Bases reguladoras de la convocatoria para la concesión de ayudas a familias para material escolar para el curso 2025/2026 y para gastos de desplazamientos para estudiantes de ciclos medio o superior y universitarios
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: A Coruña. Presupuesto: 12.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A FAMILIAS PARA MATERIAL ESCOLAR PARA EL CURSO 2025/2026 DE EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN PRIMARIA Y SECUNDARIA, FP BÁSICA, BACHILLERATO, Y PARA GASTOS DE DESPLAZAMIENTOS PARA ESTUDIANTES DE CICLOS MEDIO O SUPERIOR Y UNIVERSITARIOS Estas bases tienen por objeto regular la convocatoria pública en concurrencia competitiva para la concesión de ayudas destinadas la adquisición de libros de texto y/o material escolar complementario, con el fin de promover el principio e igualdad en el ejercicio del derecho a la educación y compensar a las familias para hacer frente a los gastos derivados de la escolarización de sus hijos e hijas matriculados en los cursos de Educación Infantil y Educación Primaria, ESO, FP Básica y Bachillerato; y para gastos de desplazamientos para estudiantes de ciclos medio o superior y universitarios, todo en los tener establecidos en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, en el reglamento de servicios de las corporaciones locales, en la Ley 5/1997, de Administración Local de Galicia, en la Ley 38/203, de 7 de noviembre, general de subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por lo que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, general de subvenciones, y en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. 1.-Objeto de la convocatoria. El objeto de estas bases consiste en regular las normas por las que regirá la convocatoria pública de ayudas a estudiantes de Educación Infantil, Primaria, Secundaria, FP Básica y Bachillerato a conceder por el Ayuntamiento de As Somozas para compra de libros y/o material escolar y complementario que sea necesario para la actividad escolar. Los conceptos específicos que se subvencionan son: - Libros escolares (incluidos los diccionarios) - Libros de lectura necesarios durante el curso escolar. - Material fungible (bolígrafos, colores, libretas, folios, rotuladores, tijeras, gomas, afila-lápiz, carpetas, pegamento, lápiz, pinceles, material de dibujo, instrumento musical, etc.) necesario para la actividad escolar. - Mochila, estuche y neceser. (El importe máximo en este concepto no será superior al 50% de la ayuda concedida). - Material y libros específicos para el alumnado con necesidades especiales. - Material informático: tinta impresora, pen drives. - Material deportivo: ropa y calzado destinados única y exclusivamente a la práctica de ejercicio físico, nombradamente chándales, camisetas deportivas, pantalones de deporte y calcetines deportivos y tenis. -Material incluido en el listado de educación infantil distinto del material fungible (toallitas húmedas y paños). En el caso de estudiantes de Ciclos Medio o Superior y Universitarios, el concepto específico que se subvenciona es el de desplazamientos. El presupuesto máximo para las dichas ayudas es de 12.000 euros con cargo a la partida presupuestaria 2025.320.480.00 Las ayudas concedidas en virtud de la presente ordenanza serán compatibles con cualquier otra que se pueda percibir con la misma finalidad de otras entidades públicas o privadas, siempre que las ayudas concurrentes no superen el coste del material escolar subvencionado. 2.-Personas beneficiarias. Podrán solicitar esta subvención las personas físicas padre, madre, tutor/a o familias acogedoras de uno/a o varios menores. Estudiantes mayores de edad que cursen algún de los niveles indicados. En el caso de estudiantes de bachillerato o ciclos formativos no podrán superar los 25 años de edad ni tener rendimientos de trabajo superiores a 5.000 € A los efectos de estas bases, se considerará unidad familiar: los núcleos de convivencia formados por los padres/madres o tutores, hijos/hijas menores de 18 años, e hijos/as solteros/as menores de 26 años empadronados en el Ayuntamiento de As Somozas y en el mismo domicilio, en la fecha de publicación de esta convocatoria. En el caso de divorcio, separación legal o de hecho de los progenitores, no se considerará miembro computable aquel de ellos que no conviva con los hijos o hijas. No obstante, en su caso, tendrá la consideración de miembro computable el nuevo cónyuge o pareja de hecho, y las rentas se incluirán dentro del cómputo de la renta familiar. En los supuestos de custodia compartida se incluirán ambos progenitores dentro del cómputo de la renta familiar. En otros casos no recogidos en este apartado se podrá requerir a la Trabajadora social que emita informe de las circunstancias que considere de interés de la unidad familiar 2.1.-Requisitos de las personas beneficiarias. * Estar empadronadas/los en el Ayuntamiento de As Somozas por lo menos un de los padres o tutores legales así como las/los alumnas/los para los que se solicite la ayuda. En el caso de alumnas y alumnos mayores de edad será suficiente con que esté empadronado en el Ayuntamiento el estudiante que solicita la ayuda. La solicitud será formulada por padre, madre, tutor/a de la/el alumna/o cuando sean menores de edad. En el caso de estudiantes mayores de edad deberán tramitar la solicitud a su nombre. La/el alumna/o debe tener escolarización durante el curso escolar 2025/2026, en alguno de los niveles descritos en un centro de enseñanza pública. En el caso de estudiantes de ciclos medios o superiores y universitarios deberán cursar sus estudios en centro públicos de enseñanza y con formación totalmente presencial. *No tener deudas con el Ayuntamiento de As Somozas ni con cualquier administración pública. *Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 10 de la Ley 9/2007. * No superar los ingresos, en particular la suma de las bases imponibles del IRPF (recuadros 435+460) de los miembros que integran la unidad familiar, que establece el baremo económico siguiente: Número de miembros de la unidad familiar Límite de renta anual familiar Unidad familiar de 2 miembros 3,5 x IPREM (29.400 €) Unidad familiar de 3…
Organismo convocante
SOMOZAS, AS — AYUNTAMIENTO DE SOMOZAS, AS
Ámbito
A Coruña
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 20 de agosto de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 26 de agosto de 2025 |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de septiembre de 2025 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Educación |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 12.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Bases reguladoras de la convocatoria para la concesión de ayudas a familias para material escolar para el curso 2025/2026 y para gastos de desplazamientos para estudiantes de ciclos medio o superior y universitarios