Subvenciones ordinarias para los clubs deportivos locales 2025
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Gipuzkoa. Presupuesto: 88.357 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
PRIMERO. Objeto, condiciones y finalidad de la subvención Es objeto de la presente convocatoria la regulación de las condiciones de concesión de subvenciones destinadas a financiar las actividades federadas ordinarias de los clubs deportivos sin ánimo de lucro durante el año 2025. Será subvencionable el desarrollo de programas, que siendo complementarias o sustitutivas a las iniciativas que lleva a cabo el Ayuntamiento de Ordizia o sus organismos autónomos, conlleven una finalidad de utilidad pública o interés social y cumplan las condiciones que se establecen en la presente convocatoria. No se contemplarán las iniciativas que estén subvencionadas por vía de otras partidas o convocatorias municipales. Las iniciativas que debido a su carácter o finalidad les corresponda la inclusión en otros programas de alguna otra sección municipal serán trasladadas a la entidad o sección municipal pertinente, dando cuenta de ello a la persona interesada SEGUNDO. Créditos y partida presupuestaria a los que se imputa la subvención El importe económico asignado para las subvenciones objeto del presente programa asciende a la cantidad de 88.357 € y será financiado con cargo a la partida presupuestaria 1 481.01.341.01.0162 2025 TERCERO. Procedimiento de concesión de la subvención Se tramitará mediante procedimiento de concurrencia competitiva y se procederá según lo establecido en la Sección 1ª del Título II de la Ordenanza General de Subvenciones. CUARTO. Requisitos que deben reunir las personas beneficiarias para la obtención de la subvención y forma de acreditarlos - Los requisitos Generales a cumplir por las personas beneficiarias son los siguientes: - Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la Seguridad Social, Hacienda y el Ayuntamiento de Ordizia. - No encontrarse en cualquiera de los supuestos señalados en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. - No encontrarse en ninguna situación prevista en la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres y para una vida libre de violencia machista contra las mujeres que suponga la prohibición de acceso a las subvenciones. - Presentar solicitud de subvención. - No encontrarse sancionado/a administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, incluidas las sanciones por incurrir en discriminación por razón de sexo, o hallarse incurso en alguna prohibición legal que inhabilite para ello. - Presentar el presupuesto de los conceptos que puede subvencionar el Ayuntamiento. - Podrán solicitar subvención las asociaciones deportivas sin ánimo de lucro que desarrollen sus actividades deportivas en el ámbito definido en la presente convocatoria, siempre que su ámbito de actuación se encuentre en Ordizia. QUINTO. Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión La instrucción del procedimiento se llevará a cabo por el departamento de Deportes del Ayuntamiento de Ordizia. El órgano competente para la ordenación y resolución de las ayudas es la alcaldía, sin perjuicio de las delegaciones que pueda efectuar. SEXTO.- Plazo de presentación de solicitudes Las presentes bases y la convocatoria serán publicadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, así como en el Boletín Oficial de Gipuzkoa. Las solicitudes se deberán realizar a través de la sede electrónica, en el plazo de 20 días contados a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Gipuzkoa. https://uzt.gipuzkoa.eus/PortalV/7.00/SolicitudDetalle.aspx?ID=IKDI Asimismo, se podrán presentar en los términos previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 20 días contados a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Gipuzkoa. SÉPTIMO.- Plazo de resolución y notificación 1.- Las solicitudes se presentarán en el plazo establecido. 2.- El personal técnico del Servicio de Deporte, tras evaluar las solicitudes, presentará una propuesta de resolución. 3.- A continuación, se notificará la propuesta de resolución a la persona interesada y se le concederá un plazo de 10 días para que presente las alegaciones oportunas. 4.- A continuación, se resolverá por alcaldía. La resolución se publicará en la página web www.ordizia.eus. 5.- El plazo máximo para resolver y notificar la resolución definitiva es de seis meses a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria. OCTAVO. Documentos e informaciones que deben acompañarse a la petición Las solicitudes se formularán mediante Impreso de solicitud normalizado de subvenciones. A la solicitud se acompañará la siguiente documentación: - Listado de deportistas y técnicos federados en la temporada emitido por la federación correspondiente o fotocopia de las licencias oficiales - Título o certificado del entrenador con mayor titulación. - Presupuesto de ingresos y gastos con una descripción detallada de la temporada 2024-2025 -Declaración sobre solicitudes de subvención realizadas ante Instituciones, Organismos, etc., o en su caso de las que estuvieran otorgadas. Además de la documentación referida a la iniciativa prevista, se podrá requerir a la entidad solicitante que facilite la información complementaria que se estime oportuna para valorar adecuadamente la iniciativa en cuestión. La certificación de estar al corriente con el Ayuntamiento de Ordizia se realizará de oficio. Se comprobarán a través del Registro General de Asociaciones de Gobierno Vasco. NOVENO. Recursos Este acuerdo es definitivo y pone fin a la vía administrativa. Las personas interesadas podrán interponer directamente contra él recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de San Sebastián, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación. No obstante, las personas…
Organismo convocante
ORDIZIA — AYUNTAMIENTO DE ORDIZIA
Ámbito
Gipuzkoa
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 23 de septiembre de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Otras Prestaciones económicas |
| Sector económico | 93 - Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento; 84 - Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 88.357 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Subvenciones ordinarias para los clubs deportivos locales 2025