BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE TURISMO PARA ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE LA COMARCA DE VALDEJALÓN PARA EL EJERCICIO 2025
Denominación oficial: BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE TURISMO PARA ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE LA COMARCA DE VALDEJALÓN PARA EL EJERCICIO 2025.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Zaragoza. Presupuesto: 5.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE TURISMO PARA ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE LA COMARCA DE VALDEJALÓN PARA EL EJERCICIO 2025. La presente convocatoria de subvenciones se realiza en régimen de concurrencia competitiva y se corresponde con la Línea de subvención en materia de turismo, art.12, del Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2024-2027 publicado en el BOPZ núm. 65 de fecha 20 de marzo de 2024, y las modificaciones posteriores, rigiéndose por la Ordenanza General de Subvenciones de la Comarca de Valdejalón, publicada en el BOPZ núm. 144 de fecha 22 de mayo de 2019 en cuanto no contradiga lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones; Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Texto refundido de la ley Subvenciones de Aragón, Ley 7/1999, de 2 de abril, de Administración Local de Aragón, y el Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón. Primero. – Objeto. El objeto de la convocatoria es el apoyo y promoción de programas de turismo tanto patrimonial como natural en el territorio de la Comarca de Valdejalón y el apoyo al desarrollo del tejido asociativo de la zona. Será condición indispensable que el programa o actividad objeto de subvención se desarrolle en alguno o algunos de los municipios que integran la Comarca de Valdejalón. Podrán realizarse actividades turísticas dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, pero solo serán subvencionables en todo caso, los gastos de entradas y guías, no los transportes. Segundo. - Período de ejecución de la actividad. Podrán ser objeto de subvención las actuaciones realizadas y efectivamente pagadas entre el 01 de enero y el 28 de noviembre de 2025. Tercero. - Cuantía de la subvención y financiación de las actividades subvencionadas. 1. El importe total de la subvención a conceder por la Comarca de Valdejalón no superará el 80% del programa/actividad subvencionable, debiendo justificarse la subvención concedida en la forma y por el importe definido en la base decimotercera. El importe máximo de la subvención concedida por la comarca de Valdejalón a cada asociación o entidad sin ánimo de lucro no podrá superar el importe de 3.500,00 €. 2. Esta subvención no será compatible con otras subvenciones concedidas por parte de la Comarca de Valdejalón. Cada asociación o entidad sin ánimo de lucro solo podrá concurrir a una línea de subvenciones de las aprobadas por la Comarca de Valdejalón. 3. Esta subvención será compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas o ingresos destinados a la misma actividad procedentes de otras Administraciones o Entidad Públicas, en cuyo caso, la suma de las mismas no podrá suponer más de 80% del coste de la actividad subvencionada. Si la suma de ayudas públicas superase dicho porcentaje, la aportación de la Comarca se reducirá hasta cumplir con ese porcentaje. Cuarto. - Beneficiarios. Podrán solicitar subvención las Entidades y Asociaciones sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que estén legalmente constituidas y registradas, que tengan su domicilio social en alguno de los municipios de la Comarca, y que realicen actividades de interés turístico en el ámbito comarcal en el año 2025. Quinto - Plazo de presentación. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Las solicitudes de subvención y la documentación a que se hace mención en el apartado anterior, deberán ser dirigidas al Ilmo. Sr. Presidente de la Comarca de Valdejalón, Avd/ María Auxiliadora, 2 50.100 La Almunia de Dª Godina, y deberán presentarse electrónicamente a través del registro electrónico de la Comarca o correspondiente registro electrónico.
Organismo convocante
COMARCA DE VALDEJALÓN
Ámbito
Zaragoza
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 24 de septiembre de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Comercio, Turismo y Pymes |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 5.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE TURISMO PARA ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE LA COMARCA DE VALDEJALÓN PARA EL EJERCICIO 2025.