Acuerdo del Consejo Ejecutivo de 4.08.2025, relativo a la convocatoria y las bases que rigen las ayudas para entidades privadas sin ánimo de lucro para financiar programas de atención social llevados a cabo durante el año 2025 (exp. 1820-2025-000001)
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Menorca. Presupuesto: 550.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios Línea 1. Financiación de programas Pueden solicitar las ayudas referentes a la línea 1 las entidades que cumplan los requisitos que se indican a continuación: a) Estar constituidas legalmente Se excluyen de esta convocatoria las entidades privadas siguientes: — Entidades que, de acuerdo con sus estatutos, adopten la denominación de federación, confederación o coordinadora, o en todo caso, se trate de una unión de asociaciones. — Fundaciones que, de acuerdo con la escritura de constitución, tengan como fundadoras personas jurídicas de naturaleza pública. b) Estar inscritas, con una antigüedad mínima de dos años desde la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears, como entidades prestamistas de servicios sociales en el Registro Unificado de Servicios Social de las Illes Balears (RUSS), regulado en el capítulo II del Decreto 10/2013, de 28 de febrero, por el que se fijan los principios generales del Registro Unificado de Servicios Sociales de las Illes Balears y de los procedimientos para la autorización y acreditación de servicios sociales suprainsulares. c) Disponer de sede o delegación permanente y activa en la isla de Menorca. d) Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social. e) Actuar en el ámbito territorial de Menorca. En el supuesto de que su ámbito de actuación sea más amplio, se debe demostrar y justificar la repercusión y la incidencia de su acción dentro del ámbito menorquín o se debe presentar un programa específico para Menorca. Las diferentes delegaciones, legalmente constituidas, de una misma entidad privada sin ánimo de lucro pueden presentarse a esta convocatoria si presentan programas específicos diferenciados que gestionen de forma autónoma cada una de ellas, siempre que no actúen sobre un mismo municipio. f) Estar al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con el Consejo Insular de Menorca, en el momento de presentar la solicitud de esta subvención. g) No estar integradas en una fundación que se haya constituido con una aportación mayoritaria, directa o indirecta, del Consejo Insular de Menorca, o cuyo patrimonio fundacional, con carácter de permanencia, esté formado en más de un 50% por bienes o derechos aportados o cedidos por la Administración insular. h) No estar en situación de prohibición para recibir ayudas públicas por haber sido objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, de conformidad con lo que dispone el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres. Línea 2. Apoyo a la realización de cursos, jornadas, seminarios, conferencias y otras actividades formativas Pueden solicitar las ayudas referentes a la línea 2 las entidades que cumplan los requisitos pera la línea 1 a excepción del c) Segundo. Objeto El objeto de las ayudas para entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de atención a las personas en el ámbito social es financiar proyectos y/o apoyar a los servicios sociales que mejoren la oferta de las prestaciones ya existentes en Menorca para fomentar y cubrir los gastos relacionados con la autonomía personal, la calidad de vida y el bienestar social de los menorquines y menorquinas. Tercero. Bases reguladoras La convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, en sesión de carácter ordinario de 4 de agosto de 2025. Cuarto. Cuantía El importe global máximo de la convocatoria es de 550.000 € (quinientos cincuenta mil euros), con el siguiente desglose: Línea 1: 530.000€. Línea 2: 20.000€. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de las solicitudes será de treinta días naturales desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Sexto. Otros datos El importe máximo que puede concederse por beneficiario con relación a la línea 1 de ayudas es de 80.000 euros y con relación a la línea 2 de ayudas es de 3.000 euros.
Organismo convocante
CONSEJO INSULAR DE MENORCA — CONSELL INSULAR DE MENORCA
Ámbito
Menorca
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 15 de septiembre de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 22 de septiembre de 2025 |
| Fecha fin de solicitudes | 21 de octubre de 2025 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Ver todas las ayudas para asociaciones →
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 550.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Documento de la convocatoria en lengua cooficial ↗
- Documento de la convocatoria en español ↗
- Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 4 de agosto de 2025, relativo a las bases que rigen la concesión de ayudas para entidades privadas sin ánimo de lucro para financiar programas de atención social llevados a cabo durante el año 2025 y la correspondiente convocatoria (exp. 1820-2025-000001) ↗
Bases reguladoras
Bases por las cuales se regula la concesión de ayudas para entidades privadas sin ánimo de lucro para financiar programas de atención social llevados a cabo durante el año 2025 del Consejo Insular de Menorca