede sin competir, es decir, la puede solicitar cualquier PYME o persona física que cumpla los requisitos y mientras haya fondos disponibles. Sirve para impulsar el comercio exterior y la internacionalización de las empresas en Andalucía, mediante una subvención en efectivo sin obligación de devolución. El programa dispone de 575 000 euros y la solicitud se puede presentar hasta el 30 de diciembre de 2026.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

BDNS: XXXX De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA: Primero. Convocatoria. Se convoca para los años 2025 y 2026 la concesión de subvenciones acogida a la Orden de 10 de julio de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el desarrollo del comercio exterior y la internacionalización de las pymes en Andalucía, por parte de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE). Segundo. Objeto 1. La convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a actuaciones para el desarrollo del comercio exterior y la internacionalización de las pymes en Andalucía. 2. La información asociada al procedimiento de estas subvenciones está disponible con el código de procedimiento 2/CEHFE/25859, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía: https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25859.html Tercero. Beneficiarios Podrán ser beneficiarias aquellas personas o entidades que tengan la condición de PYME, conforme a los criterios establecidos en el Anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, así como las asociaciones empresariales, integradas mayoritariamente por pymes, en ambos casos con establecimiento operativo en Andalucía y que cumplan con los requisitos y condiciones establecidos en el apartado 3.1 y en el apartado 4.a) del cuadro resumen de las bases reguladoras de la Orden de 10 de julio de 2025. Cuarto. Bases reguladoras. Orden de 10 de julio de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo del comercio exterior y la internacionalización de las PYMES en Andalucía, por parte de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE), (BOJA núm. 135, de 16 de julio) Quinto. Presupuesto y Financiación. 1. Atendiendo a lo dispuesto en la Disposición Adicional Única de la Orden reguladora, se consigna crédito presupuestario para la financiación de las ayudas correspondientes a la presente convocatoria por importe de 11.500.000 euros con cargo al presupuesto de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE). 2. Las subvenciones estarán cofinanciadas al 85% por la Unión Europea, dentro del Programa FEDER 2021-2027 en la medida A411CD21EB que se corresponde con el tipo de acción D. Apoyo a la internacionalización de la economía andaluza y captación de inversiones extranjeras 021. Desarrollo empresarial e internacionalización de las pymes, incluidas las inversiones productivas. 3. La partida presupuestaria con cargo a la que se imputará el gasto de estas subvenciones es la siguiente: Partida presupuestaria Importe máximo 1051170011 G/72B/47000/00 A411CD21EB 11.000.000 euros 1051170011 G/72B/48000/00 A411CD21EB 500.000 euros Sexto. Aplicación del sistema de costes simplificados para la justificación de determinados gastos subvencionables 1. En virtud de lo dispuesto en el apartado 25.f) del cuadro resumen de la línea de subvención, y para que así sea tenido en cuenta por las personas solicitantes, a los proyectos previstos en ésta le serán de aplicación los criterios de justificación de los gastos subvencionables que se indican a continuación: a) A los gastos de viaje, alojamiento y manutención del personal de la empresa solicitante que realice la actuación, los criterios de determinación de los costes simplificados previstos en el Anexo III de esta convocatoria. b) El resto de los gastos subvencionables incluidos en el apartado 5.b.1 del cuadro resumen se justificarán por el sistema de costes reales efectivamente realizados. 2. Las personas solicitantes deberán tener en cuenta tales extremos en la formulación de la lista de costes de su solicitud. Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente a la publicación del Extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en la forma prevista en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y finalizará a las 14:00 horas del 30 de diciembre de 2026. Octavo. Otros datos. Los formularios de solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía como anexos a la resolución de convocatoria y se encuentran incorporados en la herramienta de tramitación de solicitudes, debiendo ser cumplimentados telemáticamente con los medios electrónicos disponibles en la dirección de Internet de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico. El Director General

Organismo convocante

ANDALUCÍA — AGENCIA EMPRESARIAL PARA LA TRANSFORMACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO

Ámbito

ANDALUCIA

Categoría

Otras ayudas

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación18 de agosto de 2025
Fecha inicio de solicitudes26 de agosto de 2025
Fecha fin de solicitudes30 de diciembre de 2026

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadOtras actuaciones de carácter económico
Sector económico01 - Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total575.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Cofinanciada por la UE

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden de 10 de julio de 2025,por la que se aprueban las BBRR de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo del comercio exterior y la internacionalización de las PYMES en Andalucía, por parte de la Agencia Empresarial para

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Reglamento UE aplicable

REG (UE) 1408/2013 de minimis, Agrícola