Bases reguladoras de subvenciones para asociaciones que desarrollan su actividad en el ámbito de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el municipio de beasain. Convocatoria año 2026
Denominación oficial: BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES QUE DESARROLLAN SU ACTIVIDAD EN EL ÁMBITO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES EN EL MUNICIPIO DE BEASAIN. CONVOCATORIA AÑO 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Gipuzkoa. Presupuesto: 16.000 €. Se puede solicitar hasta el 26 de septiembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
La ayuda se concede de forma competitiva, por lo que debes presentar la solicitud antes del 26 de septiembre de 2026 y tu proyecto se comparará con los de otras organizaciones; cumplir los requisitos no asegura que la obtengas. Es una subvención sin devolución destinada a asociaciones sin ánimo de lucro que trabajen en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, incluidas feministas y LGTBI, dentro del municipio de Beasain o con beneficiarios empadronados allí. El fondo total disponible es de 16.000 euros.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
1. Objeto de la subvención. 1.1. Es objeto de las presentes bases regular las ayudas que el Ayuntamiento de Beasain concederá tanto para los gastos de funcionamiento ordinario de las Asociaciones de mujeres, feministas y LGTBI como para el desarrollo de programas específicos y/o servicios dirigidos al fomento de la igualdad entre mujeres y hombres. 1.2. Los programas o actividades deberán realizarse sin ánimo de lucro, tendrán como marco de desarrollo el término municipal de Beasain o, si se desarrollan fuera de este término municipal, deberán tener como beneficiarios a personas empadronadas en el municipio de Beasain; y deberán desarrollarse durante el ejercicio correspondiente a la convocatoria de la subvención. 2. Requisitos para solicitar la subvención Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en estas Bases las asociaciones municipales sin ánimo de lucro y que, además, cumplan los siguientes requisitos: Estar legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente Registro de Asociaciones. La inscripción en el Registro Público correspondiente deberá ser con una antelación mínima de un año a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el «BOLETIN OFICIAL de Gipuzkoa». Las Asociaciones deberán tener su domicilio social, representación o estructura administrativa permanente en Beasain. No podrán ser beneficiarias de estas subvenciones: -Las personas o entidades en quienes concurra algunas de las circunstancias previstas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE de 18 de noviembre de 2003). -Los/as particulares o entidades que se hallen incursos en procedimientos de cobro por vía de apremio por deudas contraídas con el Ayuntamiento de Beasain, ni aquellas personas que no se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento hasta que dichas deudas sean efectivamente satisfechas y saldadas o cumplidas, salvo que las mismas se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida. -Quienes hayan sido sancionados/as penal o administrativamende con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o estén incursas en prohibición legal alguna que les inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud del DecretoLegislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres -Quienes tengan deudas con la Hacienda Foral y con la Seguridad Social. 3. Importe de la subvención El importe de las ayudas previstas a través de estas bases asciende a la cantidad de 16.000,00 €, y serán financiadas con cargo a la partida presupuestaria: 2026. 0241.481.231.50.03: “subvenciones para el fomento de la igualdad”. Serán subvencionables los programas y actividades para la promoción de la igualdad que seguidamente se especifican, teniendo en cuenta el marco del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de Beasain, y el Plan para la Igualdad entre Mujeres y Hombres de la CAE. Se establecen 2 líneas de subvención: Línea 1: Gastos de funcionamiento ordinario de las asociaciones de mujeres, feministas y LGTBI de Beasain, tales como, mantenimiento de instalaciones y de equipos, actividades dirigidas a la formación y empoderamiento de las socias. El importe total destinado para este concepto es de 8.000,00 €. Línea 2: Proyectos dirigidos a la ciudadanía de Beasain para fomentar la igualdad entre mujeres y hombres. El importe total destinado para este concepto es de 8.000,00 € La cantidad máxima que se puede solicitar por cada línea de subvención son 6.000,00 €. En caso de que la cantidad destinada a los proyectos presentados por asociaciones de mujeres, feministas y LGTBI en la primera línea de subvención no se agotara, el importe no concedido se podrá repartir entre los proyectos de la segunda línea de subvención, siempre que no se supere la cantidad máxima de 6.000 € por proyecto. Quedan excluidas de la convocatoria: a.- Proyectos que constituyan exclusivamente actividades de ocio. b.- Proyectos que no incorporen la perspectiva de género. 4. Plazo y lugar de presentación de solicitudes Plazo: Una vez aprobadas por el Ayuntamiento Pleno, se remitirán a la BDNS y tras la publicación de las mismas en el BOG, se dará inicio al plazo de presentación de solicitudes que será de seis meses a contar del día siguiente al de la publicación de las bases en el BOG. Las solicitudes se presentarán: Presencialmente iGunea: en horario de atención al público Por correo postal Telemáticamente: www.beasain.eus
Organismo convocante
BEASAIN — AYUNTAMIENTO DE BEASAIN
Ámbito
Gipuzkoa
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 3 de marzo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 27 de marzo de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 26 de septiembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Otras actuaciones de carácter económico |
| Sector económico | 94.9 - Otras actividades asociativas |
| Última actualización BD | 23 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 16.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Plan estratégico de subvenciones 2026-2028